El Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, establece en su artículo 11.1 que las cartas de servicios serán aprobadas por Resolución del Subsecretario del Departamento al que pertenezca o esté adscrito el organismo proponente.
Visto el proyecto de carta de servicios del Centro de Información de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y, de acuerdo con el informe favorable emitido por la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios, resuelvo:
Aprobar la carta de servicios del Centro de Información de la AECID que estará disponible en la Oficina de Información Administrativa del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, en las Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, en el Centro de Información y en todas aquellas dependencias o servicios de la AECID que se estimen pertinentes, así como en su sede electrónica, a la que se puede acceder en la siguiente dirección: https://www.aecid.gob.es/sede_electronica/es.
Madrid, 24 de marzo de 2011.–El Subsecretario de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Antonio López Martínez.
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