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Documento BOE-A-2011-14396

Resolución de 14 de julio de 2011, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se concede beca de la convocatoria de becas MAEC-AECID para ciudadanos españoles para el curso académico 2011-2012, Programa I-A.

Publicado en:
«BOE» núm. 213, de 5 de septiembre de 2011, páginas 96042 a 96043 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2011-14396

TEXTO ORIGINAL

En el «BOE» número 308, de 20 de diciembre de 2011, se publicó la Resolución de 10 de diciembre de 2010, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convocan los Programas de Becas MAEC-AECID para ciudadanos españoles para el curso académico 2011-2012.

Por Resolución de 14 de junio de 2011 («BOE» número 168, de 14 de julio de 2011), de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, se conceden becas de la convocatoria de becas MAEC-AECID para el curso académico 2011-2012 para los Programas I-A y I-D.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril («BOE» de 26 de abril), por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECID), el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la AECID, la Resolución de la Presidencia de la AECID, de 2 de julio de 2009 («BOE» 30 de julio), por la que se delegan determinadas competencias en la Dirección de la AECID, las disposiciones de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006 y en virtud de las Resoluciones anteriormente citadas de 20 de diciembre de 2010 («BOE» número 308, de 20 de diciembre de 2010), y 14 de junio de 2011 («BOE» número 168, de fecha 14 de julio de 2011), a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto,

Esta Presidencia de la AECID, ha resuelto:

Primero.

Conceder con cargo al concepto presupuestario 143 A 486.02, una beca del Programa I-A «Becas para españoles para estudios de posgrado, doctorado e investigación en Universidades y centros superiores extranjeros de reconocido prestigio en países de Ayuda Oficial al Desarrollo», debido a la renuncia de Rufi Cerdán Heredia, y nombrar al siguiente beneficiario y suplente:

Apellidos y nombre: Balaguer Soriano, Anna.

País destino: Colombia.

Duración: 01-10-2011 a 30-09-2012.

La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria consiste en:

Dotación: 1.200 euros mensuales.

Seguro médico no farmacéutico y de accidentes, durante el período de vigencia de la beca, por un importe mensual de 65 euros.

Ayuda de viaje: reembolso único según el país de destino.

Ayuda de matrícula: Hasta 2.000 euros de ayuda individual cuando se requiera, siempre y cuando, se presenten los documentos probatorios del centro y país destino de la beca.

Segundo.

Ampliar el periodo lectivo de la beca concedida del Programa I-A «Becas para españoles para estudios de posgrado, doctorado e investigación en Universidades y centros superiores extranjeros de reconocido prestigio en países de Ayuda Oficial al Desarrollo», con cargo al concepto presupuestario 143 A 486.02, al beneficiario:

Apellidos y nombre: Armisén Garrido, David.

Destino: Chile.

Fechas iniciales: 01-08-2012/31-12-2012.

Fechas ampliación: 01-03-2012/31-12-2012.

La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria consiste en:

Dotación: 1.200 euros mensuales.

Seguro médico no farmacéutico y de accidentes, durante el período de vigencia de la beca, por un importe mensual de 65 euros.

Ayuda de matrícula: Hasta 2.000 euros de ayuda individual cuando se requiera, siempre y cuando, se presenten los documentos probatorios del centro y país destino de la beca.

Estas dos modificaciones no suponen incremento económico en el expediente de gasto aprobado con anterioridad.

Tercero.

Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden ministerial AEC/1098/2005, de 11 de abril.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa en virtud de lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia de la AECID en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 11, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 14 de julio de 2011.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P. D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Francisco Moza Zapatero.

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