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Documento BOE-A-2011-19150

Resolución de 10 de noviembre de 2011, del Parque de Maquinaria, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 5 de diciembre de 2011, páginas 129330 a 129348 (19 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-19150

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y el apartado tercero de la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, modificado por los apartados uno y doce del artículo segundo de la Orden EHA 405/2006, de 10 de febrero, y Resolución de 28 de noviembre de 2006, de la Intervención General de la Administración del Estado, donde se determina el contenido de la información sobre las cuentas anuales que los organismos deberán publicar en el «Boletín Oficial del Estado».

El Director del Parque de Maquinaria acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las cuentas anuales de este Organismo correspondientes al ejercicio 2010, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 10 de noviembre de 2011.–El Director del Parque Maquinaria, José María Santafé Martínez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

IV. MEMORIA

1. Organización y actividad

El Organismo Autónomo Parque de Maquinaria dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, adscrito a la Dirección General del Agua, fue creado por Decreto de 26-04-36 como Servicio de Automóviles y Maquinaria del Ministerio de Obras Publicas, posteriormente y después de diversas reestructuraciones ministeriales, por Real Decreto 1130/2008, queda finalmente adscrito al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino; por Real Decreto 1005/2010, de 5 de agosto, BOE número 207, de 26 de agosto de 2010, se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Parque de Maquinaría bajo la superior dirección de la Secretaria de Estado de Medio Rural y Agua queda adscrito orgánicamente al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, a través de la Dirección General del Agua a la que le corresponde la dirección estratégica, la evaluación y el control estratégico de su actividad. Queda adscrito a los Ministerios de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y de Fomento en el ámbito de sus respectivas competencias.

El Parque de Maquinaria como Organismo Autónomo adscrito a la Dirección General del Agua, tiene como misión principal la ejecución de obras en ámbito fluvial, así como trabajos de geotecnología e hidrogeología y correcciones del terreno, para cuya ejecución está especializado, teniendo estos medios la inequívoca condición de medio propio y servicio técnico de la Administración. General del Estado en los términos previstos en los artículos 4.1n y 24.6 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre. Y prestar servicios de movilidad a los Ministerios de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y de Fomento.

Las obras más frecuentemente realizadas son acondicionamientos, adecuación de cauces y su entorno fluvial, y actuaciones de rehabilitación medioambiental, la reparación y mantenimiento de elementos mecánicos en presas y canales. También se realizan trabajos de geotecnología e hidrogeología y correcciones del terreno para los que dispone de equipos de perforación e inyección.

Todos estos trabajos son encomendados por la Dirección General del Agua y las Confederaciones Hidrográficas.

El régimen jurídico de los Organismos Autónomos se regula por lo previsto en el articulo 60 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y de orden social y por el Título III de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE).y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común. Por tanto, el régimen de personal, patrimonial, de contratación, presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, de intervención y de control financiero es el establecido en la LOFAGE. Concretamente la LOFAGE establece que:

El personal al servicio de los Organismos Autónomos será funcionario o laboral, en los mismos términos que los establecidos para la Administración General del Estado, el personal funcionario se regirá por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y demás normativa reguladora de los funcionarios públicos y el personal laboral por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores y demás legislación laboral.

El régimen patrimonial de los Organismos Autónomos será el establecido en la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas (Ley 33/2003, de 3 de noviembre).

La contratación de los Organismos Autónomos se rige por las normas generales de contratación de las Administraciones Públicas (Ley 30/2007, de 30 de octubre, por el que se aprueba la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas).

El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y control financiero del Parque de Maquinaría será el establecido para los Organismos Autónomos por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y demás disposiciones vigentes en la materia, sin perjuicio de las funciones atribuidas al Tribunal de Cuentas, el Parque de Maquinaría estará sometido al control interno de su gestión económico financiera por la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado.

Los recursos económicos podrán provenir de las siguientes fuentes:

Las consignaciones específicas que tuviere asignados en los presupuestos Generales del Estado.

Los bienes y valores que constituyen su patrimonio.

Los productos y rentas de dicho patrimonio.

Las trasferencias corrientes y de capital procedentes de las administraciones o entidades públicas.

Los ingresos que se deriven de sus operaciones y, en particular, de las actuaciones encomendadas o convenidas con otros órganos e instituciones de las administraciones públicas en relación con la actividad del Organismo en su actuación como medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración.

Los ingresos por la prestación de servicios de movilidad.

Los ingresos obtenidos procedentes de subastas de vehículos y maquinaría en desuso.

Las donaciones, legados y otras aportaciones de entidades públicas y privadas y de particulares así como cualquier otro recurso que pueda serle atribuido.

El Organismo está exento del Impuesto de Sociedades y ninguna de sus operaciones se encuentra sujeta al IVA, excepto en lo que al inmovilizado material enajenado se refiere.

Para el desarrollo de sus funciones el Parque de Maquinaria tiene adscritas en Madrid, las siguientes instalaciones, propiedad del Patrimonio del Estado:

Edificio CL. General Varela, 21-23-25 donde tiene su sede social y talleres, propiedad del Patrimonio del Estado y adscrito al Parque de Maquinaria.

Instalaciones en la CL. Antonio Cabezón, s/n (Fuencarral), donde tiene depositada la maquinaria pesada pendiente de revisión para su traslado a las obras o en tránsito.

La estructura organizativa básica de la Entidad tanto a nivel político como de gestión, está constituido como órgano colegiado por la Junta de Gobierno, y como órganos unipersonales: el Presidente,corresponde al Director General del Agua que es el órgano máximo de dirección del organismo y el Director del Parque, de quien depende una Jefatura de Área de Proyectos y Obras, con cuatro jefaturas de servicios y Una Jefatura de Área de Personal y Servicios, de quien depende una Jefatura de Servicio de Prevención, tres jefaturas de sección correspondientes a personal, contabilidad, contratación y nóminas.

Los principales responsables del Organismo son los siguientes:

Junta de Gobierno constituida por el Presidente que es el Director del Agua, el Vicepresidente, que es un Presidente de Confederación Hidrográfica, 11 vocales y un secretario.

Presidente: Doña Marta Moren Abat.

Director: Don José María Santafé Martínez.

Jefe de Área de Proyectos y Obras: Don Luis Ángel García García.

Jefe de Área de Personal y Servicios: Don José Antonio Montenegro López.

El número medio de empleados durante el ejercicio asciende a 190 y el número de empleados a 31 de diciembre de 2010 es de 187, 24 funcionarios, 129 personal laboral fijo y 34 personal laboral eventual.

No existen entidades dependientes o vinculadas al Organismo, ni este participa en otras entidades.

2. Bases de presentación de las cuentas

a) Principios contables: Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de la Entidad, se expresan en Euros y se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria y en la inspección de contabilidad de la Administración General del Estado, y con los principios contables públicos establecidos en la Ley General Presupuestaria y el Plan General de Contabilidad Pública, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución del presupuesto.

b) Comparación de la información: Si se ha producido modificación de la información con respecto al ejercicio anterior.

Balance de situación.–Se añadió las existencias que faltaban por un importe de 329.551,57 esto hace que varíe el balance y la cuenta de resultado económico patrimonial de la siguiente manera:

130000 Activo circulante antes 8.491.361,44 + existencias da un resultado de 8.820.913,01.

132000 Existencias antes 0 + existencias reales da un resultado de 329.551,57.

132020 Materias y otros aprovisionamientos antes 0 + existencias reales 329.551,57.

199999 Ajustes por periodificación antes 26.558.773,74 + existencias 26.918.325,31.

210000 Fondos propios antes 24.720.565.70 + existencias 25.050.117,14.

214000 Resultados del ejercicio 2.252.144,32 + existencias 2.581.695,89.

299999 Total general 26.588.773,74 + existencias 26.918.325,31.

Cuenta de resultado económico patrimonial:

300000 Gastos 15.391.210,64 – existencias 15.061.659,07.

302000 Aprovisionamientos 7.507.284,76 – existencias 7.177.733,19.

302020 Consumo de mercaderías 7.507.284,76 – existencias 7.177.733,19.

310000 Ahorro 2.252.144,32 + existencias 2.581.695,89.

Remanente de Tesorería.–Importe de los derechos pendientes de cobro no coincide figuraban -51,06 se añade saldo fianzas constituidas a corto plazo 2.110 y queda un saldo de 2.058,94.

La cifra de remanente total de tesorería daba 6.621.043,27 se añade fianzas a corto plazo y queda 6.623.153,27. Se incluye el saldo de fianzas constituidas a corto plazo en operaciones no presupuestarías 2110.

Operaciones comerciales de ejercicio corriente.–El error es debido a la apertura dentro de los conceptos comerciales que tenemos utilizábamos solo 602 y posteriormente se abrió para dichos conceptos comerciales las cuentas 607 y el 676.

c) Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización. No se han producido cambios en criterios de contabilización.

3. Normas de valoración

a) Inmovilizado inmaterial.–Las inmovilizaciones inmateriales figuran contabilizadas por su precio de adquisición. La amortización de las mismas se realiza determinando las cuotas, de acuerdo con el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999 por la que se regulan determinadas operaciones a realizar a fin de ejercicio.

b) Inmovilizado material.–Las inversiones materiales se registran al coste de adquisición, más en su caso, las actualizaciones practicadas según las disposiciones legales correspondientes. Las cuotas de amortización del inmovilizado material se determinan por el método lineal sin valor residual. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, por lo que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

c) Inversiones financieras.–No se han realizado inversiones financieras, los movimientos realizados en este grupo, corresponden á anticipos reintegrables, al personal a corto y largo plazo, de acuerdo con el convenio del personal laboral y las disposiciones vigentes para el personal funcionario.

d) Existencias.–Siguen criterio FiFo. El valor de salida de los productos del almacén es el precio de las primeras unidades físicas que entraron. Las existencias se registran a su valor de entrada respetando su orden cronológico.

e) Provisiones para riesgos y gastos.–Se han realizado dos provisiones, la primera parada tasa de gestión de residuos urbanos por un importe de 70.756,07 euros, la segunda provisión es para el recargo del impuesto de bienes inmuebles por un importe de 30.808,56 euros.

f) Deudas.–Las deudas que tiene el Organismo son a corto plazo y figuran contabilizadas a su valor de reembolso.

g) Provisión de dudoso cobro.–No se dotan provisiones por dudoso cobro por tratarse de operaciones con la Administración del Estado.

h) Ingresos y gastos.–Los ingresos y gastos se imputan en la cuenta del resultado económico patrimonial, sirviendo de criterio de devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos o se reconozcan las obligaciones presupuestarias.

Las transferencias tanto corrientes como de capital recibidas, se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio en el que se reconocen los derechos que de ellas se derivan.

No existen transferencias concedidas, ni subvenciones corrientes, y de capital recibidas o concedidas.

i) Transacciones en moneda distinta al euro.–No se efectúan operaciones en moneda distinta al euro.

D20. Acontecimientos posteriores al cierre.–No se han producido acontecimientos posteriores al cierre de la cuenta.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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