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Documento BOE-A-2011-16732

Resolución de 10 de octubre de 2011, de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, por la que se publica la concesión de subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden ARM/1935/2009, de 8 de julio.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 25 de octubre de 2011, páginas 111171 a 111174 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-16732

TEXTO ORIGINAL

Esta Dirección General, a propuesta de la Comisión de Evaluación, una vez analizadas las solicitudes presentadas y evaluadas las actividades a realizar, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el artículo 9 de la citada Orden, ha resuelto:

Primero.–Conceder las subvenciones que se recogen en los Anexos de esta Resolución, por un importe de 833 896,26 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.09.456C.484 de acuerdo con lo establecido sobre crédito presupuestario e importe de las subvenciones en el apartado segundo de la Resolución de 25 de mayo de 2011, de convocatoria de las subvenciones.

Segundo.–Para el cobro de las subvenciones, la justificación de los gastos a que se refiere el artículo 11 de la Orden ARM/1935/2009, deberá realizarse, hasta el día 15 de noviembre de 2011 y, a ser posible, ante el registro general del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, para que no quede afectado por el cierre del ejercicio presupuestario, lo que puede ocurrir si se utilizan otros registros públicos sin la debida antelación.

Tercero.–Esta Resolución, que también se encuentra expuesta en el tablón de anuncios de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, calle Ríos Rosas, número 24, de Madrid, es desestimatoria del resto de solicitudes presentadas por haber alcanzado una puntuación menor que las subvencionadas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Orden ARM/1935/2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas.

Cuarto.–Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino en el plazo de un mes desde la fecha de publicación en el BOE de la presente Resolución, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, computados de igual forma.

Madrid, 10 de octubre de 2011.–El Director General de Medio Natural y Política Forestal, José Jiménez García-Herrera.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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