La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda EHA/1/2011, de 10 de enero, ha autorizado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante el año 2011 y el mes de enero de 2012 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado. En la Orden se establece la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2010.
En virtud de dicha autorización, la Resolución de 24 de enero de 2011 de esta Dirección General reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado e hizo público el calendario de subastas ordinarias para el año 2011 y el mes de enero de 2012, determinando que, para flexibilizar dicho calendario, el plazo de los valores a poner en oferta se fijaría con periodicidad mensual, tras consulta con los Creadores de Mercado, en función de las condiciones de los mercados y del desarrollo de las emisiones durante el año.
Para cumplimiento del calendario anunciado para la subasta de Bonos del Estado a celebrar el próximo 1 de diciembre, es necesario fijar las características de las referencias a emitir y convocar las correspondientes subastas, incluyéndose en la emisión que se dispone referencias de Obligaciones del Estado con un plazo de vida residual similar al de los Bonos, lo que las hace equivalentes en sus características. A tal efecto, se ha considerado conveniente, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, emitir un nuevo tramo de las referencias de Bonos del Estado al 3,0 por 100, con vencimiento el 30 de abril de 2015; Obligaciones del Estado al 3,15 por 100, con vencimiento el 31 de enero de 2016, y Obligaciones del Estado al 3,80 %, con vencimiento el 31 de enero de 2017, al objeto de incrementar su liquidez y atender la demanda de los inversores de valores a dichos plazos.
Por todo ello, en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden EHA/1/2011, esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer en el mes de diciembre de 2011 las emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado denominadas en euros que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden EHA/1/2011, de 10 de enero, en la Resolución de 24 de enero de 2011 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.
2. Características de los Bonos y Obligaciones del Estado en euros que se emiten.
a) El tipo de interés nominal anual y la fecha de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 22 de febrero de 2010, de esta Dirección General, para la emisión de Bonos del Estado al 3,0 por 100, vencimiento 30 de abril de 2015; en la Resolución de 5 de septiembre de 2005, de esta Dirección General, para la emisión de Obligaciones del Estado al 3,15 por 100, vencimiento 31 de enero de 2016, y en las Órdenes EHA/3062/2006 y EHA/3146/2006, de 5 y 11 de octubre, para la emisión de Obligaciones del Estado al 3,80 por 100, vencimiento el 31 de enero de 2017. El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el de 30 de abril de 2012 en los Bonos al 3,0 por 100 y el de 31 de enero de 2012 en las Obligaciones al 3,15 y 3,80 por 100.
b) De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, las Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 1 de diciembre, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 24 de enero de 2011, y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará excupón. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 11.5.d) de la Orden EHA/1/2011, es el 1,80 por 100 en los Bonos al 3,0 por 100; el 2,67 por 100 en las Obligaciones al 3,15 por 100 y el 3,22 por 100 en las Obligaciones al 3,80 por 100.
4. Las segundas vueltas de las subastas, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en las subastas que se convocan se pondrán en circulación el día 6 de diciembre de 2011, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada en el apartado 1 de la Resolución de 24 de enero de 2011 para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal, y se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2.a) anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en la subasta, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 11.5.d) de la Orden EHA/1/2011, de 10 de enero.
Madrid, 24 de noviembre de 2011.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, Soledad Núñez Ramos.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado al 3,0 %, vto. 30.04.2015
Subasta mes diciembre
Precio excupón |
Rendimiento bruto* (%) |
---|---|
90,50 |
6,178 |
90,55 |
6,160 |
90,60 |
6,142 |
90,65 |
6,124 |
90,70 |
6,106 |
90,75 |
6,088 |
90,80 |
6,071 |
90,85 |
6,053 |
90,90 |
6,035 |
90,95 |
6,017 |
91,00 |
6,000 |
91,05 |
5,982 |
91,10 |
5,964 |
91,15 |
5,946 |
91,20 |
5,929 |
91,25 |
5,911 |
91,30 |
5,893 |
91,35 |
5,876 |
91,40 |
5,858 |
91,45 |
5,840 |
91,50 |
5,823 |
91,55 |
5,805 |
91,60 |
5,787 |
91,65 |
5,770 |
91,70 |
5,752 |
91,75 |
5,735 |
91,80 |
5,717 |
91,85 |
5,700 |
91,90 |
5,682 |
91,95 |
5,664 |
92,00 |
5,647 |
92,05 |
5,629 |
92,10 |
5,612 |
92,15 |
5,595 |
92,20 |
5,577 |
92,25 |
5,560 |
92,30 |
5,542 |
92,35 |
5,525 |
92,40 |
5,507 |
92,45 |
5,490 |
92,50 |
5,473 |
92,55 |
5,455 |
92,60 |
5,438 |
92,65 |
5,421 |
92,70 |
5,403 |
92,75 |
5,386 |
92,80 |
5,369 |
92,85 |
5,351 |
92,90 |
5,334 |
92,95 |
5,317 |
93,00 |
5,299 |
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 3,15 %, vto. 31.01.2016
Subasta mes diciembre
Precio excupón |
Rendimiento bruto* (%) |
---|---|
89,25 |
6,153 |
89,30 |
6,138 |
89,35 |
6,123 |
89,40 |
6,108 |
89,45 |
6,093 |
89,50 |
6,078 |
89,55 |
6,063 |
89,60 |
6,048 |
89,65 |
6,033 |
89,70 |
6,018 |
89,75 |
6,003 |
89,80 |
5,988 |
89,85 |
5,974 |
89,90 |
5,959 |
89,95 |
5,944 |
90,00 |
5,929 |
90,05 |
5,914 |
90,10 |
5,899 |
90,15 |
5,884 |
90,20 |
5,869 |
90,25 |
5,854 |
90,30 |
5,840 |
90,35 |
5,825 |
90,40 |
5,810 |
90,45 |
5,795 |
90,50 |
5,780 |
90,55 |
5,766 |
90,60 |
5,751 |
90,65 |
5,736 |
90,70 |
5,721 |
90,75 |
5,707 |
90,80 |
5,692 |
90,85 |
5,677 |
90,90 |
5,662 |
90,95 |
5,648 |
91,00 |
5,633 |
91,05 |
5,618 |
91,10 |
5,604 |
91,15 |
5,589 |
91,20 |
5,574 |
91,25 |
5,560 |
91,30 |
5,545 |
91,35 |
5,530 |
91,40 |
5,516 |
91,45 |
5,501 |
91,50 |
5,487 |
91,55 |
5,472 |
91,60 |
5,458 |
91,65 |
5,443 |
91,70 |
5,428 |
91,75 |
5,414 |
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 3,80 %, vto. 30.01.2017
Subasta mes diciembre
Precio excupón |
Rendimiento bruto* (%) |
---|---|
89,25 |
6,303 |
89,30 |
6,291 |
89,35 |
6,278 |
89,40 |
6,266 |
89,45 |
6,253 |
89,50 |
6,241 |
89,55 |
6,228 |
89,60 |
6,216 |
89,65 |
6,203 |
89,70 |
6,191 |
89,75 |
6,179 |
89,80 |
6,166 |
89,85 |
6,154 |
89,90 |
6,141 |
89,95 |
6,129 |
90,00 |
6,116 |
90,05 |
6,104 |
90,10 |
6,092 |
90,15 |
6,079 |
90,20 |
6,067 |
90,25 |
6,055 |
90,30 |
6,042 |
90,35 |
6,030 |
90,40 |
6,018 |
90,45 |
6,005 |
90,50 |
5,993 |
90,55 |
5,981 |
90,60 |
5,968 |
90,65 |
5,956 |
90,70 |
5,944 |
90,75 |
5,932 |
90,80 |
5,919 |
90,85 |
5,907 |
90,90 |
5,895 |
90,95 |
5,883 |
91,00 |
5,870 |
91,05 |
5,858 |
91,10 |
5,846 |
91,15 |
5,834 |
91,20 |
5,821 |
91,25 |
5,809 |
91,30 |
5,797 |
91,35 |
5,785 |
91,40 |
5,773 |
91,45 |
5,761 |
91,50 |
5,748 |
91,55 |
5,736 |
91,60 |
5,724 |
91,65 |
5,712 |
91,70 |
5,700 |
91,75 |
5,688 |
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
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