Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 28 de marzo de 2011.–El Secretario de Estado de Cooperación Territorial, Gaspar Carlos Zarrías Arévalo.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid en su reunión celebrada el día 25 de marzo de 2011 ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con el artículo 12.1, por el que se adiciona un último párrafo al apartado 1 del artículo 23 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid; con el artículo 12.6 por el que se da nueva redacción al apartado 3 bis del artículo 91 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid; a la Disposición Transitoria Tercera, apdo. 1; y a los Incisos del Anexo de la ley 9/2010, de 23 de diciembre, relativos a la supresión del Consejo de Salud de la Comunidad de Madrid y de los Consejos de Salud de las Áreas Sanitarias de la Ley de la Comunidad de Madrid 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público de la Comunidad de Madrid.
2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 30 de marzo de 2011, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
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