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Documento BOE-A-2011-17577

Resolución de 28 de octubre de 2011, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 28 de julio de 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 8 de noviembre de 2011, páginas 116473 a 116474 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-A-2011-17577

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 28 de julio de 2011 («Boletín Oficial del Estado» núm. 213, de 5 de septiembre) se convocó un concurso general para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Agencia Española de Protección de Datos.

Una vez realizado el procedimiento establecido en el artículo 20.1 a) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior, cumplidas las bases de la convocatoria del concurso, valorados los méritos alegados por los aspirantes a los puestos convocados y teniendo en cuenta la propuesta elaborada por la Comisión de Valoración.

Esta Agencia acuerda resolver el concurso de conformidad con los siguientes apartados:

Primero.

Adjudicar los destinos que se relacionan en el anexo I.

Segundo.

Los destinos adjudicados tienen la consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generarán derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo, serán irrenunciables salvo que, al finalizar el plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino, bien por el procedimiento de libre designación o por concurso convocado por otros Departamentos o Comunidades Autónomas, en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos, vendrán obligados a comunicar por escrito la renuncia del puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del Departamento en el que hubiera obtenido destino, así como la forma de provisión y fecha de nombramiento.

Tercero.

El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia de los funcionarios, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 5 de la Disposición Adicional 4ª de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses.

Madrid, 28 de octubre de 2011.–El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, José Luis Rodríguez Álvarez.

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