De conformidad con la propuesta elevada por la Secretaría General de Medio Rural, relativa a la solicitud de reconocimiento como Organización Interprofesional Agroalimentaria, conforme a lo dispuesto en la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, reuniendo todos los requisitos establecidos en la vigente normativa y habiéndose informado favorablemente por el Consejo General de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias en su reunión del día 9 de marzo de 2011, acuerdo:
Reconocer como Organización Interprofesional Agroalimentaria a la Organización Interprofesional del Pez Espada, INTERESPADA, que se inscribirá por la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios en el Registro de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias.
La presente orden pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Contra la misma podrá recurrirse, potestativamente, en reposición, ante la Sra. Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, computado del mismo modo. En ningún caso podrán simultanearse ambas vías de recurso.
Madrid, 8 de abril de 2011.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Rosa Aguilar Rivero.
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