El artículo 41 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y la Marina Mercante, según la redacción dada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, y la Ley 33/2010, de 5 de agosto, establece que el Presidente de la Autoridad Portuaria será designado y separado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
En consecuencia, a propuesta del Consejero de Territorio y Sostenibilidad y de acuerdo con el Gobierno, decreto:
El señor Josep Anton Burgasé i Rabinad cesa en el cargo de Presidente de la Autoridad Portuaria de Tarragona y se le agradecen los servicios prestados.
Barcelona, 8 de febrero de 2011.–El Presidente de la Generalidad de Cataluña, Artur Mas i Gavarró.
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