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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79.3 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre y en el artículo 129.3 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley, se pone en conocimiento del público en general y de los asegurados en particular que el órgano de control de Irlanda ha comunicado la aprobación, con fecha 7 de marzo de 2011 y fecha de toma de efectos 22 de marzo de 2011 de la cesión de cartera de la entidad Mountainbran Limited a la entidad Chartis Insurance Ireland Limited.
Se advierte que los contratos de seguro que asuman compromisos localizados en España, podrán ser rescindidos por los tomadores en el plazo de un mes desde la presente publicación teniendo derecho los tomadores al reembolso de la parte de prima no consumida.
Madrid, 21 de septiembre de 2011.–El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Ricardo Lozano Aragüés.
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