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Documento BOE-A-2011-7057

Resolución de 30 de marzo de 2011, de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se nombra Profesor Titular de Universidad a don Sergio Alejandro Berumen Arellano.

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 20 de abril de 2011, páginas 40363 a 40363 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2011-7057

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nombrada para juzgar la plaza de Profesor Titular de Universidad –27/TU/143–, del área de conocimiento de «Economía Aplicada», perfil: Economía Española y Mundial», convocada por Resolución de esta Universidad de 24 de noviembre de 2011 («BOE» de 6 de diciembre), y presentada por el interesado la documentación a que hace referencia la base 10 de la convocatoria,

Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades («BOE» de 24 de diciembre), según nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril («BOE» de 13 de abril), y demás disposiciones concordantes, ha resuelto:

Nombrar a don Sergio Alejandro Berumen Arellano, con DNI número X-1.659.418-Z, Profesor Titular de Universidad, del área de conocimiento de «Economía Aplicada», perfil: «Economía Española y Mundial», adscrita al Departamento de Economía Aplicada I de esta Universidad. El interesado deberá tomar posesión en el plazo máximo de veinte días a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto en el «Boletín Oficial del Estado». Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Móstoles, 30 de marzo de 2011.–El Rector, Pedro González-Trevijano Sánchez.

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