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Documento BOE-A-2011-897

Resolución de 3 de enero de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Addenda al Protocolo por el que se prorroga el Convenio de colaboración con la Junta de Andalucía para el desarrollo de un plan piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 17 de enero de 2011, páginas 5555 a 5556 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-897

TEXTO ORIGINAL

Suscrita la Addenda al Protocolo firmado el día 12 de diciembre de 2009 por el que se prorroga el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Junta de Andalucía para el desarrollo de un plan piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante y su anexo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada Addenda, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 3 de enero de 2011.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo e Inmigración, José Antonio Panizo Robles.

ANEXO

Addenda al protocolo firmado el día 12 de diciembre de 2009 por el que se prorroga el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Junta de Andalucía para el desarrollo de un Plan Piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante y su anexo

Madrid, 26 de noviembre de 2010.

REUNIDOS

De una parte, Doña D.ª Anna Terrón i Cusí, como Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración nombrada por Real Decreto 230/2010 de 26 de febrero (BOE n.º 51 del 27 de febrero de 2010), en nombre y representación de la Administración General del Estado, Ministerio de Trabajo e Inmigración, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.6 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, en el artículo 5 del Real Decreto 1129/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

De otra parte, D. Manuel Recio Menéndez, Consejero de Empleo de la Junta de Andalucía, en nombre y representación del citado Organismo, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 21/2010 de 22 de marzo, y en ejercicio de las competencias que le atribuye el art. 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

EXPONEN

Con fecha 11 de diciembre de 2008, el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Comunidad Autónoma de Andalucía suscribieron un Convenio para el desarrollo de un Plan Piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante, durante 2009. Las actuaciones objeto de dicho Convenio se encuentran cubiertas por los principios y finalidades del Fondo Europeo para la Integración de nacionales de terceros países (FEI). El presupuesto aportado por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración está cofinanciado por el mencionado Fondo.

Con fecha 12 de diciembre de 2009, en virtud de la claúsula novena del citado convenio de colaboración, ambas partes firmaron un Protocolo de prorroga dicho convenio, en el que se establece que el plazo de vigencia finaliza el día 12 de diciembre de 2010.

Dificultades habidas en el primer semestre del año 2010, comunicadas previamente por la Junta de Andalucía al Ministerio de Trabajo e Inmigración para su consideración, como la reestructuración de la Consejería de Empleo, y otras derivadas de la financiación de las entidades que ejecutan las actuaciones comprometidas en el convenio, hicieron que la puesta en marcha de los proyectos del Plan Piloto sufrieran un fuerte retraso respecto a lo previsto inicialmente.

Por todo ello, con el fin de que las actuaciones consigan efectivamente los objetivos pretendidos, ambas partes acuerdan suscribir la presente Addenda al Protocolo de Prórroga del Convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la addenda.–La presente Addenda al Protocolo por el que se prorroga para el año 2009 el Convenio de Colaboración suscrito el 12 de diciembre de 2009 entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Junta de Andalucía tiene por objeto ampliar en cuatro meses el periodo de vigencia establecido en dicho protocolo, de manera que finalice el 12 de abril de 2011, sin que ello suponga variación en lo establecido en el Protocolo de prórroga ni en el coste de las actuaciones contempladas.

Segunda. Justificación del empleo de fondos.–La Junta de Andalucía entregará tras la finalización del periodo de vigencia establecido y antes del 31 de mayo de 2011 la documentación justificativa señalada en la cláusula quinta del convenio de colaboración.

Además, y como consecuencia de la cofinanciación que realiza el Fondo Europeo para la Integración de nacionales de terceros países (FEI), la Junta de Andalucía se compromete, en lo referente a la justificación de los gastos incurridos en la ejecución de las actividades señaladas en la cláusula segunda del Convenio, a respetar la normativa comunitaria y a seguir el procedimiento y los formatos que se especifican en el Manual de justificación de gastos del Fondo Europeo para la Integración, entregado a la Dirección General de Coordianción de Políticas Migratorias tras la firma del Convenio. Igualmente, los justificantes de pago llevarán un código contable que les identifique.

Y para que así conste, las partes intervinientes, en prueba de conformidad con lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben la presente Addenda, en duplicado ejemplar, en el lugar y la fecha indicados.–Por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración (P. D. Orden Ministerial Comunicada de Delegación de firma de 11 de noviembre de 2010), Anna Terrón i Cusí.–Por la Junta de Andalucía, el Consejero de Empleo, Manuel Recio Menéndez.

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