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Documento BOE-A-2011-8764

Resolución de 27 de abril de 2011, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica la adjudicación de beca de formación para titulados superiores universitarios en Derecho, Ciencias Políticas o Administración Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2011, páginas 50405 a 50405 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Administración Pública
Referencia:
BOE-A-2011-8764

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 2 de febrero de 2011 («BOE» n.º 55, de 5 de marzo de 2011), fue convocada una beca de formación para titulados superiores universitarios en Derecho, Ciencias Políticas o Administración Pública.

Reunida la Comisión de Valoración el 12 de abril de 2011, de acuerdo con lo establecido en el punto undécimo de la convocatoria, se examinaron las solicitudes presentadas, se evaluaron los méritos de los solicitantes y se elevó a esta Dirección la propuesta definitiva de adjudicatario de la beca, cuya cuantía es de 1.300,00 euros mensuales que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 25.104.921O.480, del Instituto Nacional de Administración Pública para el ejercicio 2011.

En consecuencia, y de acuerdo con el punto duodécimo.2 de la convocatoria, a propuesta de la Comisión de Valoración, he resuelto conceder la beca referida al solicitante que se relaciona a continuación, figurando también en dicha relación los suplentes para el caso de que se produzcan renuncias, bajas o revocaciones:

Titular: D. Jesús Iván Mora González, NIF: 03898974Z.

Suplentes:

1. D.ª Sonia Racionero Valencia. NIF: 32703633W.

2. D. José Luis Sola Martín, NIF. 74359809G.

3. D.ª Olga M.ª Cerqueira Torres. NIF: 02584936N.

4. D.ª Ana M.ª Méndez Lario. NIF: 2356742Q.

5. D.ª Désirée Pizzamiglio Prieto. NIF: 33521006R.

6. D.ª Olalla Flores Fernández. NIF: 44835181Q.

7. D.ª M.ª Carmen Bañuelos Madera. NIF: 11789456R.

8. D. Alessio Parente. Pasaporte: AS2347961.

9. D. Ignacio Eduardo Guillén Navarro. NIF: 72991942Q.

La Resolución de concesión de las becas, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 27 de abril de 2011.–El Director del Instituto Nacional de Administración Pública, Ángel Manuel Moreno Molina.

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