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Documento BOE-A-2011-20444

Resolución de 7 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, SA la ampliación del parque a 400 kV de la subestación denominada Escatrón en el término municipal de Escatrón, en la provincia de Zaragoza, y se declara su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 28 de diciembre de 2011, páginas 144213 a 144215 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-20444

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza, a instancia de Red Eléctrica de España, S.A., con domicilio en La Moraleja- Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes nº 177 solicitando autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y aprobación de proyecto de ejecución de la ampliación de la instalación arriba señalada.

Resultando que a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de Red Eléctrica de España, S.A., no habiéndose presentado alegaciones ni oposición alguna durante el plazo reglamentario.

Resultando que se remite un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Escatrón y se solicita la conformidad, oposición o reparos a las instalaciones proyectadas, de acuerdo con lo establecido en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo. Se recibe respuesta de la que no se desprende oposición expresa al proyecto, y en la que señalan la afección a la tubería general de agua del municipio y la necesidad de que se ajuste a la normativa urbanística por cuanto se trata de suelo urbanizable delimitado con plan parcial aprobado. Se da traslado de la misma al peticionario que responde a las cuestiones planteadas por el Ayuntamiento. Se remite respuesta al Organismo para que muestre su conformidad o reparos, y se recibe escrito en el que no se desprende oposición al proyecto y en el que se señala la necesidad de solventar sus objeciones antes de ejecutar ninguna obra.

Resultando que se remite un ejemplar del proyecto a la Dirección General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón y se solicita la conformidad, oposición o reparos a las instalaciones proyectadas, de acuerdo con lo establecido en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo. Se recibe respuesta manifestando su conformidad, de la que se da traslado al peticionario, que toma razón de la misma.

Resultando que se remite un ejemplar del proyecto a la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural del Servicio Provincial en Zaragoza y se solicita la conformidad, oposición o reparos a las instalaciones proyectadas, de acuerdo con lo establecido en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo. Tas la reglamentaria reiteración, se recibe informe del que no se desprende oposición al proyecto y en el cual se establece un condicionado técnico, del cual se da traslado al peticionario que responde que toma razón de su conformidad al proyecto al no estar afectado patrimonio paleontológico por el mismo, así como del condicionado establecido.

Resultando que se remite separata del proyecto al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental de la Diputación General de Aragón y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se recibe contestación de la que no se desprende oposición al proyecto, se manifiesta que no existen afecciones y se establece un condicionado. Se le da traslado al peticionario que responde que toma razón de su conformidad… aceptándose expresamente los condicionados establecidos en su escrito.

Resultando que se remite separata del proyecto al Servicio Provincial del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte de la Diputación General de Aragón y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la mencionada Ley 13/2003, de 23 de mayo. Tras la reglamentaria reiteración, se recibe contestación de la que no se desprende oposición al proyecto. Se le da traslado al peticionario que responde que toma razón de la compatibilidad de la instalación al planeamiento urbanístico que resulta de aplicación.

Resultando que se remite separata del proyecto a la Confederación Hidrográfica del Ebro y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se recibe contestación de la que no se desprende oposición al proyecto y se establece un condicionado. Se da traslado al peticionario que responde que toma razón de su conformidad, así como de las afecciones que la instalación de referencia podría suponer en los bienes tutelados por dicho organismo, aceptándose expresamente los condicionados establecidos en su escrito.

Resultando que se remite separata del proyecto a Endesa distribución S.L. y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. No habiéndose recibido respuesta, tras la reglamentaria reiteración, se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza.

Visto el informe favorable de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 20 de octubre de 2011.

Resultando que la citada instalación se encuentra incluida en el documento denominado Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2008-2016, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros con fecha 30 de mayo de 2008 y en la Orden ITC/2906/2010, de 8 de noviembre, por la que se aprueba el programa anual de instalaciones y actuaciones de carácter excepcional de las redes de transporte de energía eléctrica y gas natural.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a Red Eléctrica de España, S.A. la ampliación del parque a 400 kV de la subestación de 400/220 kV denominada Escatrón, en el término municipal de Escatrón (Zaragoza), cuyas características principales son:

– Tensión nominal: 400/220 kV.

– Tecnología: AIS.

– Instalación: Intemperie.

– Configuración: Doble barra con acoplamiento.

El parque de 400 kV se equipará con una posición de línea Els Aubals y una posición de autotransformador 400/220 kV de 600 MVA, quedando la disposición de calles y posiciones modificadas de la siguiente forma:

Parque 400 kV.

– Calle 6: ATP10, 400/220 kV, 600 MVA.

– Calle 7: Línea Els Aubals (Se equipará con posterioridad -2014- en la fecha indicada en la Planificación).

La necesidad de la instalación está motivada por los desmallados de la red de transporte necesarios debido a la realización del By-Pass operable de las subestaciones de 400 kV Aragón y Ascó e instalación de una reactancia serie en la línea Ascó-Vandellós 400 kV con el fin de aliviar los problemas de estabilidad transitoria asociados a la excesiva concentración de producción en el eje Aragón-Ascó-Vandellós; adicionalmente el proyecto contempla la nueva posición de línea en Escatrón, que permitirá el desarrollo de la red de transporte en el eje Zaragoza-Barcelona, posibilitando una mayor capacidad de evacuación de generación en régimen especial, y mejorará el comportamiento de la red ante contingencias, indisponibilidades y escenarios de generación desequilibrada en el referido eje.

Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Mediante Resolución de fecha 31 de octubre de 2011 el Secretario de Estado de Energía ha designado a los titulares de los órganos que ejercerán temporalmente las funciones que corresponden al titular de la Dirección General de Política Energética y Minas, mientras ésta permanezca vacante. A tenor de dicha Resolución, las funciones correspondientes se ejercerán de forma diferenciada para cada uno de los sectores de actividad sobre los que dichas competencias se proyectan, de forma que en el ámbito del sector eléctrico serán ejercidas por la persona titular de la Subdirección General de Energía Eléctrica.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 7 de noviembre de 2011.–El Director General de Política Energética y Minas; P.S. (Resolución de 31 de octubre de 2011), el Subdirector General de Energía Eléctrica, Jaime Suárez Pérez-Lucas.

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