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Documento BOE-A-2011-19793

Orden SPI/3440/2011, de 25 de noviembre, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo, convocado por Orden SPI/2476/2011, de 26 de julio.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 20 de diciembre de 2011, páginas 139034 a 139052 (19 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2011-19793

TEXTO ORIGINAL

Por Orden SPI/2476/2011, de 26 de julio (Boletín Oficial del Estado de 19 de septiembre), corregidos errores por Orden SPI/2597/2011, de 23 de septiembre (Boletín Oficial del Estado del día 30), fue convocado concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo en este Departamento. Una vez realizado el procedimiento establecido en el artículo 20.1.a) y c), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior, cumplidas las bases de la convocatoria del concurso y valorados los méritos alegados por los aspirantes a los puestos convocados,

Este Ministerio acuerda resolver el presente concurso, de conformidad con los siguientes puntos:

Primero.

Hacer públicos los destinos definitivos adjudicados a los funcionarios que han participado en el concurso y que figuran en el Anexo a la presente Orden.

Segundo.

Los destinos adjudicados tienen la consideración de voluntarios y son irrenunciables, de acuerdo con lo previsto en la base séptima de la convocatoria.

Tercero.

Los destinos adjudicados serán comunicados por este Ministerio a las Unidades de Personal de los Departamentos ministeriales a que figuran adscritos los Cuerpos o Escalas o, en el caso de los Cuerpos o Escalas dependientes de la Secretaría de Estado para la Función Pública, a la Dirección General de la Función Pública, así como a los Departamentos u Organismos de procedencia del concursante seleccionado.

Cuarto.

El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado, así como el cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde su publicación.

Quinto.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, excepcionalmente y por causas justificadas, se acuerde suspender el disfrute de los mismos.

La toma de posesión de los puestos de trabajo de los Servicios Centrales se formalizará ante el Servicio de Personal de la Subdirección General de Recursos Humanos (Paseo del Prado, 18-20, 2ª planta, Madrid) y ante la Unidad de personal de los correspondientes Organismos en los demás casos.

Sexto.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante este Ministerio, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 25 de noviembre de 2011.–La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, P. D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Subsecretario de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leandro González Gallardo.

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