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Documento BOE-A-2011-5690

Orden SPI/679/2011, de 8 de marzo, por la que se convoca a la realización de una prueba de aptitud a determinados nacionales de estados miembros de la Unión Europea que han solicitado el reconocimiento de su cualificación profesional para ejercer en España la profesión de Enfermero responsable de cuidados generales.

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 29 de marzo de 2011, páginas 33012 a 33019 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2011-5690

TEXTO ORIGINAL

La Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre, y el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorpora al derecho español la citada Directiva, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, establecen la posibilidad de exigir la superación de medidas compensatorias, con carácter previo al reconocimiento profesional, para aquellos casos de solicitantes cuya formación no cumpla con los requisitos mínimos de formación existentes en el Estado de acogida, en los términos previstos en estas normas.

Con base a lo expuesto, este Ministerio, Autoridad Competente en España para el reconocimiento de las cualificaciones profesionales de enfermero responsable de cuidados generales, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, y, en virtud de lo previsto en sus artículos 21, 22 y 23, dispone:

Primero.–Los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea (que figuran en el Anexo I), cuyas cualificaciones profesionales, adquiridas en otros Estados miembros, no pueden ser reconocidas para el ejercicio de la profesión de enfermero responsable de cuidados generales, por no cumplir con las exigencias previstas en la Directiva 2005/36/CE, de 7 de septiembre, y en el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, deberán complementar sus cualificaciones profesionales con medidas compensatorias consistentes en la superación de una prueba de aptitud, conforme a lo establecido en el apartado 3 del artículo 22 del citado Real Decreto.

En el Anexo I se relacionan las personas convocadas a la realización de la prueba de aptitud que son aquellos aspirantes, referidos en el párrafo anterior, cuyas solicitudes de reconocimiento profesional con la documentación requerida para resolver ha sido presentada hasta el día 8 de marzo de 2011.

A los efectos de subsanación de los posibles errores u omisiones contenidos en el Anexo I, se establece un plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», para presentar reclamaciones.

El Anexo I definitivo se publicará en la Resolución del Director General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección, a que se hace referencia en el apartado cuatro de esta Orden.

Segundo.–El contenido de la prueba de aptitud tendrá en cuenta aquellas materias cuyo conocimiento es fundamental para el ejercicio de la profesión de enfermero responsable de cuidados generales y en las que la formación recibida por el solicitante presenta diferencias sustanciales de duración o contenido respecto a la formación exigida en España.

Las materias sobre las que versará la prueba son las que se contienen en el programa que figura en el punto 5.2.1 del Anexo V de la Directiva 2005/36/CE, de 7 de septiembre, y del Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 20 de noviembre).

La prueba de aptitud consistirá en dos partes:

Primera parte.–Ejercicio escrito:

Realización de un ejercicio escrito de ochenta preguntas más ocho de reserva, en las que se incluirán casos clínicos. En el ejercicio figurarán respuestas múltiples de las que sólo una será correcta.

La duración de esta prueba será de dos horas.

Las contestaciones acertadas del ejercicio de respuestas múltiples se valorarán con un punto y veinticinco centésimas (1,25), las respuestas erróneas restarán cero con veinticinco centésimas de punto (0,25) y las no contestadas no se valorarán.

La puntuación máxima posible será de cien puntos.

Para poder superar la primera parte de la prueba será necesario alcanzar la puntuación mínima de cincuenta y cinco puntos.

Los resultados provisionales del ejercicio escrito se publicarán en la página web del Ministerio y se establecerá el plazo para interponer reclamaciones.

Segunda parte.–Prueba oral:

A esta segunda parte sólo podrán presentarse los aspirantes que hayan superado la primera.

Consistirá en una prueba oral en la que el aspirante deberá responder a las preguntas que le formule el Tribunal en relación con los casos clínicos planteados en la primera parte.

La puntuación máxima posible de esta parte será de cien puntos.

Para poder superar la segunda parte de la prueba será necesario alcanzar la puntuación mínima de cincuenta puntos.

La superación de la segunda parte de la prueba implica la superación de la prueba de aptitud exigida con carácter previo a la resolución de reconocimiento profesional.

Tercero.–Los aspirantes que como consecuencia de estar afectados por una discapacidad precisen algún tipo de adaptación para la realización del ejercicio, remitirán, además de la fotocopia compulsada de la certificación oficial acreditativa de su discapacidad, escrito motivado especificando dichas adaptaciones, a fin de que la Dirección General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección, resuelva según proceda.

La citada documentación podrá presentarse dentro de los quince días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado.

A estos efectos, la citada Dirección General tendrá en cuenta los criterios generales contenidos en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Cuarto.–Por Resolución del Director General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección de este Departamento, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del Ministerio, se anunciará la fecha y lugar de Madrid previstos para la celebración de la primera parte de la prueba, se elevará a definitivo el Anexo I de esta Orden y se nombrará a los miembros del Tribunal encargados de elaborar el contenido de la prueba y calificar a los aspirantes.

El Tribunal estará compuesto por seis miembros: Presidente, Secretario y cuatro vocales, debiendo existir el mismo número de suplentes.

El Presidente y el Secretario serán nombrados entre funcionarios adscritos a la Dirección General de Ordenación Profesional Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección.

Los vocales serán nombrados entre expertos de la profesión, en ejercicio.

En todo caso, la celebración de la primera parte de la prueba se realizará durante el primer semestre de este año, previéndose la realización de dos convocatorias anuales.

Los convocados que no se presenten a las dos partes de la prueba o no la superen podrán solicitar su participación en las dos convocatorias inmediatamente siguientes a la presente. Agotadas las tres convocatorias sin superarlas, sólo se podrá instar una nueva solicitud de reconocimiento transcurridos dos años desde la fecha de publicación de la tercera convocatoria.

Quinto.–La Dirección General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección de este Departamento, determinará mediante la oportuna resolución, las cuantías a percibir por los expertos que redacten y validen las preguntas necesarias para la elaboración de la prueba de aptitud. Estas cuantías se harán efectivas con cargo al concepto presupuestario 26.12 311 O 226.07, al que, asimismo, se imputarán los demás gastos derivados de la gestión de esta prueba, salvo los gastos indemnizables por razón del servicio y asistencias, a las que se refiere el párrafo siguiente.

Las asistencias devengadas por los miembros del Tribunal, así como por el personal designado al efecto por el Director General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección para la realización de las actividades necesarias para el desarrollo del examen serán las correspondientes a la categoría segunda de las previstas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. Dichas asistencias se harán efectivas con cargo al concepto presupuestario 26.12 311 O 233, con el límite del número máximo autorizado por el Ministerio de Presidencia.

Sexto.–Contra la presente Orden podrá presentarse recurso de reposición ante la Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente en el plazo de dos meses desde su publicación, todo ello de conformidad con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 8 de marzo de 2011.–La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, P. D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Director General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección, Francisco Valero Bonilla.

ANEXO I
Relación de personas convocadas a la prueba de aptitud para enfermeras responsables en cuidados generales

DNI/Pasaporte

Apellidos

Nombre

10826415

ACHIM.

ADRIANA.

15055110

ALBEANU.

MARIA.

13521681

AMARANDEI.

MIRELA.

8498995-N

ANDA ELENA.

DUMINICA.

KX158992

ANDONE ROTARU.

CLAUDIA DORINA.

352480175

ANDREEVA.

BORISLAVA MIROSLAVOVA.

380261958

ANGELOVA.

DANIELA VARBANOVA.

10289855

ANGHEL.

DIANA.

GL456069

ANTIM.

ALIDA-MIRELA.

14015900

ANTIM.

ANA.

XR185551

ANTOHE.

NICOLETA.

RR362786

BAIRAC.

OLGA.

14441193

BALA.

ANDREEA MARIA.

X8846822X

BALASOIU.

CRISTINA ELEONORA.

SJ073249

BALIKOVA.

ZUZANA.

11344477

BEJAN.

EUGENIA.

73417631K

BELIANOVA TCHOLEVA.

ANELIA.

14918208

BERNSCHUTZ.

ADRIANA STEFANIA.

050275015

BETIANU.

MIHAELA.

XH 342307

BIRES.

ELENA MARINELA.

AR263616

BITA.

COSMINA FLORENTINA.

15280119

BOBEICA.

ELENA ECATERINA.

X6426385R

BOGDAN.

STELIANA ELENA.

09528300

BOLOCAN.

ELENA CECILIA.

X6264470-Y

BORSAN.

LUCIA.

X3455318M

BOTA.

IONELA.

354114717

BOZDANSKA.

VALENTINA ASENOVA.

350326155

BRATOEVA.

ALBENA BOZHIDAROVA.

15021246

BRATU.

CAMELIA.

13574769

BRATU.

MARIOARA.

13517658

BURDUF.

MIRELA NICOLETA.

XH510300

BURTIC.

LOREDANA.

15241630

CABA.

TAMARA.

13556810

CARNARIU.

IOANA FLAVIA MIHAELA.

357383047

CHAKAROVA.

NINA KRASIMIROVA.

X05229370K

CHERNEVA.

ANZHELA VALISEVA.

SV263691

CHIBICI.

LIDIA.

IF 226177

CIRSTEA.

NICOLETA GINA.

13319095

CIUFULICA.

MIHAELA.

15026515

COJOACA.

COSTEL CLEMENT.

11030257

COJOCARU.

SILVIA.

XH637442

COJOCARU.

GABRIELA MONICA.

10292787

COJOCARU.

MADALINA FLORENTINA.

15214391

CONDURACHE.

MARIANA CRISTINA.

8359405

COSERAN.

CRISTINA.

15311407

COSMA.

MARIA.

13727375

COSTACHE.

IZABELL STELUTA.

11695464

COVETE.

RODICA.

11921125

CRACIUN.

ECATERINA MIRABELA.

XB261921

CRETA.

DINA FLORINA.

14799520

CRISTACHE.

ANA.

OT134793

CRISTEA.

CRISTINA ELEONORA.

12766647

DAMIAN.

MARIA LUMINITA.

050168481

DAN.

GABRIELA.

X6736762Q

DANILA.

IOANA ALINA.

12347034

DARLOMAN.

VICTORIA.

14367840

DASCALU.

MARTA MARIA.

KX228763

DIACONU.

ALINA-MIRABELA.

X8507954R

DIACONU.

SALOMEEA BETANIA.

350156328

DIKOVA.

PAULINA MIRTCHEVA.

X3562342X

DIMITROVA TCHIMPILSKA.

BISTRA.

YO220453N

DITU.

ANA MARIA.

VS240139

DOBREA.

EMILIA MARIANA.

12355147

DOBRICA.

MONICA.

351621971

DOCHEVA.

MARIYANA VASILEVA.

348904791

DONCHEVA.

EMILIYA NIKOLOVA.

640081719

DOSEVA.

TSEVA NIKOLOVA.

14181930

DRAGOTA.

CORINA.

357225290

DRUMEVA.

DIANA IVANOVA.

11902445

DUMITRESCU.

MARCELA IULIA.

15196058

DUMITRESCU.

ALEXANDRA.

11568969

DUMITRESCU.

DANIELA.

341481185

DZANGOVA.

PETRANKA PAVLOVA.

KL 081097

ENACHE.

MAGDALENA LAURA.

13317582

ENE.

DANIELA.

14708156

EROFEI.

NINA.

AX169967

FEIEREISZ.

CAMELIA.

380369226

FILIPOVA.

IRENA GEORGIEVA.

14254014

FLOREA.

CORNELIU.

14474868

FLORICESCU.

MARINELA.

12416751

GAGIU.

ION.

12123103

GALBEN.

MARIA.

365140170

GARBELANSKA.

VALENTINA STANKEVA.

350466754

GEGOVA.

ROZA VASILEVA.

X4204500P

GEORGIEVA NEDYALKOVA.

MARIANA.

X06656827Y

GERMAN.

CARMEN MARIA.

15089487

GIURGI I.

MIRELA CRISTINA.

2760716060762

GOREA.

IONELA-RAMONA.

SB115734

GROSU.

MARIA CRISTINA.

ALW287538

GRYGLIK.

EDYTA EWA.

610067129

HADZHIEVA.

SVETLA VALENTINOVA.

380237350

HADZHIEVA.

MARIELA ILIEVA.

640004419

HRISTOVA PETKOVA.

EMILIYA.

MX 739976

HRITCU.

ANCUTA.

DD109229

IANCU.

RADUCU-CRISTIAN.

14356169

ILEANA.

TOMOIAGA.

14682434

ILIE.

ELENA CARMEN.

359045768

ILIEVA.

ILIYANA ATANASOVA.

10660336

ILINOIU.

EUGENIA.

Y0736508Q

ION.

LUMINITA DANIELA.

OT295414

IONESCU.

CORNELICA-CLAUDIA.

12336210

IONESI.

OANA.

14597583

IORDACHE.

PETRA.

PH855663

IRIMIA.

LUMINITA.

14653351

ISPAS.

CARMEN JULIA.

11267864

ISPIR.

STEFANIA.

358871718

IVANOVA.

LILYANA KIRILOVA.

350332980

IVANOVA IVANOVA.

LILYANA.

15174256

JIANU.

ILEANA CRISTINA.

367429255

KAMENOVA.

LALKA PETROVA.

193106827

KANEVA.

DIANA HRISTOVA.

366264811

KARAILIEVA.

ANI NEVENOVA.

356034267

KATSAROVA.

YORDANKA ILIEVA.

356752775

KIRILOVA.

MARGARITA IVANOVA.

365715551

KOLEVA.

SONYA SABEVA.

AF0842746

LACH.

EDYTA.

12022113

LAURENTIU GEORGIAN.

IORDACHE M.

GL 399891

LAZAR.

DIANA ANGELA.

14074261

LAZAR.

FLORENTINA ANA.

X8733948C

LEICA.

GINA.

13903525

LITEAN.

ANCUTA CARMEN.

14264793

LUHA.

FLORICA MIHAELA.

X0740173X

LUKASIK.

ELZBIETA KRYSTYNA.

12387121

LUPA.

RODICA GABRIELA.

13166498

LUPULESE.

MELANIA MIRELA.

X3538025G

LYSIAK.

RENATA MAGDALENA.

347574462

LYUBENOVA.

IRINA YORDANOVA.

14987377

MAGA.

GEANINA NICULINA.

X3807721-W

MAIER.

IONELA MARIA.

15363564

MANDACHE.

NICULINA.

VX 342505

MARACINE.

ELENA CRISTINA.

HD147837

MARC.

RALUCA EUGENIA.

07821782

MARINCEAN.

NICOLETA.

14448033

MARINOIU.

ROZVANELIA LOREDANA.

364826801

MARINOVA.

MILENA DANKOVA.

369022500

MARINOVA.

MARINA MARINOVA.

12238237

MARIOARA.

AURA MARIA.

13471667

MATEI.

IOANA ALINA.

11950940

MAVRU.

ESTERA CAMELIA.

AX418387

MELNIC.

MIHAELA-ANDREA.

DD200626

MERAUTA.

MIHAELA.

15182038

MICLOS.

ANDREEA VIORICA.

XZ444264

MIHALCEA.

FLORENTA.

354694087

MIHALEVA.

ANAHID MARDIROS.

11106038

MILIAN.

MARINELA IULIANA.

XZ 205558

MITREA.

IONELA FLORINELA.

15393516

MOLDOVAN.

IOANA NATALIA.

MS041003

MURESAN.

IONELA NASTASIA.

KX718692

MURESAN.

LAURA CRISTINA.

14363930

NAE.

ILEANA CONSTANTA.

DD222695

NEAGU.

NICOLETA.

SX165665

NEGREAN.

CLAUDIA VALENTINA.

14509734

NEICONI.

LAMIITA.

15173635

NICOLAESCU.

VASILICA DIANA.

13679227

NICOLESCU.

MADALINA.

MX305791

NISTOR.

MARIANA.

LV3138463

NOSKOVA.

ALLA.

X3560700R

ONICA (CASADA ZAGREAN).

MIHAELA-RAVECA.

13562303

PANTA.

ANA DANIELA.

14369733

PAPARUZ.

CRENGUTA MARIANA.

360639810

PARGOVA.

KREMENA PETROVA.

X8476695E

PATRU.

MARILENA PATRICIA.

15285483

PAUN.

MARIOARA.

348712957

PETKOVA.

ILIYANA TODOROVA.

355286370

PETKOVA.

TANYA CHAVDAROVA.

DD162789

PETRESCU.

MIRELA.

354148680

PETROVA.

ZHIVKA GERASIMOVA.

380599565

PETROVA.

MARIYANA NIKOLAEVA.

50245508-F

PETROVA PELOVSKA.

EMILIA.

Y0491812V

PIERSUNARU.

CRISMARITA.

153971

PIRVAN.

SIMONA.

14194440

PLETEA.

MARCELA MARIANA.

HD338048

PLOPSOREANU.

ADINA.

TR 115054

POP.

MARIANA.

14289293

POP.

ADRIANA ESTERA.

TR145661

POPA.

FLORENTINA.

KX255946

POPA.

ENIKÖ.

12037138

POPA.

CRISTINA.

14296196

POPESCU.

NICOLETA.

343173277

POPOVA.

STEFKA DYANKOVA.

BV626805

POSEA.

ANA MARIA.

11428887

PRUNE ROMAN.

MIHAELA.

MX759844

PUCHIN.

ROXANA ELENA.

50190077

PUIU.

NICULINA.

11340651

PUNGA.

FLORENTINA.

14600275

PUSCARU.

IOANA.

08972619

RADU.

MIHAELA NICOLETA.

13821380

RADU.

ELADIA ELENA.

13725553

RADUTA.

ROXANA.

BM7386768

RUDEK.

MALGORZATA.

X8856791C

SANDRU.

IRINA.

10238801

SAVU.

LENUTA NARCISA.

X3235294E

SCHMIDT.

MARIA GENOVEVA.

352965236

SIMEONOVA.

SVETLA LILOVA.

12203586

SIMION.

MARIANA.

13649542

SOAVA.

CONSTANTIN AURELIAN.

13649326

SOAVA.

NINA GETUTA.

VS251058

SOREA.

CONSTANTA DANIELA.

2680623060790

SORIAN.

AURORA GABRIELA.

14456781

STAMATE.

ELENA.

10658483

STANCIU.

DANIELLA.

SM351505

STANCIU.

STEFANIA GINA.

13163635

STANCU.

ILEANA CARMEN.

10659015

STANESCU.

ELENA.

10819614

STANESCU.

ELENA CRISTINA.

VX377924

STANOIU.

IOANA AURELIA.

350321630

STEFANOVA.

DANIELA TODOROVA.

367680009

STEFANOVA.

RADOSTINA NIKOLOVA.

15125779

STOIAN.

EMANUEL.

14556578

STOICA.

ADRIANA GEORGETA.

199168862

STOYANOVA YAKIMOVA.

ELENA.

050311730

STRENTAN.

MIHAELA IOANA.

VN110229

SURLIANU.

LOREDANA SIMONA.

13021721

SZANTO.

TUNDE ERIKA.

PH542820

SZASZ.

IOANA.

050243018

TANASE.

DANIELA.

IF261830

TANASE.

VICTORITA.

DX518215

TESCAN.

MARILENA VERONICA.

KT698720

TICALIUC.

LAURA DORINA.

15113420

TIRNAVEAN.

LOREDANA.

GL396522

TOCU.

GABRIELA.

085465084

TODUT.

CARMEN ANAMARIA.

HD471116

TOMA.

VIRGINIA-ADELA.

X2928246R

TOMOVA.

TANYA PETKOVA.

151878670

TONCHEVA.

ZOYA IVANOVA.

356777122

TONEVA.

PETYA PASKALEVA.

14811063

TRIF.

MARIA ANGELA.

14427603

TROSAN.

DIANA FLORINA.

369691163

TSVETKOVA.

RAYA VASILEVA.

172091451

TYANKOVA.

MARIYANA IVANOVA.

MM431869

ULICI.

ILEANA.

KX442773

URCAN.

CRISTINA.

13926533

URSACHE.

LUCIA ADINA.

Y0475663Z

VALERIU COMARITA.

CIPRIAN.

GL368490

VASILACHE.

LUIZA.

TM 700333

VECLIUC.

ADINA.

107700928

VELCHEVA ATANASOVA.

TODORKA.

12400517

VERDE.

CRISTINA.

X8695870F

VESELOVA MIHAYLOVA.

MIHAELA.

X4124191S

VLAD.

ANA MARIA.

PH 724519

VOICU.

NICOLETA ANDREEA.

X8595950E

VRÂNCEANU.

ANA MARIA.

Y0750504M

VRINCEANU.

DANIELA.

X3603905N

YANKOVA.

ANKA HRISTOVA.

337589509

YUMEROVA.

MELHIA MEHMEDOVA.

625869636

YUMEROVA.

ASYA SMILKOVA.

X5275432Z

ZHEKOVA VALKOVA.

KRASIMIRA.

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