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Documento BOE-A-2011-2066

Resolución de 21 de enero de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo por el que se prorroga el Convenio de colaboración con la Junta de Andalucía para el desarrollo de un Plan Piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante y su anexo.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 2011, páginas 11896 a 11898 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-2066

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Acuerdo por el que se prorroga el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Junta de Andalucía para el desarrollo de un Plan Piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante y su anexo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, a 21 de enero de 2011.—El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo e Inmigración, José Antonio Panizo Robles

ANEXO

Acuerdo por el que se prorroga el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Junta de Andalucía para el desarrollo de un plan piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante y su anexo

En Madrid, a 23 de diciembre de 2010.

REUNIDOS

De una parte, doña Anna Terrón i Cusí, como Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración nombrada por Real Decreto 230/2010 de 26 de febrero (BOE núm. 51, del 27), en nombre y representación de la Administración General del Estado, Ministerio de Trabajo e Inmigración, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y en el artículo 5 del Real Decreto 1129/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo e Inmigración, por delegación de firma del Ministro dictada por la Orden Ministerial Comunicada de 4 de noviembre de 2010.

De otra parte, don Manuel Recio Menéndez, Consejero de Empleo de la Junta de Andalucía, en nombre y representación del citado órgano superior, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 21/2010, de 22 de marzo, y en ejercicio de las competencias que le atribuye el art. 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen plena competencia y capacidad para firmar el presente Protocolo de Prórroga del Convenio reseñado y su Anexo (en adelante Protocolo de Prórroga) y

MANIFIESTAN

Primero.—Que conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Comunidad Autónoma de Andalucía suscribieron con fecha 11 de diciembre de 2008 un Convenio de colaboración para el desarrollo de un Plan Piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante.

Segundo.—Que con fecha 2 de abril de 2009, las partes firmaron un anexo al Convenio por el que se acordaba la participación del Fondo Europeo de Integración de Nacionales de Terceros Países (FEI) cofinanciando el presupuesto aportado por el Ministerio de Trabajo e Inmigración.

Tercero.—Que dicho Plan Piloto de actuación integral se ha venido desarrollando satisfactoriamente y de acuerdo con lo convenido, en aquellas zonas de Andalucía que fueron seleccionadas, de común acuerdo, por las partes del Convenio. Que las circunstancias que hicieron necesario el desarrollo de dicho plan de actuación exigen, hoy, el mantenimiento de los proyectos puestos en marcha, dándoles la continuidad necesaria que permita, consolidando los resultados ya alcanzados, progresar en la consecución del objetivo de integración intercultural y cohesión social que este Plan pretende.

Cuarto.—Que de acuerdo con la voluntad manifestada en la cláusula novena del citado Convenio de colaboración, el mismo, con una duración inicial de un año desde su firma, podrá ser objeto de ulteriores prórrogas, de la misma duración, acordándolo así las partes de común acuerdo.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Acuerdo de Prórroga que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del Convenio de colaboración.—En virtud de la cláusula novena del citado Convenio de colaboración suscrito el 11 de diciembre de 2008, la vigencia del mismo y de su Anexo, queda prorrogada un año y su correspondiente ejercicio económico, desde la firma del presente Acuerdo de Prórroga.

Segunda. Actuaciones.—Las actuaciones que conlleva el desarrollo del presente Acuerdo de Prórroga se ajustan a lo señalado en el Convenio que se prorroga y en su citado anexo, continuando con el desarrollo del Plan Piloto puesto en marcha a través del mismo, de acuerdo con lo convenido.

Tercera. Financiación.—El coste total de la actividad se estima en un millón quinientos veinticinco mil novecientos ochenta y ocho euros (1.525.988 €), cuyo desglose estimado por actividades queda incluido en el Anexo al presente Protocolo.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración contribuirá con una aportación económica de un millón doscientos setenta y un mil seiscientos cincuenta y seis mil euros (1.271.656 €), con cargo a la aplicación 19.07.231H. 455.03 del Presupuesto vigente del Departamento, cofinanciado con el FEI.

Esta aportación se transferirá a la Junta de Andalucía a la firma del Convenio.

La Junta de Andalucía contribuirá con una aportación económica, con cargo a su presupuesto vigente, de doscientos cincuenta y cuatro mil trescientos treinta y dos mil euros (254.332 €), de los cuales 154.332 euros con cargo a las partidas presupuestarias 01.15.00.01.00 (120, 121, 160, 226, 227, 230, 233 y 487) y 100.000 euros con cargo a las partidas 01.15.00.02.00 (226, 227 y 487).

Cuarta. Justificación del empleo de los fondos.—Al estar cofinanciado el gasto por el Fondo Europeo para la Integración, la Junta de Andalucía se compromete, en lo referente a la justificación de los gastos incurridos en ejecución de las actuaciones señaladas en la cláusula segunda de este Convenio de Prórroga, con cargo a la aportación del Ministerio de Trabajo e Inmigración, a seguir el procedimiento y los formatos que se especifican en el Manual de justificación de gastos del Fondo Europeo para la Integración de Nacionales de Terceros Países (FEI), entregado a la Consejería de Empleo con anterioridad a la firma de este Convenio de prórroga. Igualmente, los justificantes de pago llevarán un código contable que les identifique.

Disposición adicional.

En lo no dispuesto expresamente en este Acuerdo de Prórroga, será de aplicación lo establecido en el Convenio de colaboración suscrito en 2008.

Y, en prueba de conformidad, firman el presente Protocolo de prórroga en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.—La Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón i Cussí (P. D. Orden Ministerial Comunicada de 4 de noviembre de 2010).—El Consejero de Empleo, Manuel Recio Menéndez.

ANEXO

Presupuesto desglosado por actuaciones:

Actuaciones

Aportación
MTIN

(Euros)

Aportación Junta de Andalucía

(Euros)

Intervención socioeducativa

121.656

Detección temprana de situaciones de abandono, maltrato y/o explotación

60.000

24.332

Interculturalidad en espacios públicos de ocio y cultura

230.000

50.000

Formación y Empleo

300.000

60.000

Sensibilización

300.000

60.000

Información, orientación y asesoramiento

200.000

60.000

Actividades asistenciales

60.000

Total

1.271.656

254.332

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