Visto el expediente de indulto de don Juan Miguel González Vázquez, condenado por la Audiencia Provincial de Málaga, sección segunda, en sentencia de 24 de septiembre de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 140 euros, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de octubre de 2011,
Vengo en indultar a don Juan Miguel González Vázquez seis meses de la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 14 de octubre de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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