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Documento BOE-A-2011-883

Acuerdo de 29 de diciembre de 2010, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, relativo a la modificación de las normas de reparto entre las Secciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 17 de enero de 2011, páginas 5521 a 5522 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2011-883

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 29 de diciembre de 2010, acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en su reunión del día 12 de noviembre de 2010, relativo a la modificación de las normas de reparto entre las Secciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del mencionado Tribunal Superior, del siguiente tenor literal:

«Sección Primera

Personal.

Defensa.

Extranjería.

Derecho electoral.

Asistencia social.

Concentración parcelaria.

Educación, salvo lo que por razón de la materia principal corresponda a otras Secciones.

Sanciones, salvo que por razón de la materia corresponda a otras Secciones.

Subvenciones en materias propias.

Derechos fundamentales en materias propias.

Todas aquellas materias que no estén específicamente asignadas a las Secciones Segunda, Tercera y Cuarta.

La Sección Segunda

Urbanismo.

Colegios Profesionales.

Administración Laboral y Seguridad Social.

Carreteras.

Montes.

Puertos.

Aguas.

Costas.

Agricultura.

Caza.

Pesca, marítima y fluvial.

Medio ambiente, incluido el impacto ambiental.

Patrimonio Cultural.

Farmacias.

Contratación administrativa, en todos sus extremos.

Sanciones de Tráfico.

Transporte, incluido el escolar.

Armas de fuego.

Comunicaciones.

Administración Local.

Subvenciones en materias propias.

Derechos fundamentales en materias propias.

Sanciones en materias propias.

Sección Tercera

Expropiación forzosa.

Minas.

Propiedad intelectual.

Industria e innovación tecnológica.

Subvenciones en materias propias.

Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas.

Derechos fundamentales en materias propias.

Sección Cuarta.

Tributos.

Catastro inmobiliario.

Derechos fundamentales en materias propias.

Los asuntos actualmente en trámite en cada una de las Secciones continuarán sustanciándose ante ellas en todos sus trámites, hasta su archivo..

Las presentes normas entrarán en vigor el 1 de enero de 2011, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.».

Madrid, 29 de diciembre de 2010.—El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, José Carlos Dívar Blanco.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 29/12/2010
  • Fecha de publicación: 17/01/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2011
Materias
  • Administración de Justicia
  • Galicia
  • Reparto de asuntos
  • Tribunales Superiores de Justicia

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