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Documento BOE-A-2011-2506

Resolución de 28 de enero de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad de Madrid, para realizar proyecto de colaboración con el Conservatorio Superior de Danza "María de Ávila".

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2011, páginas 13679 a 13681 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2011-2506

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito, con fecha 19 de octubre de 2010, el Convenio de Colaboración entre el Ministerio del Interior y la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación) para realizar proyectos de colaboración con el Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila», procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho Convenio, que figura como Anexo a esta Resolución.

Madrid, 28 de enero de 2011.–La Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior, M.ª Ángeles González García.

ANEXO

Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación) y el Ministerio del Interior para realizar proyectos de colaboración con el Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila»

En Madrid, a 19 de octubre de 2010.

REUNIDOS

De una parte:

La Excma. Sra. D.ª Esperanza Aguirre Gil de Biedma, Presidenta de la Comunidad de Madrid, en virtud del Real Decreto 809/2007, de 19 de junio («BOCM» del 20), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, a su vez modificada por la disposición final primera de la Ley 1/2001, de 29 de marzo («BOCM» de 10 de abril).

De otra parte:

El Sr. D. Alfredo Pérez Rubalcaba, en su calidad de Ministro del Interior, nombrado por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril («BOE» número 90, de 14 de abril de 2008), en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para la firma del presente Convenio, en nombre de las entidades que representan.

EXPONEN

Que el Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» es un centro docente dependiente de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, creado mediante Decreto 73/2006, de 7 de septiembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

Que dicho centro imparte enseñanzas superiores de danza según la Orden 2284/2002, de 22 de mayo, por la que se establece el currículo de dichas enseñanzas, teniendo como objetivo proporcionar una completa formación práctica, teórica y metodológica que garantice una alta cualificación profesional en los distintos ámbitos expresivos de la Danza.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 39.1 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, el grado superior de las enseñanzas de Danza comprenderá un solo ciclo, cuya duración será de cuatro años, siendo obligatorio a lo largo del último curso realizar un trabajo escrito de investigación sobre un área concreta del ámbito de la Danza (regulado por la Resolución de 9 de diciembre de 2004).

Que la Administración Penitenciaria tiene como fin primordial la reeducación y reinserción social de las personas sometidas a penas y medidas de seguridad privativas de libertad (art. 25.2 de la Constitución Española y 3 de la Ley Orgánica General Penitenciaria), y le corresponden, entre otras funciones, la formación, educación y cualquier otra actividad tendente al desarrollo de la personalidad de los internos en centros penitenciarios y de los liberados condicionales, así como la promoción de actividades culturales y deportivas (Real Decreto 1181/2008, de 11 de julio, por el se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior).

Que ambas instituciones consideran que la colaboración mutua puede contribuir a la mejor realización de las actividades propias de cada una de ellas, así como a la optimización de sus recursos materiales y humanos.

Que con objeto de poner en práctica esos objetivos, ambas partes han acordado la firma del presente Convenio y, en consecuencia,

ACUERDAN

Primero. Objeto.–Es objeto del presente Convenio establecer el marco adecuado que permita la realización de proyectos de colaboración entre el Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» y la Administración Penitenciara, en el ámbito de los centros penitenciarios de la Comunidad de Madrid.

En concreto, las actuaciones inicialmente previstas son las siguientes:

Realización de trabajos de investigación de fin de carrera por los alumnos del Conservatorio en las dependencias de los centros penitenciarios en el ámbito del presente convenio. Estas actuaciones serán de carácter estrictamente académico y en ningún caso podrá entenderse que se establecen relaciones laborales o de servicios entre los alumnos y los establecimientos penitenciarios.

Colaboración del alumnado del Conservatorio en el desarrollo de las distintas actividades de tratamiento programadas en el centro penitenciario, en el ámbito de la danza y la expresión corporal.

Segundo. Aportaciones del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila».–El Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» se compromete a:

Seleccionar a los alumnos que vayan a realizar trabajos de investigación de fin de carrera en colaboración con Instituciones Penitenciarias.

Organizar y coordinar las actividades a desarrollar en los centros penitenciarios derivadas de los trabajos de investigación de fin de carrera.

Tercero. Aportaciones de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.–La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, a través de los establecimientos penitenciarios implicados en este Convenio, se compromete a:

Aprobar para cada curso académico el número de plazas de alumnos del Conservatorio que pueden realizar las actividades propias del presente convenio, de acuerdo con las características de cada establecimiento, circunstancias y posibilidades reales. Asimismo fijará el horario, lugares específicos y medidas necesarias de control.

Facilitar las condiciones necesarias para que los alumnos del Conservatorio, puedan desarrollar sus actividades en los centros penitenciarios.

Asimismo los centros penitenciarios facilitarán, en la medida de sus posibilidades, la investigación a alumnos del Conservatorio.

De la firma de este Convenio no se deriva coste económico alguno para la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

Cuarto. Alumnos.–La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias regulará el acceso de los alumnos a los centros penitenciarios, prohibiendo el acceso cuando no existan, a su juicio, condiciones suficientes de seguridad, informando a la Comisión Mixta de cualquier incidencia.

Los alumnos estarán sujetos al calendario, horario, lugar y actividad establecidos por ambas partes. Asimismo no podrán hacer uso de la información a la que, con motivo de la realización de las actividades, pudieran acceder.

Quinto. Comisión mixta.–Se constituirá una Comisión mixta formada por dos representantes de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y dos representantes del Conservatorio Superior de Danza.

Sexto. Cobertura de contingencias.–Del presente Convenio no se derivará para la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ni para ninguno de los Centros dependientes de ella obligación alguna referente a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, ya que las contingencias quedarán cubiertas por el Seguro Escolar.

Séptimo. Vigencia.–El presente Convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y estará vigente hasta el 31 de julio de 2011, entendiéndose prorrogado automáticamente, por ciclos de un año.

No obstante lo anterior, cualquiera de las partes firmantes podrán darlo por terminado preavisando a la otra de forma fehaciente con tres meses de antelación; manteniéndose, hasta su finalización, los proyectos o actividades que pueden estar en marcha.

Octavo. Naturaleza.–El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siendo competencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa la resolución de las cuestiones litigiosas que se susciten sobre el mismo quedando fuera, en todo caso, de la aplicación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 3.1.c).

Y, en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes firman el presente Convenio por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre Gil de Biedma, Presidenta de la Comunidad de Madrid.–Por el Ministerio del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, Ministro del Interior.

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