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Documento BOE-A-2011-17439

Resolución de 7 de octubre de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, SAU la modificación de la línea eléctrica aérea a 400 kV denominada "Aparecida-Tordesillas", en el tramo comprendido entre los apoyos 83 y 88, en la provincia de Zamora.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 4 de noviembre de 2011, páginas 115764 a 115765 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-17439

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo en Zamora de la Junta de Castilla y León, a instancia de Red Eléctrica de España, SA, con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes, n.º 177, solicitando la autorización administrativa de la modificación de la instalación que se cita.

Resultando que la petición de Red Eléctrica de España, SAU ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no habiéndose recibido alegaciones.

Resultando que se remite separata del proyecto al Ayuntamiento de Cernadilla y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. No habiéndose recibido contestación alguna tras la reglamentaria reiteración, se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000.

Resultando que se remite separata del proyecto a la Diputación Provincial de Zamora y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. No habiéndose recibido contestación alguna tras la reglamentaria reiteración, se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000.

Resultando que se remite separata del proyecto a la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental del Ministerio de Fomento y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Tras la reglamentaria reiteración, se recibe informe del que no se desprende oposición al proyecto y en el que se establece un condicionado, del que se da traslado al peticionario que toma razón de su informe favorable y manifiesta que, previo al inicio de la obra, procederá a solicitar la correspondiente autorización de conformidad con lo establecido en el reglamento de Carreteras aprobado por real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre.

Resultando que se remite separata del proyecto a Unión Fenosa Distribución, SA y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Tras la reglamentaria reiteración, se recibe informe manifestando su conformidad a la modificación y en el que se establece un condicionado, del que se da traslado al peticionario que toma razón de su informe favorable.

Visto el informe favorable emitido por el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo en Zamora de la Junta de Castilla y León.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar A Red Eléctrica de España, SAU la modificación de la línea eléctrica aérea a 400 kV denominada «Aparecida-Tordesillas», en el tramo comprendido entre los apoyos 83 y 88, en la provincia de Zamora, cuyas características son:

▪ Sistema: corriente alterna trifásica.

▪ Tensión nominal: 400 kV.

▪ Capacidad térmica de transporte por circuito: 2.441 MVA.

▪ Número de circuitos: Dos.

▪ Número de conductores por fase: Tres

▪ Conductores: CONDOR.

▪ Número de cables compuesto tierra-óptico: Dos.

▪ Apoyos: torres metálicas de celosía.

▪ Cimentaciones: de zapatas individuales.

▪ Puesta a tierra: anillos cerrados de acero descarburado.

▪ Longitud de la modificación: 2.242 m.

▪ Término municipal afectado: Cernadilla, en la provincia de Zamora.

La modificación de la línea 400 kV Aparecida-Tordesillas, en los tramos comprendidos entre los apoyos 83 y 88 es necesaria por ser incompatible el trayecto inicialmente proyectado con un proyecto del Ministerio de Fomento para la ejecución de un área de servicio proyectada en la autovía A-52 en el término municipal de Carnadilla (Zamora).

Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 7 de octubre de 2011.–El Director General de Política Energética y Minas, Antonio Hernández García.

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