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Documento BOE-A-2011-16967

Resolución de 7 de septiembre de 2011, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Universidad de Murcia, ejercicios 2004 y 2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 28 de octubre de 2011, páginas 112432 a 112495 (64 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2011-16967

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 7 de septiembre de 2011, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Universidad de Murcia, ejercicios 2004 y 2005, acuerda:

1. La Universidad de Murcia (UM) debe hacer un plan de tesorería más equilibrada y disminuir la tesorería con pagos más ágiles.

2. La UM debe tener un inventario detallado de los elementos de inmovilizado en conexión con los saldos contables para conseguir un adecuado registro contable.

3. La UM debe practicar las amortizaciones necesarias de los elementos de inmovilizado y contabilizar las bajas del mismo.

4. La UM, en relación con los saldos de difícil recuperabilidad debe provisionarlos para que el resultado económico-patrimonial y el remanente de tesorería se ajusten a la realidad.

5. La UM debe tener una provisión para riesgos y gastos para los premios de jubilación y los litigios en curso. Sería conveniente, en los momentos de crisis actuales, plantearse la posibilidad de suspender los premios de jubilación.

6. La UM debe ajustar el remanente de tesorería; aplicando los cobros anticipados, minorando los derechos pendientes de cobro, etc.

7. La UM debe mejorar sustancialmente los procedimientos de contratación, justificando la necesidad de la misma, justificando los presupuestos de los contratos; mejorando los criterios de adjudicación de los mismos por concurso y la valoración de las ofertas, así como la publicidad de las licitaciones; en las ejecuciones las desviaciones de precios y plazos no pueden ser tan enormes. La UM no debe hacer, casi con carácter general, contratos adicionales o modificados sin concreción suficiente o por cantidades superiores a lo estipulado legalmente. Por último en los contratos de consultoría, asistencia y servicios deben determinar las prórrogas de duración de los mismos, forma de recepción de los servicios, etc.

8. La UM debe adoptar sus sistemas informáticos a las necesidades de información previstas en el Plan General de Contabilidad Pública.

9. La UM debe elaborar los estudios para la adecuación de los RR.HH. a las necesidades reales del servicio público que presta.

10. La UM debe ajustar sus presupuestos a la tendencia decreciente del número de alumnos.

11. La UM debe concretar más los objetivos que persigue en la realización de la actividad investigadora, así como cuantificarlos mediante indicadores, para permitir efectuar su seguimiento y evaluación.

12. La UM debe implantar un sistema de contabilidad analítica que permita determinar los costes de las distintas actividades realizadas.

13. El sistema informático de la UM debe permitir identificar los proyectos de investigación, muchos de ellos plurianuales, para ser presupuestados y controlados mejor.

Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de septiembre de 2011.–La Presidenta de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, María Isabel Pozuelo Meño.–El Secretario de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, José Luis Ábalos Meco.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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