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Documento BOE-A-2011-6863

Resolución de 4 de abril de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Gasoducto de transporte básico a la comarca del Barbanza, Galicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 2011, páginas 39325 a 39340 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-6863

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado 9.d) del anexo I del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por lo que, de conformidad con lo establecido en su artículo 3.1, con carácter previo a su autorización administrativa se ha sometido a evaluación de impacto ambiental, procediendo formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Según el Real Decreto 1443/2010, de 5 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.

Promotor y órgano sustantivo: el promotor del proyecto es Gas Natural SDG, S.A., y el órgano sustantivo la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITyC).

Objeto y justificación: El proyecto tiene como objeto la ampliación de las redes de distribución de gas natural mediante la construcción de un gasoducto, con origen en la posición de Enagás I020 del gasoducto Villalba-Tuy, en el término municipal de Valga (Pontevedra) y final en Ribeira, en la provincia de A Coruña. El tramo contemplado en el proyecto se extiende por la península de Barbanza, con una longitud aproximada de 41 km.

Localización: La actuación se desarrolla en 6 municipios de la Comunidad Autónoma de Galicia, Valga en la provincia de Pontevedra y Dodro, Rianxo, Boiro, A Pobra do Caramiñal y Ribeira, en la provincia de A Coruña.

Descripción sintética: Las actuaciones contempladas en el proyecto, comprenden la instalación de un gasoducto de transporte secundario de acero al carbono, con 41.453 m de longitud, 10 pulgadas (25,4 cm) de diámetro y una presión de diseño de 80 bar. Asimismo, se instalarán 4 posiciones con las instalaciones auxiliares que a continuación se detallan:

Municipio

Posiciones

Instalaciones auxiliares

Boiro.

Estación de regulación
y medida G-400 (80/16 bar).

Línea eléctrica aérea de 111 m
y media tensión (20 kV), ubicada
en el p.k. 25,672.

A Pobra do Caramiñal.

Estación de regulación
y medida G-100 (80/16 bar).
Estación de protección catódica.

Línea eléctrica aérea de 37 m
y media tensión (20 kV), ubicada
en el p.k. 37,783.

Rianxo.

Estación de regulación
y medida G-100 (80/16 bar).
Estación de protección catódica.
Armario de regulación
y medida AR-01 (16/4).

Línea eléctrica de baja tensión.

Ribeira.

Estación de regulación
y medida G-250 (80/16 bar).

Línea eléctrica aérea de 105 m
y media tensión (20 kV), ubicada
en el p.k. 41,453.

La tubería irá enterrada, como mínimo, a 1 m de profundidad sobre su generatriz superior, en el caso del cruce con ríos y arroyos, la profundidad mínima será de 1,5 a 2,5 m o superior, dependiendo de los estudios particulares de socavación. La anchura habitual de la pista de trabajo será de 10 m (pista normal), excepto en aquellos casos donde la utilización de los caminos existentes, en especial los paralelos a la autovía de Barbanza, haga necesaria la utilización de una pista de ancho reducido, ajustándose al ancho del camino utilizado, y en el cruce de los ríos Louro, Rego do Vigo, Te, Coroño, Pedras, Rego da Chamiza y Rego das Saiñas, que necesitarán de un ancho de pista máximo de 14 m. Los cruces con la ría de Arosa y el lugar de importancia comunitaria (LIC) ES1140001 Sistema Fluvial Ulla-Deza, se realizarán mediante perforación dirigida; el resto de cursos de agua se cruzarán a cielo abierto.

Alternativas propuestas: El diseño del trazado viene marcado por unos condicionantes técnicos, administrativos (se evitará la cercanía a núcleos urbanos y zonas de alta densidad de población), condicionantes de suministro (puntos de origen y destino), económicos (por coste mínimo), de carácter legal (normativa), y condicionantes ambientales (minimizar afección sobre espacios naturales protegidos, especies de flora y fauna protegida, superficies ocupadas con vegetación natural, medio fluvial y riberas, yacimientos arqueológicos, explotaciones mineras o canteras, ceñir el trazado a infraestructuras existentes).

En el estudio de impacto ambiental se plantean un total de 4 alternativas. La primera alternativa considerada es la alternativa cero o no realización del proyecto. Este caso supondría el desabastecimiento de un importante número de términos municipales, ya que el gas natural es una herramienta fundamental para el desarrollo de la actividad industrial, comercial y doméstica. El resto de alternativas tienen en común el punto de inicio, la posición I020-Valga, del gasoducto Villalba-Tuy de Enagás, y el punto de fin, al norte de Santa Uxia, donde se ubicará la posición de Ribeira.

La alternativa A discurre al norte del resto de trazados, dejando al sur el trazado de la autovía de Barbanza. Circula por zonas montañosas, atravesando sectores de arbolado, varios cursos de agua y varias carreteras locales. En la última parte del trazado atraviesa una zona montañosa, abrupta, donde se llega a alcanzar los 580 m de altitud, entre los términos municipales de A Pobra do Caramiñal y Ribeira.

En el caso de la alternativa B, el trazado discurre al sur de la alternativa A, discurriendo de forma paralela a la autovía de Barbanza desde el cruce con la carretera C-305 hasta la posición de Ribeira, donde se prevé el final del gasoducto.

La tercera alternativa propuesta, la C, discurre al sur de la autovía de Barbanza, siguiendo de forma muy próxima la línea de costa.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

Los elementos más importantes del medio se describen a continuación:

Geología y geomorfología: La zona de estudio presenta dos dominios claramente diferenciados, el Complejo de Noya y el Dominio Migmatítico y de las rocas graníticas. El primero de ellos ocupa una pequeña extensión formada principalmente por paraneises. El segundo dominio comentado, el más extendido en la zona de estudio, está formado principalmente por esquistos micáceos.

Hidrología: el trazado del gasoducto cruza 22 cursos de agua en su recorrido, 13 arroyos, 8 ríos, entre ellos el río Louro, el río Ulla, el río Te, el río Coroño, el río Lérez y el río Pedras, así como la ría de Arosa. El de mayor importancia es el río Ulla, que limita las provincias de Pontevedra y A Coruña y desemboca en la ría de Arosa.

Red Natura 2000, espacios protegidos y hábitats de interés comunitario: En la zona de estudio, se encuentra la zona de especial protección de los valores naturales (ZEPVN) y LIC ES11400011 Sistema Fluvial Ulla-Deza, que se caracteriza por la presencia de importantes poblaciones faunísticas, entre las que destacan el salmón atlántico y la lamprea. Por otro lado, en las riberas se localiza el hábitat de interés comunitario prioritario 91E0* Senecio bayonnensis-Alnetum glutinosae.

Vegetación: la vegetación actual está muy condicionada por las actividades que desarrollan los habitantes de la zona. La vegetación autóctona ha desaparecido en su mayor parte y ha sido sustituida por repoblaciones de pino (Pinus pinaster) y eucalipto (Eucaliptus globulus). El sotobosque generado en estas repoblaciones está formado por especies como el tojo (Ulex europaea), el helecho (Pteridium aquilinum) o el brezo (Erica cinerea). En las zonas de ribera domina el aliso (Alnus glutinosa) y, secundariamente, se encuentra el sauce ceniciento (Salix atrocinerea). En la ribera del río Ulla, en la zona donde se producirá el cruce con el gasoducto, se localiza un herbazal mixto de gándara con presencia de carrizo, junco y espadaña. En el resto de cauces, se encuentra la asociación Senecio bayonnensis-Alnetum glutinosae.

Fauna: La zona de estudio tiene un gran interés ornitológico debido a la presencia de colonias de reproducción de aves marinas como el arao común (Uria aalge), la gaviota patiamarilla (Larus cachinnans) o el cormorán moñudo (Phalacrocorax aristotelis). En el ecosistema de ribera de los cauces interceptados, se localizan especies como el avetorillo común (Ixobrychus minutus), el martinete (Nycticorax nycticorax), la avoceta (Recurvirostra avosetta), la garceta (Egretta garzetta), la carraca (Coracias garrulus) o la curruca capirotada (Sylvia atricapilla). Respecto a la ictiofauna, la cuenca Ulla-Deza es una de las más salmoneras de Galicia. Por otro lado, la ría de Arosa presenta una producción de fitoplancton abundante, que permite una elevada presencia de mejillón, así como sardinas, bocartes, jureles o caballas.

Patrimonio cultural: Se ha realizado una prospección arqueológica en la zona de estudio, constatando la presencia de numerosos yacimientos arqueológicos, conjuntos arquitectónicos y etnográficos, así como caminos históricos como el Camiño Real.

3. Resumen del proceso de evaluación.

a. Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto:

a) Entrada documentación inicial. La tramitación se inició con fecha 20 de julio de 2007, momento en que se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCyEA) del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (MARM) el documento ambiental del proyecto procedente de la Dirección General (DG) de Política Energética y Minas del MITyC.

b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. La DGCyEA estableció, con fecha 17 de octubre 2007, un periodo de consultas a personas, instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto:

Organismos consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente

Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo

X

Confederación Hidrográfica del Norte

X

Delegación del Gobierno en Galicia

Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Xunta de Galicia

X

* Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Xunta de Galicia

X

Dirección General de Desarrollo Sostenible de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Xunta de Galicia

Dirección General de Montes e Industrias Forestales de la Consejería del Medio Rural de la Xunta de Galicia

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Deporte de la Xunta de Galicia

X

Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación e Industria de la Xunta de Galicia

Dirección General de Obras Públicas de la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes de la Xunta de Galicia

X

Diputación Provincial de La Coruña

Diputación Provincial de Pontevedra

X

Departamento de Ecología de la Facultad de Biología. Universidad de Santiago de Compostela

Ayuntamiento de Boiro

Ayuntamiento de Dodro

X

Ayuntamiento de A Pobra do Caramiñal

Ayuntamiento de Rianxo

X

Ayuntamiento de Ribeira

X

Ayuntamiento de Valga

X

ADENA

Greenpeace

SEO

Ecologistas en Acción

Asociación para la Defensa Ecológica de Galicia (ADEGA)

Colectivo Ecologista y Naturista de Ribeira (CENAR)

Federación Ecologista Gallega (FEG)

* La respuesta fue remitida por la DG de Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Medio Rural de la Xunta de Galicia.

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones son:

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Xunta de Galicia, realiza una serie de consideraciones acerca de los contenidos del estudio de impacto ambiental. Destaca que los impactos más significativos a analizar en el estudio son la eliminación total de la vegetación en la pista de trabajo, el cruce del gasoducto con cinco cursos de agua, la apertura de pistas y la excavación de las zanjas. Coincide con el promotor en que la alternativa que menos impacta con los espacios naturales protegidos es la seleccionada, en cualquier caso, el gasoducto cruzará el LIC sistema fluvial Ulla-Deza, aspecto que deberá ser analizado, al igual que la posible afección a los hábitats naturales de interés comunitario identificados en la zona de estudio. Finalmente, considera conveniente consultar a la DG de Urbanismo de la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes, en lo referente a la aplicación de la normativa autonómica en materia de ordenación del territorio y protección del litoral.

La DG de Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Medio Rural de la Xunta de Galicia, analiza y evalúa las actuaciones previstas. Considera que no se afecta a los valores naturales de los espacios naturales protegidos, siempre y cuando se tengan en cuenta una serie de condiciones. En primer lugar, tan solo considera viable el cruce del LIC «Sistema Fluvial Ulla-Deza» por perforación horizontal dirigida o aprovechando las infraestructuras existentes, no afectando en ningún caso a la vegetación de ribera. Por otro lado, considera de especial importancia la valoración precisa de la posible alteración de la calidad de las aguas, así como de los valores ambientales y recursos explotables a ellos vinculados, además del diseño de las oportunas y específicas medidas preventivas y correctoras. Asimismo, deberá integrarse una valoración al respecto de potenciales afecciones indirectas sobre los espacios naturales protegidos ligados al medio fluvial, incluyendo los humedales presentes, así como una propuesta de las oportunas y específicas medidas preventivas y correctoras. Por otro lado, será de aplicación la Ley 5/2006, de 30 de junio, para la protección, conservación y mejora de los ríos gallegos y la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial. Finalmente, el informe destaca que los vertederos permanentes y temporales de tierras, y las instalaciones auxiliares, se situarán en zonas de mínima afección ecológica, paisajística y de poco interés natural.

La DG de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Deporte de la Xunta de Galicia, señala que la memoria-resumen no recoge un informe sobre los posibles impactos del proyecto sobre el patrimonio cultural. Dicha dirección general señala que existe un elevado número de yacimientos arqueológicos en la zona de actuación, así como en las inmediaciones de la autovía de Barbanza, lugar por el que discurrirá el gasoducto. Por ello, solicita la realización de un estudio especifico con el fin de valorar el impacto que el proyecto puede generar sobre el patrimonio cultural, de acuerdo a la Ley 8/95, de 30 de octubre, de Patrimonio Cultural de Galicia. Dicho estudio deberá incluir los resultados de una prospección arqueológica de las alternativas de trazado (Variante A, B y C), así como una banda de 200 m a cada lado de las mismas, de tal forma que se pueda contar con un conocimiento detallado de los elementos del patrimonio cultural existentes en la zona y establecer las medidas protectoras y correctoras necesarias para su protección. El proyecto deberá ser llevado a cabo por técnicos arqueólogos, y deberá ser presentado y autorizado por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Deporte de la Xunta de Galicia.

La DG de Obras Públicas de la Consejería de Política Territorial de Obras Públicas y Transportes, de la Xunta de Galicia, enumera las posibles afecciones a las carreteras de la Xunta de Galicia. En el caso del cruce con la carretera PO-548 (antigua C-550), deberá ser informado favorablemente por el Servicio Provincial de Carreteras de Pontevedra. Por otro lado, en el caso de los cruces con las carreteras VG-1.1, AC-305 y la AC-302, deberán ser informados favorablemente por el Servicio Provincial de Carreteras de La Coruña. En cualquier caso, el otorgamiento de autorizaciones de obras en las zonas de afección de las carreteras autonómicas, estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, así como en el Reglamento de Carreteras del Estado.

La Diputación provincial de Pontevedra destaca en su informe una serie de carencias de la documentación inicial remitida, considera que las alternativas no presentan una argumentación que justifique su propuesta, no se recogen las posibles afecciones a las infraestructuras existentes, ni se incluyen los elementos del patrimonio cultural, arquitectónico y etnográfico que puede ser afectado por las obras. Por otro lado, considera que la alternativa seleccionada es la más adecuada desde un punto de vista medioambiental, así como las medidas protectoras y correctoras contempladas. En cualquier caso, considera que el estudio de impacto ambiental debería incorporar aspectos como la erosión en la zona de la tubería, que puede provocar inestabilidad en los suelos, la alteración de los modelos de drenaje, la alteración temporal del tráfico en la fase de construcción, la posibilidad de fugas y roturas que puedan provocar contaminación de suelos, aguas superficiales y aguas freáticas.

El Ayuntamiento de Dodro indica que la documentación remitida no detalla las características técnicas del trazado que afecta al término municipal de Dodro, sobre todo lo referente a las servidumbres permanentes que afectarán al municipio.

El Ayuntamiento de Rianxo realiza en su informe una serie de apreciaciones al proyecto. Primeramente, considera que el trazado del gasoducto se debería adaptar al trazado de la Autovía del Barbanza, con las menores desviaciones posibles, siguiendo los terrenos de servidumbre y afección de la Autovía. Asimismo, considera que se deberían tener en cuenta aspectos como la ampliación del cementerio parroquial de la zona de Igrexa en Taragoña y el paso por la zona de la ensenada de Beluso y la desembocadura del río del mismo nombre, por ser un espacio de especial sensibilidad ambiental y valor ecológico, a la hora de establecer el trazado definitivo. Por otro lado, considera necesario evitar el cruce del gasoducto con los diferentes núcleos de población, así como mantener las servidumbres temporales y garantizar la reposición al estado inicial tras las obras. Finalmente, señala que el gasoducto discurre por una zona con restos arqueológicos importantes, por lo que sería imprescindible localizar los bienes catalogados e inventariados, y proponer las medidas oportunas.

El Ayuntamiento de Ribeira considera incompatible el trazado final de la alternativa B, comprendido entre el p.k. 38,300 y el casco urbano de Ribeira, proponiendo como solución que el trazado del gasoducto discurra paralelo a la futura autovía del Barbanza (AG-11) hasta su final en el polígono industrial de Xarás. Considera que, de esta forma, se evitarían impactos sobre recursos de alta calidad y usos sensibles, así como áreas pobladas y urbanizadas. Por otro lado, en el informe se incluye un listado de aspectos que se deberían tener en cuenta en la redacción del estudio de impacto ambiental.

El Ayuntamiento de Valga en su informe destaca que no se contempla ninguna alternativa que discurra paralela al trazado del gasoducto existente Tuy-Villalba, alternativa considerada la más favorable ambientalmente por este organismo. Asimismo, considera que los trazados propuestos causarán un gravamen sobre los terrenos que se encuentran en el entorno.

c) Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas. Analizada la documentación aportada por el promotor, así como las contestaciones a las consultas realizadas sobre el proyecto, el 27 de marzo de 2008, la DGCyEA del MARM realiza el consiguiente traslado de consultas al promotor, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas, y los aspectos más relevantes que deberá incluir el estudio de impacto ambiental (EsIA).

b. Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. El EsIA del proyecto fue sometido al trámite de información pública, mediante anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» número 108, de 4 de mayo de 2010; en el «Boletín Oficial de Pontevedra» número 79, de 28 de abril de 2010, y en el «Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña» número 84, de 6 de mayo de 2010. Asimismo, el 5 de mayo de 2010, fue anunciado en «El Faro de Vigo», «El Correo Gallego» y «La Voz de Galicia».

Por otro lado, el proyecto se expuso en los ayuntamientos de Dodro, Boiro, A Pobra do Caramiñal, Rianxo y Ribeira, pertenecientes a la provincia de A Coruña, y Valga, localizada en la provincia de Pontevedra. Del mismo modo, en cumplimiento del artículo 9.3 del RDL 1/2008, de 11 de enero, se remitió el estudio de impacto ambiental a los organismos previamente consultados, incluyendo la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística (APLU) de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, tal y como solicitaba la DG de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible en fase de consultas previas.

Transcurrido el plazo de información pública, con fecha 22 de diciembre de 2010, la DG de Política Energética y Minas del MITyC, remitió a la DGCyEA el resultado del proceso.

Durante el proceso de información pública, se recibieron informes procedentes de la Demarcación de Costas en Galicia, Aguas de Galicia, la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, la DG de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo, la DG de Infraestructuras de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, el Servicio de Urbanismo de la Jefatura Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, la Diputación Provincial de A Coruña, la Diputación Provincial de Pontevedra, el Ayuntamiento de Valga, el Ayuntamiento de Ribeira, el Ayuntamiento de Rianxo, el Ayuntamiento de A Pobra do Caramiñal y el Ayuntamiento de Dodro. Asimismo, se han recibido más de 200 alegaciones de particulares, asociaciones de vecinos y asociaciones ecologistas como Verdegaia.

Los aspectos ambientales más destacados son:

Hidrología: La Demarcación de Costas en Galicia y el Servicio de Urbanismo de la Jefatura Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, destacan en sus informes la afección a terrenos de dominio público marítimo terrestre, aspecto por el que serán de obligado cumplimiento los artículos 26 y 74 de la Ley 22/1998, de Costas. Asimismo, el Servicio de Urbanismo puntualiza que la autorización para las obras debe solicitarse de oficio, aportando la documentación requerida en el artículo 3 del Decreto 158/2005. Por otro lado, Aguas de Galicia emite informe favorable al proyecto pero recuerda la necesidad de solicitar autorización, al citado organismo, de forma previa a las obras.

El promotor afirma que ya ha contactado con los Servicios Provinciales de Costas de A Coruña y Pontevedra, aportando la documentación requerida y estando, por tanto, a la espera de su autorización. En el caso de las autorizaciones previas a las obras comentadas por Aguas de Galicia, el promotor asegura su solicitud y cumplimiento de todo el condicionado requerido.

Red Natura 2000, espacios protegidos y hábitats de interés comunitario: La Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Xunta de Galicia considera que la selección de alternativas es correcta y las medidas protectoras y correctoras propuestas son suficientes para paliar los posibles efectos negativos que pueda producir el proyecto. De todas formas, recuerda que el organismo competente para autorizar el cruce con el LIC ES11400011 Sistema Fluvial Ulla-Deza es la DG de Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Medio Rural. Por otro lado, numerosos particulares del municipio de Dodro, así como la asociación ecologista Verdegaia, destacan los valores ambientales de Las Brañas de Laíño, paraje incluido en el LIC comentado, instando al promotor a cambiar el trazado del gasoducto y evitar el cruce con este espacio.

El promotor responde que la propuesta de trazado es avalada por la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, como se comprueba en su informe, ya que incluye las medidas preventivas, correctoras y protectoras necesarias para evitar los impactos asociados al proyecto.

Patrimonio cultural: La DG de Patrimonio Cultural informa favorablemente al proyecto, tras el análisis de los elementos del patrimonio cultural reflejados en el estudio de impacto ambiental, siempre y cuando se tengan en cuenta una serie de medidas. Primeramente, se debe establecer un área de cautela de 200 m de diámetro entorno al elemento arqueológico GA15073001,20, siendo necesaria la ejecución de sondeos arqueológicos en esta zona. Asimismo, durante las obras, se llevará a cabo un seguimiento arqueológico que será autorizado por la DG de Patrimonio Cultural. En caso de detectarse cualquier tipo de evidencia de carácter arqueológico durante la ejecución de las obras, la citada DG decidirá sobre la conveniencia de establecer medidas protectoras adicionales. De acuerdo con el artículo 11 del Decreto 199/1997, de 10 de julio, en un plazo máximo de seis meses, los arqueólogos directores de las intervenciones deberán presentar las memorias técnicas elaboradas durante las obras. Finalmente, cualquier cambio en el trazado o en la ubicación de las instalaciones auxiliares, deberá ser informado a la DG de Patrimonio Cultural.

El promotor acepta las condiciones impuestas por la DG de Patrimonio Cultural.

4. Integración de la evaluación.

a. Análisis ambiental para selección de alternativas. Recordando lo expuesto en el apartado 1 relativo a la descripción de alternativas, se resumen a continuación los valores cuantitativos de cada una de ellas:

Alternativa

Características

Alternativa 0.

No realización del proyecto

Alternativa A.

3.058 m de afección a hábitats naturales de interés comunitario.
1.000 m de paralelismo con infraestructuras existentes.

Alternativa B.

557 m de afección a hábitats naturales de interés comunitario.
29.000 m de paralelismo con infraestructuras existentes.

Alternativa C.

899 m de afección a hábitats naturales de interés comunitario.
4.400 m de paralelismo con infraestructuras existentes.
15.600 m de afección a núcleos urbanos.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Se elije la alternativa B por ser la que presenta una mejor disposición en el terreno desde el punto de vista ambiental y técnico, ya que presenta la menor afección sobre hábitats de interés comunitario, la mayor parte de su recorrido es paralelo a infraestructuras existentes y tiene una menor afección sobre la población.

b. Impactos significativos de la alternativa elegida. A continuación se recogen los impactos más significativos y las medidas protectoras y correctoras diseñadas para su prevención o minimización. Para ello se ha tenido en cuenta el estudio de impacto ambiental y los informes recibidos como respuesta al trámite de consultas previas e información pública, mencionados en apartados anteriores de la presente resolución. La mayoría de esos impactos tendrán lugar durante la fase de obras, siendo casi inexistentes tras finalizar éstas.

Ruido y calidad atmosférica: durante la ejecución de las obras, se producirá un incremento de sólidos en suspensión, generados por los movimientos de tierra y la circulación de la maquinaria. El efecto más inmediato es la pérdida de transparencia atmosférica, produciendo un descenso de la calidad del ambiente de trabajo y una merma de la capacidad transpiradora de las estructuras foliares de la vegetación circundante. Para paliar los posibles efectos negativos, el promotor realizará una humectación periódica de las pistas de trabajo y el transporte de excedentes de obra se llevará a cabo en camiones cubiertos con lonas. En la fase de explotación no se producirá ningún tipo de emisión a la atmósfera, salvo perforación accidental de la tubería.

La contaminación acústica se producirá durante las obras, cuando se utilice la maquinaria pesada para las labores de excavación y perforación, en ningún caso en horario nocturno.

Geología y geomorfología: Las afecciones sobre el suelo se producirán en fase de obra, consecuencia de las operaciones de apertura de pista y aquellas que impliquen circulación de maquinaria, provocando su compactación. Para minimizar los posibles efectos negativos, el promotor retirará el material acopiado al borde de la pista de trabajo, de forma que se evite su compactación. En caso de permanecer almacenado en tongadas durante un periodo superior a tres meses, se realizará una siembra de leguminosas (Trifolium sp) y un primer riego. Asimismo, el promotor se compromete a realizar operaciones de enriquecimiento de los acopios mediante aporte de abono mineral de tipo N-P-K. Una vez finalizadas las obras, el promotor propone la ejecución de un laboreo de descompactación mecánica que, dependiendo de las características del suelo y la maquinaria empleada durante las obras, podrá ser de tipo profundo o superficial. Los excedentes de obra se transportarán a vertederos autorizados y controlados y, en ningún caso, se arrojarán en dirección a las vertientes con el fin de evitar el origen de taludes de mayor tamaño del necesario y proteger la cubierta vegetal, las aguas superficiales y subterráneas.

Hidrología: En la fase de obras, se podrán generar fuertes alteraciones de la calidad de las aguas causadas, entre otros factores, por el incremento de sólidos en suspensión, eventuales procesos contaminantes y alteraciones topográficas del cauce, que podrían incidir sobre las características hidrodinámicas del mismo. Por todo ello, el promotor adopta una serie de garantías complementarias para realizar el cruce con los cursos de agua. Primeramente, se han seleccionado para el cruce aquellas zonas con menor calidad fitosanitaria y estructural. De forma previa a las obras, se llevará a cabo una inspección de la zona por parte de la asistencia técnica ambiental, con el objeto de corroborar la ausencia de especies animales sensibles. Si el cruce se realiza a cielo abierto, mediante ataguías, como es el caso de los cruces con los ríos Te, Coroño, Lérez y Pedras, se realizará en momentos en que no exista escorrentía, en el caso de los cauces estacionales, o bien, en el caso de los cauces permanentes, se actuará por mitades, dejando circular la escorrentía en todo momento. En cualquier caso, se aprovecharán los meses de julio a septiembre para ejecutar estos trabajos. Para disminuir el arrastre de sedimentos, el promotor instalará estructuras de retención perpendiculares al flujo (geotextiles), que permanecerán instaladas durante la ejecución de la obra. Una vez finalizada la instalación de la tubería, y con anterioridad a la retirada de las ataguías, se realizará una escrupulosa limpieza de la zona afectada. En los cursos hídricos y sus márgenes se rellenarán las zanjas primero con piedra ligera, a continuación con piedra más gruesa y, por último, los 0,5 m más próximos a la superficie, se rellenarán con el mismo material que había sido extraído. Se dejarán los taludes tal y como se encontraban en un principio y protegidos para evitar erosiones. El promotor elaborará una representación detallada del perfil y las características del lecho, de forma que al finalizar las obras sea posible su restitución con idénticas formas y composición En ningún caso circularán personas y vehículos sobre los cauces. En el caso de los cruces con el río Ulla y la ría de Arosa, la técnica seleccionada es la perforación dirigida, por lo que no se producirán afecciones sobre los cauces.

Por otro lado, se instalarán redes de drenaje estancas que viertan en aquellas zonas o puntos de canalización de aguas residuales, para el tratamiento de las aguas de algún proceso de obra o mantenimiento (lavados de áridos, limpieza de maquinaria e instalaciones, etcétera). Asimismo, para el mantenimiento de la maquinaria empleada en las obras, se dispondrá de instalaciones adecuadas y convenientemente instaladas, alejadas de zonas húmedas y cauces; no se realizarán cambios o reposiciones de fluidos dentro de la zona de trabajo y todos los subproductos y residuos serán retirados por un gestor autorizado.

Red Natura 2000, espacios protegidos y hábitats de interés comunitario: en la zona de actuación, como se ha comentado anteriormente, se localiza el LIC ES11400011 Sistema Fluvial Ulla-Deza, espacio protegido que será cruzado por el gasoducto. El promotor, para eliminar los posibles efectos sobre este espacio Red Natura 2000, propone el cruce mediante perforación dirigida, ubicando los pozos de ataque y recepción fuera de los límites del LIC. De este modo, la vegetación, fauna y hábitats de interés comunitario localizados en este entorno, no se verán afectados en ningún caso por las obras. Por otro lado, los cruces con los ríos Coroño, Lérez y Pedras, sí afectan al hábitat de interés comunitario prioritario 91E0* Senecio bayonnensis-Alnetum glutinosae, por ello, el promotor propone una pista de trabajo de la menor anchura posible, que en ningún caso superará los 14 m, y la revegetación de la zona afectada con especies propias de las formaciones de ribera presentes como Alnus glutinosa, Salix atrocinerea, Rubus ulmifolius y Thypa sp.

Vegetación: Las zonas que presentan vegetación con relevancia ambiental quedan restringidas a los puntos de cruce con los diversos cursos de agua, zonas de matorral y algunos sectores de pinos. En el caso del río Ulla, como ya se ha indicado, el cruce se realizará mediante perforación dirigida, técnica que no afecta a la vegetación presente en la ribera. En la mayor parte del trazado, se desbrozará la vegetación presente en la pista de trabajo, a excepción de aquellos pies de porte arbóreo que puedan ser evitados en el trazado definitivo. Todos los residuos vegetales generados serán triturados y repartidos sobre la pista de trabajo o junto a las zonas de acopio, de forma que puedan ser redistribuidos conjuntamente, mejorando el aporte orgánico al suelo. En ningún caso, se quemarán los residuos vegetales. Tras la ejecución de las obras, se procederá a la revegetación de la pista de trabajo y las instalaciones auxiliares con plantas autóctonas; por ello, las zonas repobladas con pino (Pinus pinaster) y eucalipto (Eucaliptus globulus), no serán revegetadas con estas especies. En las zonas de ribera, las especies contempladas para la revegetación son Alnus glutinosa, Salix atrocinerea, Rubus ulmifolius y Thypa sp. En el caso de las formaciones de tojal-brezal, las revegetaciones se realizarán con Ulex minor, Ulex europaeus, Erica cinerea y Daboecia cantabrica. Finalmente, en las zonas de arbolado mixto, las especies contempladas son Fraxinus angustifolia, Quercus robur y Erica cinerea.

Por otro lado, el promotor ha desarrollado un plan de prevención de incendios forestales con el objeto de controlar y evitar las causas que puedan dar lugar a la producción de un incendio durante los trabajos y, asimismo, definir las normas de actuación si se llegara a producir.

Fauna: En la zona de obra no se han localizado nidos o madrigueras de especies sensibles, en cualquier caso, el promotor se compromete a realizar una prospección tras el replanteo, con objeto de localizar nidos o madrigueras de especies faunísticas, adoptando en todo caso aquellas medidas protectoras que permitan evitar su posible afección. En ningún caso se realizarán voladuras, debiendo utilizarse solo en aquellos casos imprescindibles ante roquedos de alta competencia. Asimismo, tras las obras, se procederá a la recogida de todos los residuos generados, incluyendo los restos fungibles consumidos en las operaciones de soldadura. Durante la fase de explotación, el gasoducto no tendrá ningún tipo de interacción con la fauna, ya que se trata de una infraestructura enterrada.

Paisaje: El promotor se compromete a realizar una restitución topográfica cuidadosa, reproduciendo con la mayor fidelidad posible el relieve preexistente. Asimismo, se evitarán contrastes cromáticos y volumétricos acusados que puedan resultar de la ejecución de alguna de las acciones del proyecto, por lo que se evitarán formas rectilíneas, siempre que sea posible, generándose estructuras superficiales irregulares, empleando materiales locales. Se repondrán en su totalidad los setos, lindes, mojones o cualquier otro elemento, funcional u ornamental, que haya decidido retirarse.

Patrimonio cultural: el promotor ha realizado una prospección arqueológica en la zona de afección con objeto de identificar todos los elementos patrimoniales que se podrían ver afectados por el proyecto. Se han localizado un total de 42 elementos, 22 yacimientos arqueológicos, 20 monumentos arquitectónicos, un área de riesgo arqueológico y el Camiño Real, en A Pobra do Caramiñal, que será cruzado por el gasoducto. Las medidas propuestas por el promotor, para paliar los posibles efectos negativos, contemplan la inclusión de los bienes culturales afectados en los planos del proyecto, así como sus áreas de protección, recogidas en las normativas municipales. Durante la ejecución de las obras, un arqueólogo a pie de obra vigilará las labores de remoción de tierras. Por otro lado, en la necrópolis megalítica de Ventín, se mantendrá el balizamiento y se sondeará arqueológicamente en su entorno sur. En el caso del Camiño Real, se realizará un sondeo arqueológico de forma previa a las obras y será repuesto a su estado original una vez finalizadas. Los Muíños de Batán, grupo de molinos que será fraccionado por el trazado del gasoducto, ya que corta el canal de derivación que los une, precisará, además de la reposición al estado original tras las obras, de un plan de conservación y restauración que se coordinará con los dueños.

c. Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas correctoras que a continuación se detallan:

Impactos ambientales

Medidas correctoras

Ruido y calidad atmosférica

Aumento de partículas en suspensión.

Humectación periódica de las pistas de trabajo.
Protección de los camiones para el transporte de excedentes con lonas.

Ruido.

No se trabajará en horario nocturno

Geología y geomorfología

Pérdida de suelo y alteración de su estructura.

Se retirará el material acopiado al borde de la pista.
Si permanece almacenado más de tres meses se enriquecerá
mediante abonado N-P-K y la siembra de leguminosas.
Se realizará un laboreo tras las obras.
Los excedentes se trasladarán a vertedero autorizado.

Hidrología

Alteración de la calidad físico-química del agua.

Alteración del régimen de caudales.

Los cruces se ejecutarán en aquellas zonas con menor calidad fitosanitaria,
en época de estiaje, con geotextiles para evitar el arrastre de materiales, finalizando
con una escrupulosa limpieza del cauce y restituyendo el perfil a su estado original.
En el caso del río Ulla y la ría de Arosa se cruzará mediante perforación dirigida.

Red Natura 2000, espacios protegidos y hábitats de interés comunitario

Degradación de sus valores naturales.

El LIC «Sistema Fluvial Ulla-Deza» se cruzará mediante perforación dirigida.
Se reducirá, cuando sea posible, el ancho de pista en los cruces con hábitats
de interés comunitario y se revegetará la zona.

Vegetación

Eliminación directa de la vegetación.

Se evitará la corta de aquellos pies arbóreos que se encuentren en la pista de trabajo.
Se revegetarán aquellas zonas desbrozadas que presenten formaciones vegetales como el tojal-brezal, arbolado mixto o vegetación de ribera.

Fauna

Destrucción y alteración de hábitats faunísticos.
Molestias por ruido y polvo.

Prospección faunística tras el replanteo.

En ningún caso se realizarán voladuras, salvo existencia de roquedos de alta compacidad.

Paisaje

Pérdida de calidad visual.

Restitución topográfica cuidadosa, reproduciendo con la mayor fidelidad el relieve preexistente.
Se evitarán los contrastes cromáticos y volumétricos.

Patrimonio cultural

Afección a yacimientos
no detectados.

Arqueólogo a pie de obra.

Afección a elementos patrimoniales detectados.

Se balizará la Necrópolis Megalítica de Ventín.
Se repondrá a su estado original el Camiño Real.
Os Muíños do Batán serán repuestos a su estado original y se realizará un plan de conservación y restauración.

5. Condiciones al proyecto.

Para la realización del proyecto, el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental y en el plan de vigilancia ambiental, así como las siguientes condiciones.

5.1 Geología y geomorfología: Se cruzará mediante perforación dirigida el río Ulla y la ría de Arosa.

Si no fuera posible, por motivos técnicos, realizar alguna de estas perforaciones dirigidas, con anterioridad a la ejecución del cruce, el promotor deberá presentar en la DGCyEA del MARM la siguiente documentación para su aprobación:

Estudio geotécnico que demuestre la imposibilidad de efectuar el cruce con perforación dirigida.

Alternativa a adoptar que especifique el trazado propuesto, la técnica de cruce y un estudio que contemple medidas protectoras detalladas que aseguren que no se producirá un impacto apreciable sobre la Red Natura 2000, o, en caso de producirse, que incluya las medidas compensatorias que establece el artículo 45.5 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. El comentado estudio deberá disponer de informe favorable de la Xunta de Galicia.

Se realizará una propuesta de canteras y vertederos autorizados que será aprobada por el organismo competente de la Xunta de Galicia.

Durante la ejecución de las obras solo se podrá circular por la pista de trabajo y los caminos existentes.

5.2 Hidrología: Será de obligado cumplimiento la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, concretamente los artículos 26 y 74.

Los cruces con los diferentes cursos de agua realizados a cielo abierto, por el método de ataguías, se programarán en los meses de estiaje, de julio a septiembre, garantizando el caudal ambiental y permitiendo la libre circulación de la fauna asociada, en caso que se detecte su presencia, siempre en coordinación con Aguas de Galicia. Del mismo modo, se respetará, en todo momento, el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

En ningún caso circularán personas y vehículos sobre los cauces.

Tras la finalización de los trabajos de instalación de la conducción, se restituirá la morfología original de los cauces y los materiales presentes en los mismos. En los casos en que sea necesario proteger las márgenes o el lecho contra la erosión se emplearan técnicas de biongeniería.

5.3 Red Natura 2000, espacios protegidos y hábitats de interés comunitario: Los límites de la Red Natura 2000 y los hábitats de interés comunitario serán balizados antes del comienzo de las operaciones necesarias para ejecutar la perforación.

Se cruzará mediante perforación dirigida toda la zona designada como LIC ES11400011 Sistema Fluvial Ulla-Deza, situándose en todo caso la maquinaria y la zona de ocupación necesaria para ejecutar la perforación fuera de los límites del espacio protegido.

5.4 Vegetación y fauna: De forma previa a la entrada de la maquinaria, se efectuará un inventario para detectar especies de flora protegidas, debiendo adoptarse las medidas necesarias para evitar la afección a las mismas, entre las que se encuentra la realización de pequeñas variaciones de trazado y/o de la pista. Si no fuera posible la aplicación de estas medidas, se transplantarán los ejemplares localizados en coordinación con el organismo competente de la Xunta de Galicia.

La elección final de las especies a emplear en las revegetaciones tendrá en cuenta las restricciones fijadas en el Catálogo de especies invasoras elaborado por la Consejería de Medio Rural de la Xunta de Galicia. Asimismo, de forma previa a su ejecución, la propuesta de especies precisará de informe favorable del organismo competente de la comunidad autónoma.

5.5 Fauna: De forma previa a la ejecución de los trabajos, se presentará un proyecto acerca del control y seguimiento a realizar durante las fases de replanteo, ejecución de la obra y restitución de los terrenos.

Asimismo, se comprobará la posible presencia de especies sensibles de fauna un mes antes de las obras. En caso de detectarse la presencia de alguna especie, se comunicará al organismo competente de la Xunta de Galicia y, de acuerdo con dicho organismo, se adoptará un calendario de ejecución de las obras que no coincida con la época de reproducción y cría.

Se revisará la zanja de trabajo todos los días antes de comenzar las obras, de modo que si ha quedado atrapado algún animal pueda ser liberado.

La instalación de la conducción se efectuará de forma que se avance y cierre por tramos, asegurando que se minimiza el número de frentes de trabajo.

En caso de ser necesaria la realización de voladuras para la apertura de zanja será necesaria la autorización del organismo competente de la Xunta de Galicia.

Se establecerán las medidas protectoras y correctoras necesarias durante la instalación y explotación de las líneas eléctricas auxiliares en las posiciones proyectadas, siempre en coordinación con el organismo competente de la Xunta de Galicia y con acuerdo al Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas de protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

5.6 Socioeconomía y patrimonio cultural:

5.6.1 Afecciones a la socioeconomía: La ría de Arosa será cruzada mediante perforación dirigida de forma que no se menoscaben, en ningún momento, sus valores ambientales y socioeconómicos, en especial los relacionados con la actividad marisquera del lugar.

5.6.2 Afecciones al patrimonio cultural: Se realizará un sondeo arqueológico en el entorno de protección del elemento arqueológico Necrópoli Megalítica de Ventín. De forma previa, se deberá presentar un proyecto firmado por un técnico competente, que será autorizado por la Consejería de Cultura y Turismo de la Xunta de Galicia.

En caso de detectarse cualquier tipo de evidencia arqueológica, se paralizarán las obras y la Consejería de Cultura y Turismo de la Xunta de Galicia será informada con la finalidad de establecer las medidas protectoras y correctoras necesarias.

Se informará a la Consejería de Cultura y Turismo de la Xunta de Galicia, acerca de la localización de todos los elementos auxiliares a la obra, como es el caso de los vertederos y los parques de maquinaria, excluyendo en todo momento las zonas de protección de los elementos patrimoniales. Del mismo modo, se informará de cualquier modificación del proyecto con la mayor brevedad posible.

5.6.3 Publicidad de la declaración de impacto ambiental: El promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el «BOE» en el que se publica la DIA.

5.7 Especificaciones para el seguimiento ambiental:

5.7.1 Ejecución: Se ejecutará el Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) descrito en el EsIA, en el que se detallan todas las especificaciones necesarias para el seguimiento de las obras, así como todas las incidencias que sucedan durante el desarrollo del proyecto.

Se anexará al equipo de Dirección de Obra la figura de Asistente Técnico Ambiental (ATA), que se encargará de dirigir y ejecutar el plan de vigilancia ambiental.

En una primera fase, se procederá a la construcción y puesta en marcha del gasoducto y ejecución del proyecto de restauración ambiental.

Entre las acciones necesarias para ejecutar el PVA destacan:

Monitorización de las labores constructivas a través del control de los recursos edáficos, hidrológicos, fitológicos, faunísticos, paisajísticos y socioeconómicos. Asimismo, se comprobará la correcta aplicación de las medidas establecidas en el procedimiento de seguridad contra incendios.

Se realizará un continuo asesoramiento a la Dirección de Obra.

Una vez finalizadas las labores constructivas, se supervisará el cumplimiento del proyecto de restauración ambiental.

Se contará con un ATA en cada frente de trabajo y se realizarán visitas semanales a las Delegaciones Provinciales de Medio Ambiente. Asimismo, se realizarán informes semanales.

5.7.2 Explotación: El plan de vigilancia ambiental (PVA), tras la ejecución del plan de restauración ambiental, tendrá una fase de seguimiento cuya duración será establecida por el organismo competente de la Xunta de Galicia. Durante esta fase se emitirá, al menos, un informe anual y se comunicará al organismo competente las complicaciones que puedan surgir, planteando así las medidas protectoras y correctoras necesarias y adicionales a las recogidas en esta resolución.

Cuando se presenten circunstancias o sucesos excepcionales que impliquen deterioros ambientales o situaciones de riesgo, tanto en la fase de construcción como en la de funcionamiento, se emitirá un informe especial, sin perjuicio de la comunicación inmediata, que en su caso proceda, a lo órganos competentes autonómicos.

Los informes generados durante el PVA, incluída su fase de seguimiento, se remitirán al órgano competente de la Xunta de Galicia, al órgano sustantivo, la DG de Política Energética y Minas del MITyC, y se mantendrá a disposición de la DGCyEA del MARM, que podrá solicitarlos si lo estimara necesario. Del examen de esta documentación por la DGCyEA, podrán derivarse modificaciones de las actuaciones previstas en el alcance y frecuencia de muestreos del PVA para una mejor consecución de los objetivos de la presente declaración de impacto ambiental.

Conclusión. En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la propuesta de resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Gasoducto de transporte básico a la comarca del Barbanza (Galicia), concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa B y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General de Política Energética y Minas para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 4 de abril de 2011.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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