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Documento BOE-A-2011-8768

Resolución de 4 de mayo de 2011, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan ayudas para realizar estudios de Máster dentro del programa oficial de postgrado del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2011, páginas 50411 a 50414 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2011-8768

TEXTO ORIGINAL

El CSIC ha resuelto convocar 30 becas para ayudar a los estudios y favorecer la movilidad de los postgraduados que se matriculen en los estudios oficiales de Máster del programa de postgrado del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) dentro de las actividades contempladas en el Acuerdo Marco suscrito entre ambas instituciones.

1. Objeto de la convocatoria.–La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de 30 becas en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, para la realización de estudios de Máster del programa oficial de postgrado del CSIC y la UIMP. Los títulos oficiales de Másters a los que se asignan las citadas becas se relacionan en el anexo.

2. Dotación económica y financiación.

2.1 Las becas para sufragar gastos de matrícula del Máster tendrán una dotación de 1.300 euros cada una.

2.2 La cuantía de las becas destinadas a gastos de matrícula del Máster será abonada al beneficiario en el mes de octubre de 2011.

3. Requisitos de los solicitantes.–En la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud, los candidatos a ayudas para gastos de matrícula deberán:

a) Acreditar su preinscripción en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en uno de los Másters del Programa Oficial de Postgrado CSIC-UIMP, que aparecen listados en el anexo. Para ello los candidatos aportarán copia cotejada de dicha preinscripción.

Además, los extranjeros no comunitarios deberán estar en posesión o en disposición de obtener, antes del inicio del Máster, el permiso de residencia o visado de estudios.

4. Plazo y presentación de solicitudes.–El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación en el «BOE», de esta resolución, hasta el 24 de junio de 2011.

Los candidatos podrán optar a una única solicitud de ayuda entre las relacionadas en el anexo.

La solicitud se hará únicamente por vía telemática utilizando los medios disponibles en los servidores de información del CSIC, www.csic.es (CSIC-UIMP).

En la solicitud telemática se hará constar el nombre y dirección profesional (postal y electrónica) de un profesor universitario, Investigador del CSIC o de organismos públicos de investigación o responsable de empresas que pueda aportar referencias del solicitante.

Asimismo, por vía telemática, deberán aportarse los siguientes documentos según modelos que podrán descargarse en la dirección www.csic.es:

a) Currículum vítae del solicitante.

b) Impreso de declaración de la nota media de los estudios universitarios cursados, en el caso de que la nota media, en el baremo del 1-4, no figure en la certificación académica personal.

Los solicitantes deberán imprimir la solicitud generada en la aplicación telemática y presentarla firmada.

En el Registro General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (calle Serrano,  117, 28006 Madrid). También se podrá remitir por correo certificado o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Junto con:

a) Documento acreditativo de identidad (fotocopia del DNI, NIE o pasaporte).

b) Certificación académica personal completa y acreditativa de los correspondientes estudios, en original o fotocopia compulsada por cualquier autoridad competente. En la certificación académica deberá constar la fecha en que se han finalizado los estudios, las materias que constituyen el programa completo de la titulación correspondiente, las calificaciones de los créditos o asignaturas superadas, las fechas de obtención de las mismas y la calificación media final adaptada al baremo de 1 a 4.

En el caso de estudios realizados parcial o totalmente en el extranjero, la certificación informará de las calificaciones máxima y mínima dentro del sistema de evaluación correspondiente y la calificación mínima necesaria para aprobar. Cuando la certificación esté extendida en idioma distinto al español o al inglés deberá acompañarse de la correspondiente traducción jurada (en español o en inglés). En los casos en que el certificado de estudios no indique la nota media en el baremo 1 a 4 se adjuntará obligatoriamente el impreso de declaración de nota media según modelo que estará disponible junto con el impreso de solicitud, en la dirección www.csic.es.

5. Subsanación de solicitudes.–Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se hará pública en la página web del CSIC, la lista provisional de admitidos y excluidos al proceso de selección con indicación en cada caso de los motivos de exclusión. Los solicitantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de dicha lista, para subsanación de los motivos de exclusión. Posteriormente, se hará pública en la página web del CSIC, la lista definitiva de solicitantes admitidos y excluidos al proceso de selección.

6. Condiciones de disfrute.–Los beneficiarios de estas becas estarán obligados a seguir con aprovechamiento el programa del Máster en su totalidad, cursando los Módulos y asignaturas de que consta y realizando todas sus pruebas y evaluaciones.

Las becas de la presente convocatoria son incompatibles con las ayudas predoctorales de los Programas JAE Predoctoral, FPU y FPI.

7. Evaluación y selección de candidatos.

7.1 La selección de los candidatos será realizada por una Comisión formada por los miembros del CSIC que ostenten la titularidad de la Vicepresidencia de Investigación Científica y Técnica, o persona en quien delegue, la Dirección y un Titulado Superior del Departamento de Postgrado y Especialización y los Directores de los Másters listados en el anexo. Los Directores de los Másters presentarán a esta Comisión una propuesta de selección para becas de matrícula, ordenada de mayor a menor puntuación, de los candidatos de cada uno de los Másters de acuerdo a sus méritos, según los baremos establecidos.

7.2 Para la selección se valorarán los apartados que se enumeran a continuación:

a) Los méritos académicos, científicos y profesionales del solicitante (hasta 8 puntos).

b) Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para poder ser beneficiario de una beca.

7.3 Finalizado el proceso selectivo, la Comisión hará una propuesta de acuerdo a las puntuaciones obtenidas, conteniendo la relación de candidatos a los que se deba conceder las ayudas, así como una relación de suplentes.

7.4 La concesión de las ayudas se hará mediante resolución del Presidente del CSIC y será notificada a los beneficiarios.

7.5 La resolución especificará los candidatos titulares a los que se les concede la beca y, los que en lista ordenada de acuerdo con los resultados de la selección, se consideran suplentes.

7.6 La resolución que acuerde o deniegue la concesión de la beca indicará y especificará el recurso que contra la misma proceda y el órgano ante el que habrá de interponerse.

8. Obligaciones de los becarios e incumplimiento.

8.1 Aceptar las condiciones fijadas en la presente convocatoria.

8.2 Facilitar cuanta información sea requerida por la Intervención General de la Administración del Estado y por el Tribunal de Cuentas.

8.3 La ayuda podrá ser revocada en caso de inasistencia reiterada a las clases y actividades del programa del Máster o en caso de bajo rendimiento del alumno en las evaluaciones de los módulos que lo componen.

La constatación del incumplimiento de los requisitos necesarios o de las obligaciones asumidas como consecuencia de la concesión de la beca, podrá dar lugar a la extinción del derecho a su disfrute o a la modificación de la resolución de concesión, al reintegro de las cantidades percibidas en su caso, a la incoación del correspondiente expediente sancionador, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General Subvenciones, así como a cuantas responsabilidades de todo orden pudieran derivarse.

Procederá el reintegro de las cantidades percibidas en concepto de beca y la exigencia del interés de demora desde el momento del abono, en la cuantía fijada por el artículo 38 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 37 de dicho texto legal.

9. Régimen jurídico.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Real Decreto 1393/2007, del 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

El Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se aprueba su Estatuto, así como cuantas otras normas vigentes resulten de aplicación.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del CSIC, que podrá interponerse en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, 4 de mayo de 2011.–El Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Rafael Rodrigo Montero.

ANEXO
Distribución de becas del CSIC para cursar estudios de Máster del Programa Oficial de Postgrado CSIC-UIMP

Máster en Energías Renovables, Pilas de Combustible e Hidrógeno

Cinco becas de matrícula (1.300 euros).

Máster de Alta Especialización en Plásticos y Caucho

Cinco becas de matrícula (1.300 euros).

Máster en Cambio Global

Cinco becas de matrícula (1.300 euros).

Máster en Biodiversidad en Áreas Tropicales y Gestión de su Conservación

Cinco becas de matrícula (1.300 euros).

Máster en Estudios Fónicos (Fonética y Fonología)

Cinco becas de matrícula (1.300 euros).

Máster en Cristalografía y Cristalización

Cinco becas de matrícula (1.300 euros).

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