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Documento BOE-A-2011-17462

Acuerdo 206/2011, de 6 de octubre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara el Palacio de Anaya (Antiguo Colegio de San Bartolomé), Hospedería e Iglesia de San Sebastián (Salamanca), bien de interés cultural con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 4 de noviembre de 2011, páginas 115890 a 115891 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2011-17462

TEXTO ORIGINAL

El conjunto monumental formado por el Palacio de Anaya (antiguo Colegio de San Bartolomé), Hospedería e Iglesia de San Sebastián, ubicado en la plaza de Anaya de Salamanca, frente a la catedral, en un entorno monumental de gran valor patrimonial, constituye una de las obras mas importantes de la arquitectura española del siglo XVIII.

La Dirección General de Patrimonio Cultural, por Resolución de 1 de junio de 2009, acordó incoar procedimiento para declarar el Palacio de Anaya (antiguo Colegio de San Bartolomé), Hospedería e Iglesia de San Sebastián de Salamanca, como Bien de Interés Cultural con categoría de monumento.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 42 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Universidad de Valladolid informó favorablemente la pretendida declaración. Habiéndose solicitado informe a la Universidad IE de Segovia y transcurridos tres meses desde la solicitud sin que éste se haya emitido, se entiende dicho informe favorable a la declaración, en aplicación del mencionado artículo del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Las alegaciones presentadas han sido estudiadas y valoradas en la propuesta de declaración.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar el Palacio de Anaya (antiguo Colegio de San Bartolomé), Hospedería e Iglesia de San Sebastián, Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento, y a tal efecto se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 6 de octubre de 2011, adopta el siguiente Acuerdo:

Primero.

Declarar el Palacio de Anaya (antiguo Colegio de San Bartolomé), Hospedería e Iglesia de San Sebastián, bien de interés cultural con categoría de monumento.

Segundo. Delimitación del entorno de protección.

El entorno de protección comprende el interior de los espacios públicos relacionados, incluidos éstos, así como las parcelas exteriores que dan frente en los tramos en que así se señale.

Origen: Oeste de plaza de Anaya.

Tramos:

− Calle del Cardenal Pla y Deniel; calle Rúa Mayor hasta calle de Palominos.

− Parcelas con frente a: calle de Palominos.

− Calle San Pablo; calle de El Tostado.

− Parcela con frente a: calle de El Tostado con vuelta a olaza de Anaya.

− Línea por plaza de Anaya hasta punto de origen.

Motivación: Teniendo en cuenta la ubicación del monumento dentro del Conjunto Histórico de Salamanca, en un recinto monumental de alto interés patrimonial, se delimita un entorno de protección que viene a suponer la totalidad del espacio libre configurado por el volumen edificado que circunda el monumento, estableciendo un contexto territorial en torno al monumento en el que cualquier intervención que se realice puede suponer una alteración de las condiciones de percepción del bien o del carácter del espacio urbano.

El entorno de protección declarado es el que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 6 de octubre de 2011.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.–La Consejera de Cultura y Turismo, Alicia García Rodríguez.

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