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Documento BOE-A-2011-17678

Resolución de 28 de octubre de 2011, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se corrigen errores en la de 10 de octubre de 2011, por la que se aprueban las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos, se publica la relación de aspirantes excluidos, se modifica el Anexo I de las bases y se anuncia el lugar, la fecha y la hora de celebración del ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo, con las categorías de Oficial de Gestión y Servicios Comunes, Oficial de Actividades Técnicas y Profesionales y Ayudante de Actividades Técnicas y Profesionales en el Ministerio de Economía y Hacienda y sus organismos autónomos.

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 10 de noviembre de 2011, páginas 116782 a 116782 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Administración Pública
Referencia:
BOE-A-2011-17678

TEXTO ORIGINAL

Habiendo sido advertido error en la Resolución de 10 de octubre de 2011, por la se aprueban las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos, se publica la relación de aspirantes excluidos, se anuncia el lugar, la fecha y la hora de celebración del ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo, con las categorías de Oficial de Gestión y Servicios Comunes, Oficial de Actividades Técnicas y Profesionales y Ayudante de Actividades Técnicas y Profesionales, sujeto al III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 258, de 26 de octubre de 2011, se procede:

Primero. Modificar la descripción de las causas de exclusión que afectan a las letras C y D del anexo de la citada Resolución.

Donde dice:

«C No aportar justificante de no haber rechazado oferta de empleo adecuado y de no haberse negado a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, según se establece en el anexo IV.

D No haber abonado la tasa de examen o estar incompleta.»

Debe decir:

«C No aporta declaración jurada o promesa de carecer de rentas superiores, en computo mensual al salario mínimo interprofesional.

D No aportar justificante de no haber rechazado oferta de empleo adecuado y de no haberse negado a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, según se establece en el anexo IV.»

Segundo. Para los aspirantes afectados por el punto anterior y a efectos de subsanación, se establece un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de octubre de 2011.–La Directora General de la Función Pública, Cristina Pérez-Prat Durbán.

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