Está Vd. en

Documento BOE-A-2011-18250

Orden EDU/3171/2011, de 21 de octubre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación CTO.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 21 de noviembre de 2011, páginas 122029 a 122030 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-18250

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de doña María Pilar Díaz Aguilar, solicitando la inscripción de la Fundación CTO en el Registro de fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y en el Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña María del Pilar Díaz Aguilar, en Madrid, el 20 de septiembre de 2011, según consta en la escritura otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don Ignacio Maldonado Ramos, con el número 2.206 de su protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Francisco Silvela, número 106, distrito postal 28002 del municipio de Madrid, y su ámbito es estatal.

Tercero. Dotación.

Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación incorporados a la escritura pública de constitución figuran como fines de la Fundación los siguientes: La promoción, fomento, financiación y desarrollo de actividades relacionadas con la excelencia educativa, incluyendo la docencia y la investigación, así como aquellas otras que, no teniendo relación con la docencia o la investigación, puedan beneficiar a la comunidad y en especial las dirigidas a sectores marginados de la sociedad.

Quinto. Patronato.

El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al protectorado.

Inicialmente, el patronato queda constituido por: Presidente, doña María del Pilar Díaz Aguilar; Secretaria, doña María del Pilar Sánchez Díaz; Vocal, doña Cristina Sánchez Díaz.

En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico las competencias relativas al protectorado y Registro de fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación CTO en el Registro de fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación CTO, de ámbito estatal, con domicilio en la calle Francisco Silvela, número 106, distrito postal 28002 del municipio de Madrid, así como el patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 21 de octubre de 2011.–El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, José Canal Muñoz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid