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Documento BOE-A-2011-4316

Orden TIN/469/2011, de 24 de febrero, por la que se convocan pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral, categoría de Médicos de Sanidad Marítima, en el Instituto Social de la Marina.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 8 de marzo de 2011, páginas 26321 a 26333 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-4316

TEXTO ORIGINAL

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 15 plazas de personal laboral en la categoría de Médicos de Sanidad Marítima por el sistema general de acceso libre, en el marco de las Ofertas de Empleo Público 2006, 2007, 2008 y 2009, aprobadas para el Instituto Social de la Marina en los Reales Decretos 96/2006, de 3 de febrero, 120/2007, de 2 de febrero, 66/2008, de 25 de enero y 248/2009, de 27 de febrero.

1.2 Las plazas convocadas, sus características y funciones se relacionan en el anexo I.

1.3 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida.

No podrá formalizarse un número mayor de contratos que el de plazas convocadas.

1.4 A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación lo previsto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, los Títulos I y II del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; y el resto de la normativa vigente en la materia, en cuanto no se opongan a la mencionada Ley 7/2007.

1.5 La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005 por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado.

1.6 La duración máxima del proceso selectivo será de seis meses.

1.7 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de la presente convocatoria.

2. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos al proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:

2.1 Nacionalidad.

2.1.a) Tener nacionalidad española.

2.1.b) También podrán participar:

a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.

d) Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.

2.2 Capacidad.—Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.3 Edad.—Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.4 Habilitación.—No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.5 Titulación.—Estar en posesión del Título de Licenciado en Medicina.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en las pruebas selectivas deberán cumplimentar la instancia, en el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.060.es.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las siguientes instrucciones:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consignar: Ministerio de Trabajo e Inmigración.

En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consignar: Subsecretaría.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria, señalar «11».

En el recuadro 15, consignar la categoría profesional a la que se opta.

En el recuadro 18, se señalará, «Ministerio de Trabajo e Inmigración. Instituto Social de la Marina».

En el recuadro 19, indicar la fecha de publicación en el B.O.E. de la presente convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen» los aspirantes harán constar «Madrid».

En el recuadro 21, en caso de tener la condición de discapacitado, indicar el porcentaje de grado de discapacidad según dictamen del órgano competente.

En el recuadro 23, indicar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.2 Tasa por derechos de examen.—El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su efecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 1302/9002/26/0023647145 abierta en la Sucursal 9002, paseo de la Castellana, número 67, de Madrid, CP 28046 del Banco BBVA, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Trabajo e Inmigración, cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero. Tasa 19020 Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco BBVA o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

El importe de la tasa por derechos de examen por la participación en el presente proceso selectivo es de 28,72 euros.

De acuerdo con lo establecido en el apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, modificado por el artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, estarán exentos del pago de esta tasa:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, que deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo e Inmigración o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que se acompañará a la solicitud.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos de un mes anterior a la fecha de la convocatoria, siempre que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en la correspondiente Oficina de los Servicios Públicos de Empleo. La acreditación de las rentas se efectuará mediante declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la Familia Numerosa. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

3.3 Presentación de la instancia.—La presentación de solicitudes, que se dirigirán a la Subdirectora General de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social se hará en el Registro General de los Servicios Centrales del Instituto Social de la Marina (calle Génova, número 24), en las Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.4 A los efectos de valoración de méritos, los aspirantes unirán a la solicitud la documentación acreditativa de los méritos que se especifican en el anexo II, debidamente autenticada, así como la documentación a que se hace referencia en la base 2.5.

3.5 Los errores materiales, de hecho o aritméticos que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición de los interesados.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador para juzgar las pruebas selectivas del presente proceso figura en el anexo III.

5.2 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.

5.4. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley citada en la base anterior.

5.5. El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes.

5.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en Madrid (Sede Central del Instituto Social de la Marina, calle Génova, 24), teléfono 91.700.66.00 correo electrónico sscc.accionsocialmaritima@ism.seg-social.es.

6. Selección

6.1 El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, contemplado en el artículo 29 del Real Decreto 364/1995 (BOE de 10 de abril), con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo II.

6.2 A los efectos de valoración de méritos sólo se computarán los acreditados documentalmente.

6.3 La calificación final se obtendrá de la suma de calificaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición. La fase de concurso será valorada únicamente a los aspirantes que superen la fase de oposición.

6.4 Concluidas las pruebas selectivas, el órgano de selección elevará a la autoridad convocante, ordenadas de mayor a menor las puntuaciones alcanzadas por los aspirantes.

En caso de empate de puntuaciones, se resolverá en favor del aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.

El Tribunal hará pública la citada relación en la sede del Tribunal señalada en la base 5.6, así como en los lugares que estime conveniente.

Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la relación de aprobados, para solicitar destino, adjudicándose los mismos en función del orden de prelación de calificaciones.

En ningún caso el número de contratos que se formalicen podrá exceder del número de plazas convocadas.

7. Contratación

7.1 Los candidatos seleccionados a que se hace referencia en la base 6.4, hasta el total de las plazas convocadas, dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a partir de la publicación de dicha relación, para presentar los documentos siguientes en los lugares indicados en la base 3.3.:

Acreditación de la titulación requerida.—Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el acceso a la función pública.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, asimismo, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como anexo IV.

Certificación acreditativa de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que impidan el desempeño de las funciones propias de la plaza.

La no presentación de estos documentos en el plazo indicado, salvo causa de fuerza mayor acreditada y apreciada por la Administración, producirá la anulación de la admisión, sin perjuicio de la responsabilidad en que el aspirante haya podido incurrir por falsedad en la solicitud.

7.2 Los trabajadores tendrán que superar un período de prueba de tres meses.

7.3 En el caso de que alguno de los candidatos no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación a la que se refiere la base 6.4.

8. Norma final

Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el señor Ministro de Trabajo e Inmigración en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 24 de febrero de 2011.—El Ministro de Trabajo e Inmigración, P.D. (Orden TIN/1965/2009, de 17 de julio), la Subdirectora General de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social, Soledad López Larrío.

ANEXO I
Plazas convocadas

Categoría: Médico de Sanidad Marítima

 

Número de puestos

Dirección Local de Palamós (Girona)

1

Dirección Local de Roses (Girona)

1

Dirección Provincial de Las Palmas

2

Dirección Pprovincial de Ceuta

1

Dirección Provincial de Tenerife

2

Dirección Provincial de Tarragona

1

Buque «Esperanza del Mar»

1

Buque «Juan de la Cosa»

4

Centro Asistencial de Nouadhibou (Mauritania)

1

Centro Asistencial de Seychelles (Mahé)

1

Total plazas

15

Funciones.—Los Médicos de Sanidad Marítima realizarán las funciones propias de su categoría profesional de Médico, en relación con las competencias y actividades recogidas en el programa de Sanidad Marítima y, específicamente, las siguientes:

Realización de reconocimientos médicos de embarque marítimo.

Realización e impartición de Cursos de Formación Sanitaria.

Colaborar en el control de las condiciones higiénico-sanitarias de los tripulantes, buques y mercancías.

Realización y colaboración en estudios epidemiológicos, estadísticos o de otra índole en relación con la situación sanitaria del colectivo marítimo-pesquero.

Revisión de Botiquines a bordo de los Buques.

Práctica de la medicina asistencial a tripulantes en puerto, a bordo de buques y a través de la consulta radio-médica.

Acompañamiento de enfermos y accidentados, cuando lo requiera la naturaleza del caso.

Marina y de otras entidades con las que puedan establecer acuerdos de prestación sanitaria.

En el supuesto de prestación de servicios en centros ubicados fuera del territorio nacional, ejercer, además, las funciones de dirección, administración y control de funcionamiento del Centro Asistencial y del personal destinado en el mismo.

Colaboración en tareas derivadas de la utilización de los medios precisos para realizar los reconocimientos médicos previos al embarque, la consulta médica a bordo o ambulatoria y la consulta radio-médica.

Propuesta, estudio, elaboración y ejecución de otras actividades relacionadas con los contenidos del programa de Sanidad Marítima dentro del ámbito de competencias de su categoría profesional.

Confección e informatización de historias clínicas.

Desplazarse temporalmente a otros centros de trabajo, cuando así sea requerido para ello.

ANEXO II
Sistema de selección

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 364/1995 y a tenor de lo dispuesto en la base 6.1 de la presente convocatoria, el sistema de selección es el de concurso-oposición.

Con carácter previo a la realización de las pruebas de la oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento de la lengua castellana mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua.

Están exentos de la realización de la prueba a que se refiere el apartado anterior quienes estén en posesión del Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera, establecido por el Real Decreto 1237/2002, de 31 de octubre, o en posesión del Certificado de Aptitud en Español para Extranjeros, expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

La prueba se calificará de «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la valoración de «apto» para pasar a realizar las restantes pruebas.

La prueba consistirá en el desarrollo de una traducción inversa, durante una duración máxima de 30 minutos, y en una conversación en lengua castellana, con cada uno de los aspirantes, de 10 minutos de duración.

A) Fase de oposición.—La fase de oposición constará de tres ejercicios: dos ejercicios eliminatorios y un tercero, optativo, de idiomas.

1. Primer ejercicio.—Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas, uno de la parte común y dos del programa de la parte específica, a escoger entre cinco, dos de la parte común y tres del programa de la parte específica, que serán seleccionados al azar en el momento del inicio de la prueba. El tiempo de realización del ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será leído posteriormente ante el Órgano de Selección en sesión pública, quien podrá hacer al aspirante las preguntas que considere oportunas, relacionadas con los temas expuestos, durante un tiempo máximo de quince minutos y lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición.

Una vez realizado el ejercicio, el Tribunal dará a conocer el lugar, día y hora en que se comenzará la lectura de los mismos por parte de los opositores. El orden de actuación para la lectura comenzará con el primer aspirante de la letra «U», según Resolución de 24 de enero de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado.

Al concluir cada jornada de lectura se hará pública la lista de aprobados con su correspondiente puntuación. Finalizadas éstas, el Tribunal en un plazo máximo de diez días, publicará en la sede del Tribunal el lugar, día y hora para la realización del siguiente ejercicio.

Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y acceder al segundo ejercicio.

2. Segundo ejercicio.—Consistirá en la resolución de un caso práctico planteado por el Órgano de Selección, relacionado con los temas del programa de la parte específica. El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

El ejercicio será leído posteriormente en sesión pública ante el Órgano de Selección, quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.

Una vez realizado el ejercicio, el Tribunal dará a conocer el lugar, día y hora en que se comenzará la lectura de los mismos por parte de los opositores. El orden de actuación para la lectura comenzará con el primer aspirante de la letra «U», según Resolución de 24 de enero de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado.

Al concluir cada jornada de lectura se hará pública la lista de aprobados con su correspondiente puntuación. Finalizada éstas, el Tribunal en un plazo máximo de diez días, publicará en la sede del Organismo el lugar, día y hora para la realización del siguiente ejercicio.

Este ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo.

3 . Tercer ejercicio.—Prueba optativa, no excluyente, de idiomas (inglés y/o francés) con una valoración máxima de 10 puntos. Se tratará de una prueba a determinar por el tribunal para valorar el conocimiento de estos idiomas con una duración máxima de 50 minutos.

La calificación mínima necesaria para superar la fase de oposición será de 45 puntos sumados el primer y segundo ejercicio.

Cumplido lo referido en el párrafo anterior, la calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el primero, segundo ejercicio y tercer ejercicio.

B) Fase de concurso.—En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 33 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

1. Méritos profesionales.—La puntuación máxima será de 27 puntos.

Se valorará la experiencia profesional en puestos de trabajo siempre que las tareas y funciones desarrolladas fueran iguales o similares al contenido del programa, según los siguientes criterios:

a) Servicios efectivos prestados, en la Administración Pública con la misma categoría por la que se opta: 0,50 puntos por mes completo de servicios.

b) Servicios efectivos prestados en la Administración Pública, con categoría similar a la que se opta: 0,25 puntos por mes completo de servicios.

c) Servicios efectivos prestados en otros ámbitos no incluidos en los apartados anteriores con categoría similar: 0,16 puntos por mes completo de servicios.

Forma de acreditación:

1. Certificado de Servicios Prestados, emitido por la unidad de personal correspondiente cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la Administración.

2. Certificado de Vida Laboral emitido por el órgano competente de la Seguridad Social y copia del contrato o contratos de trabajo de los que se derive dicha experiencia.

Los grupos de cotización reflejados en los correspondientes certificados de vida laboral deberán coincidir con la categoría de la plaza a la que aspire el candidato.

2. Méritos Académicos.—La puntuación máxima será de 6 puntos.

Se valorará la formación académica en especialidades médicas, másteres oficiales y expediente académico hasta un máximo de 3 puntos, con arreglo a lo siguiente:

a) Especialidad en medicina del trabajo: 2 puntos.

b) Resto de especialidades médicas oficiales: 1,5 puntos.

c) Másteres oficiales relacionados con el puesto de trabajo: 1 punto.

d) Título de Doctor: 1 punto.

Se valorará la formación académica obtenida por la realización de cursos (únicamente se valorarán los cursos con un mínimo de 4 créditos o 40 horas) y otros méritos, hasta un máximo de 3 puntos, con arreglo a lo siguiente:

a) Por cada crédito, en cursos destinados a personal de similar o igual categoría profesional, con las tareas y funciones a las que se opta, 0,025 puntos.

b) Por cada crédito, en cursos destinados a personal de similar o igual categoría profesional, no relacionados con las tareas y funciones a las que se opta, 0,010 puntos.

Para su valoración deberán haber sido impartidos por o para la Administración o centros legalmente autorizados y reconocidos.

c) Becas, premios, publicaciones en revistas especializadas, comunicaciones en Congresos, Simposiums y otros méritos profesionales valorados por el Tribunal, hasta un máximo de 1 punto.

Forma de acreditación.—Para la valoración de los méritos académicos será necesario aportar Fotocopias compulsadas de los diplomas, títulos o certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

2. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

3. La mayor puntuación alcanzada en la fase de concurso.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas.

TEMARIO

Parte común

Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado

Tema 1. La Constitución española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.

Tema 2. El Tribunal Constitucional. Organización, composición y atribuciones.

Tema 3. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

Tema 4. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.

Tema 5. El Gobierno. Composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado.

Tema 6. La Administración pública: principios constitucionales. La Administración General del Estado y su organización periférica. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas.

Tema 7. La Unión Europea: Antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Los Tratados originarios y modificativos. La Constitución Europea.

Tema 8. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho originario. Derecho derivado: Reglamentos, directivas y decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.

Tema 9. El Derecho Administrativo. Concepto y fuentes.

Tema 10. La Ley 30/1992, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999.

Tema 11. El contrato administrativo. Concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación. Ejecución.

Tema 12. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Derechos y deberes del personal al servicio de la administración Pública. Incompatibilidades.

Tema 13. Los procesos selectivos en la Administración Publica. Principios Constitucionales. Selección de Personal en la Administración General del Estado.

Tema 14. El Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado. Ámbito de aplicación y vigencia. Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación del Convenio. El sistema de clasificación.

Tema 15. El contrato de trabajo en la Administración pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido. Sindicación del personal Laboral. Comités de Empresa y Delegados de Personal.

Tema 16. El derecho de huelga y su ejercicio. La huelga en los servicios esenciales de la comunidad. Los conflictos colectivos y su solución: Especial referencia a las Administraciones públicas.

Tema 17. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario: elaboración, ejecución y control.

Tema 18. Normas sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.

Tema 19. Políticas de Igualdad de Género. Normativa vigente.

Parte específica

Tema 1. La Ley General de Sanidad: fundamentos. Competencias Sanitarias del Estado. La Sanidad Exterior. Las relaciones sanitarias internacionales. La coordinación general sanitaria. Competencias Sanitarias de las Comunidades Autónomas.

Tema 2. Principios generales de la Medicina del Trabajo. Bases fisiológicas del trabajo físico: la fatiga. El trabajo psíquico. Horarios y ritmos de trabajo. Perturbaciones debidas al trabajo a turnos: alteración del sueño, accidentes. Prevención.

Tema 3. Higiene del trabajo: conceptos básicos y generalidades. Higiene individual del trabajador. La higiene de los locales del trabajo: estudio de factores morbígenos y de riesgo en el medio laboral. Medios de prevención.

Tema 4. Ergonomía: definición. Métodos de valoración. El análisis de tareas y puestos de trabajo. Fundamentos de psicología industrial: orientación y selección profesional.

Tema 5. Conceptos de Accidentes de trabajo. Enfermedad Profesional y Enfermedad del Trabajo. Normativa vigente. Los medios de protección y señalización. La lista de enfermedades profesionales del Real Decreto 1299/2006.

Tema 6. Medicina Preventiva y Salud Pública: conceptos. Situación actual e importancia. La Medicina Preventiva del profesional del mar. Higiene del trabajo a bordo.

Tema 7. El sonido y el ruido: características y unidades; instrumentos de medida. Ruido y vibración: sus efectos sobre el cuerpo humano. Niveles máximos no lesivos para el hombre. Especial referencia a las embarcaciones.

Tema 8. Examen de salud laboral. Reconocimientos médicos de embarque marítimo. Legislación y normativa en vigor. El Real Decreto 1696/2007.

Tema 9. Asistencia médica del marino embarcado: Centro radio-médico y Buques Sanitarios españoles. Guía Sanitaria a bordo. Botiquines a bordo de las embarcaciones. Legislación y normativa en vigor. Real Decreto 258/1999.

Tema 10. Educación sanitaria y Educación para la salud: conceptos y métodos. La Formación Sanitaria de los trabajadores del mar: niveles, características específicas, material y métodos. Legislación y normativa en vigor.

Tema 11. Epidemiogénesis: conceptos y definiciones. Estudio del brote epidémico. Conceptos generales de epidemiología: objetivos. El método epidemiológico. Utilidad del estudio de la epidemiología. Asociación y Causalidad. Factores de riesgo: su estudio.

Tema 12. Epidemiología descriptiva: conceptos básicos. Estudio de sus principales variables: personas, lugar y tiempo. Epidemiología analítica: conceptos básicos. Fases. Estudios prospectivos y retrospectivos. Métodos de estudio: casos control, cohortes y screening. Epidemiología experimental: conceptos. Protocolos, planteamientos y análisis de resultados. Principales métodos del estudio experimental.

Tema 13. Vigilancia epidemiológica. Los sistemas de información sanitaria. Situación actual e importancia. Epidemiología de las enfermedades transmisibles y de las enfermedades crónicas: conceptos. La cadena epidemiológica. Enfermedades cuarentenables y de declaración obligatoria. Análisis y predicción de factores de riesgo.

Tema 14. Estadística sanitaria: concepto. Su importancia en las ciencias de la salud. Recogida de datos. Análisis estadístico. Indicadores sanitarios: razones, tasas e índices: detallar los más utilizados. Indicadores de salud negativos y positivos. Morbilidad y mortalidad general: principales causas en España.

Tema 15. Salud comunitaria: conceptos básicos. Planificación, gestión y evaluación de programas de salud comunitaria. Educación sanitaria.

Tema 16. Saneamiento ambiental: conceptos. Abastecimientos de agua. Depuración del agua de bebida. Desinfección y esterilización. Desinsectación. Desratización Especial referencia a las condiciones y saneamiento de las embarcaciones.

Tema 17. Inmunizaciones: concepto. Vacunación de adultos. Características de las principales vacunas. Paludismo: Quimioprofilaxis. Especial referencia a los trabajadores del mar.

Tema 18. Cardiopatía isquémica. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Especial referencia a la consulta médica por radio. Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 19. lnsuficiencia cardíaca. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 20. Valvulopatías. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 21. Hipertensión arterial. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 22. Parada cardiorespiratoria. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Especial referencia a la consulta médica por radio.

Tema 23. Accidentes cerebrovasculares. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Especial referencia a la consulta médica por radio, Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 24. Epilepsia, Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Especial referencia a la consulta médica por radio. Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 25. Coma. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Especial referencia a la consulta médica por radio.

Tema 26. lnsuficiencia respiratoria. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Especial referencia a la consulta médica por radio. Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 27. Bronconeumopatía crónica obstructiva. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 28. Asma. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Especial referencia a la consulta médica por radio. Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 29. Abdomen agudo. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Especial referencia a la consulta médica por radio.

Tema 30. Gastritis y ulcus gastroduodenal. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 31. Hemorragias digestivas. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Especial referencia a la consulta médica por radio.

Tema 32. Síndromes diarreicos. Salmonelosis. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Especial referencia a la consulta médica por radio.

Tema 33. Diabetes mellitus. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento, Especial referencia a la consulta médica por radio. Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 34. Obesidad. Hiperuricemia. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 35. Patología tiroidea. Clasificación, Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 36. Litiasis renal. Cólico nefrítico. Epidemiología. Etiopatogenia, Clínica. Diagnóstico, Tratamiento, Especial referencia a la consulta médica por radio. Infecciones urinarias. Epidemiología, Etiopatogenia, Clínica, Diagnóstico, Tratamiento, Prevención y Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 37. Astronave degenerativa. Lumbociática. Cervicobraquialgia. Hombro doloroso. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 38. Hepatitis víricas. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 39. Tuberculosis pulmonar. Epidemiología. Etiopatogenia, Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 40. Enfermedades de transmisión sexual. Epidemiología. Etiopatogenia. Clasificación. Clínica (sífilis, gonococia, condilomas). Diagnóstico. Tratamiento. Prevención. Valoración de la aptitud para e trabajo a bordo.

Tema 41. Síndrome de lnmunodeficiencia adquirida. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento, Prevención. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo. Plan Nacional del SIDA.

Tema 42. Enfermedades transmisibles por artrópodos. Fiebre amarilla. Paludismo. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Prevención. Problemas de su erradicación mundial. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 43. Enfermedades del oído. Otitis crónica, vértigos, hipoacusias. Valoración de la Aptitud para el trabajo a bordo.

Tema 44. Enfermedades del ojo. Disminución de la agudeza visual, alteraciones del campo visual, alteraciones de la visión cromática y de la movilidad ocular. Valoración de la aptitud para el trabajo a bordo.

TEMA 45.–

Patología derivada de las actividades subacuáticas. Accidentes de buceo; prevención y tratamiento. Especial referencia a la consulta médica por radio.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal titular

Presidente: Don Ángel Laporta San Miguel, Jefe de Área de Programas Sanitarios, perteneciente al Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social

Vocales:

Doña Purificación Vega Guerra, Médica de Sanidad Marítima.

Don Luis Navascués Gasca, perteneciente al Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social.

Doña Argentina Vilar Carneiro, Titulada Superior de Actividades Específicas.

Doña Begoña Marugán Pintos, Titulada Superior de Actividades Específicas.

Doña Milagros Dorronzoro Fábregas, Titulada Superior de Gestión y Servicios Comunes.

Secretaria: Doña María del Carmen Angulo Galán, Médica de Sanidad Marítima laboral.

Tribunal suplente

Presidenta: Doña Covadonga Jiménez Torrecillas, Jefa de Área de Seguridad Social, perteneciente al Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Vocales:

Don Miguel de la Cruz López, Médico de Sanidad Marítima.

Doña Marta Milagros Caloto Goyanes, perteneciente al Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social.

Don José Crespo Raso, perteneciente al Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Don Francisco Jiménez Báez, perteneciente al Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Don Miguel Ángel Elejalde Santamaría, Titulado Superior de Actividades Específicas.

Secretario: Don Alberto Vicente Luelmo, Médico de Sanidad Marítima.

ANEXO IV

Declaración jurada para no españoles

Don/doña ..............................................................................................., con domicilio en .............................................................................., y documento de identidad número/número de identificación de extranjeros ............................, declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado Médico de Sanidad Marítima, que no está sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

En .................................., a........ de................................... de 2011.

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