Visto el expediente de indulto de don Arif Butt Muhammad, condenado por el Juzgado de lo Penal número 7 de Barcelona, en sentencia de 25 de mayo de 2007, como autor de un delito contra la propiedad intelectual, a la pena de seis meses de prisión y doce meses de multa con una cuota diaria de cinco euros, por hechos cometidos en el año 2004 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de abril de 2011,
Vengo en conmutar a don Arif Butt Muhammad las penas privativa de libertad y de multa pendientes de cumplimiento por otra de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 1 de abril de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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