Visto el expediente número T140002/2003, que se tramita en la Dirección General de Política Financiera y Seguros, a los efectos de declarar e inscribir en el Registro de mutualidades de previsión social de Cataluña el cese de la Comisión Liquidadora de la Mútua Patronat Ribagorçana de Previsió Social-MUPAR, y la designación del Consorcio de Compensación de Seguros como nuevo liquidador de la Mutualidad, inscrita en dicho Registro con el número 0180;
Vista la Resolución de la Dirección General de Política Financiera y Seguros de 22 de diciembre de 2010, por la que se declara e inscribe en el Registro de mutualidades de previsión social de Cataluña el cese de la Comisión Liquidadora de la Mútua Patronat Ribagorçana de Previsió Social-MUPAR, y la designación del Consorcio de Compensación de Seguros como nuevo liquidador de la Mutualidad;
Dado que el punto 5 de la Resolución citada establece que se tiene que dar publicidad a su parte dispositiva, resuelvo:
Dar publicidad a la parte dispositiva de la Resolución de 22 de diciembre de 2010, que transcrita literalmente es:
«1. Declarar el cese de la Comisión Liquidadora de la Mútua Patronat Ribagorçana de Previsió Social-MUPAR.
2. Designar al Consorcio de Compensación de Seguros como nuevo ente liquidador de la entidad. El organismo liquidador deberá efectuar un llamamiento a los acreedores no conocidos mediante anuncios publicados en el ‘‘DOGC’’, en el ‘‘BORME’’ y, como mínimo, en un diario de difusión estatal, dando a conocer la situación de la Mutualidad y la manera de solicitar el reconocimiento de los créditos, con la advertencia que los acreedores que no formulen reclamación alguna en el plazo de un mes a contar desde la publicación, no serán incluidos en la lista de acreedores.
3. Inscribir los apartados primero y segundo de la parte dispositiva de la presente Resolución en el Registro de Mutualidades de Previsión Social de Cataluña.
4 Notificar, a los efectos oportunos, esta Resolución administrativa al Registro Mercantil.
5. Dar publicidad a la parte dispositiva de esta Resolución mediante su publicación en el ‘‘DOGC’’, en el ‘‘BORME’’ y, eventualmente, en el ‘‘BOE’’.»
Se notifica esta Resolución a las personas interesadas en este procedimiento y se hace saber que contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, a la vista de lo que establece el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña («DOGC» número 5686, de 5-8-2010), recurso de alzada ante el consejero de Economía y Finanzas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de su notificación, de acuerdo con lo que prevén los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común («BOE» número 285, de 27-11-1992), según la redacción que hace la Ley 4/1999, de 13 de enero («BOE» número 12, de 14-1-1999).
Barcelona, 28 de diciembre de 2010.–El Director General de Política Financiera y Seguros, Ferran Sicart i Ortí.
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