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Documento BOE-A-2011-20410

Orden INT/3532/2011, de 15 de diciembre, por la que, en ejecución de sentencia, se declara de utilidad pública una entidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 28 de diciembre de 2011, páginas 143978 a 143978 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2011-20410

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio del Interior dictó Orden de 8 de noviembre de 2006 por la que denegaba la solicitud de declaración de utilidad pública instada por la entidad Asociación Empresarial de Investigación Centro Tecnológico Nacional Agroalimentario «Extremadura», entonces inscrita en el Registro Autonómico de Extremadura con el número 2927, y en la actualidad inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número 597036 de la Sección Primera.

Interpuesto recurso contencioso-administrativo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional dictó sentencia el 23 de abril de 2008 estimando el referido recurso y declarando el derecho de la recurrente a ser declarada de utilidad pública.

Interpuesto recurso de casación por la representación procesal de la Administración General del Estado, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dicta sentencia el 7 de octubre de 2011 fallando «no ha lugar al recurso de casación».

En ejecución de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, y de conformidad con las competencias que atribuye a este Ministerio el artículo 3 del Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública, la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, en virtud de delegación del Excmo. Sr. Ministro, acuerda declarar de utilidad pública a la entidad denominada Asociación Empresarial de Investigación Centro Tecnológico Nacional Agroalimentario «Extremadura».

Madrid, 15 de diciembre de 2011.–El Ministro del Interior, P.D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), la Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior, María Ángeles González García.

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