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Documento BOE-A-2011-19134

Orden EDU/3335/2011, de 23 de noviembre, por la que se corrigen errores en la Orden EDU/932/2011, de 29 de marzo, por la que se adjudican subvenciones de la Modalidad A del Subprograma de estancias de movilidad de profesores e investigadores españoles en centros extranjeros de enseñanza superior e investigación, convocadas por Orden EDU/1456/2010, de 26 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 5 de diciembre de 2011, páginas 129236 a 129236 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-19134

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en la Orden EDU/932/2011 de 29 de marzo por la que se adjudican subvenciones de la Modalidad A del Subprograma de estancias de movilidad de profesores e investigadores españoles en centros extranjeros de enseñanza superior e investigación, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 90, de 15 de abril de 2011, se procede a subsanar mediante la correspondiente corrección:

En la página 39114, donde dice:

Organismo de origen

Apellidos, nombre

Referencia

Fecha inicio

Fecha fin

Organismo de destino

País

Mes

Viaje

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE MADRID.

CÁMARA ÁGUILA, MARÍA PILAR.

PR2010-0128

01-OCT-2010

30-NOV-2010

UNIVERSITÉ DE NANTES.

FRANCIA.

2.900,00

2.000,00

 

 

 

01-DIC-2010

31-ENE-2011

UNIVERSITÉ PARIS-SUD.

FRANCIA.

2.900.00

2.000,00

Debe decir:

Organismo de origen

Apellidos, nombre

Referencia

Fecha inicio

Fecha fin

Organismo de destino

País

Mes

Viaje

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE MADRID

CÁMARA ÁGUILA,

MARÍA PILAR.

PR2010-0128

01-OCT-2010

30-NOV-2010

UNIVERSITÉ DE NANTES.

FRANCIA.

2.900,00

2.000,00

 

 

 

01-DIC-2010

31-ENE-2011

UNIVERSITÉ PARIS-SUD.

FRANCIA.

2.900.00

 

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 23 de noviembre de 2011.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), el Director General de Política Universitaria, Juan José Moreno Navarro.

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