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Documento BOE-A-2012-1013

Resolución de 25 de noviembre de 2011, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Técnicos Auxiliares de Informática.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 23 de enero de 2012, páginas 5587 a 5596 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2012-1013

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Pacto por la Modernización y Mejora del Servicio y de las Condiciones de Trabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Málaga, en los acuerdos de la Comisión negociadora creada al amparo del mismo, y en el Plan de Consolidación de Empleo, conforme a lo establecido en la disposición transitoria cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, así como los Estatutos de esta Universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Técnicos Auxiliares de Informática de la Universidad de Málaga, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Número de plazas convocadas.–Se convocan pruebas selectivas para cubrir 2 plazas de funcionarios/as de la Escala de Técnicos Auxiliares de Informática de esta Universidad, por el sistema de acceso libre.

1.1.1 En el caso de producirse nuevas vacantes en la Universidad correspondientes a la Escala de Técnicos Auxiliares de Informática, las plazas correspondientes a dichas vacantes podrán acumularse a las ofertadas mediante Resolución de la Rectora de esta Universidad, anterior a la realización del ejercicio de la fase de oposición, autorizando la incorporación de esas plazas para ser provistas por las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria.

1.2 Disposiciones aplicables.–A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; los Estatutos de la Universidad de Málaga, el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 Sistema de selección.–El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

1.3.1 En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los méritos y los servicios prestados, con arreglo al baremo que se especifica en el anexo I.

1.3.2 En la fase de oposición los aspirantes deberán realizar el ejercicio que igualmente se indica en el anexo I de esta Resolución.

1.3.3 La puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de concurso se publicará con anterioridad a la celebración del ejercicio.

1.3.4 El ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes del 1 de mayo ni después del 31 de mayo de 2012. La fecha, hora y lugar de celebración del mismo se fijará mediante Resolución del Rectorado de la Universidad de Málaga, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», al aprobar la lista de admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Requisitos generales.–Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea, o nacional de aquellos estados a los que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en tratado de la Unión Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.

b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.

c) Haber superado la prueba de acceso para mayores de 25 años o hallarse en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes o reunir, igualmente al último día de presentación de solicitudes, los requisitos que pueda establecer la legislación vigente si ésta se viera modificada.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. En el caso de nacionales de los demás Estamos miembros de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Modelo de solicitud.–Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente en el Pabellón de Gobierno de la Universidad de Málaga, según modelo que se acompaña como anexo III, que asimismo, se encuentra disponible para su descarga e impresión por triplicado en la página web de esta Universidad (http://www.uma.es).

A la instancia se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad o del pasaporte del interesado.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, de los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.2 Recepción de solicitudes.–La presentación de solicitudes se hará en cualquiera de las sedes del Registro General de esta Universidad, o en las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», exceptuando de dicho cómputo los días que, en su caso, fuesen declarados inhábiles por el Consejo de Gobierno en la Universidad de Málaga. Las solicitudes se dirigirán a la excma. sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Málaga.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

3.3 Acreditación de méritos.–Aquellos aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso deberán acreditar documentalmente los méritos alegados, en el momento de presentación de la solicitud de admisión, adjuntándolos a la misma y en los términos que se especifican en el anexo I. En caso de que la documentación obre en poder de la Universidad de Málaga, deberá hacerse constar tal circunstancia en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», «Apartado a)».

3.4 Adaptaciones.–Los aspirantes con discapacidad y grado reconocido igual o superior al 33%, deberán acreditar documentalmente (mediante certificado expedido por el organismo competente) el porcentaje de discapacidad reconocido e indicar en la instancia, para lo cual se utilizará el recuadro «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», «Apartado b)», las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria.

3.5 Justificación de los derechos de examen.–En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria o, en su caso, el comprobante bancario acreditativo del pago de los derechos y cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, se dará carácter de solicitud al simple abono de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente. La no presentación de solicitud en plazo, aún justificándose el abono de dichos derechos, dará lugar a la exclusión definitiva del solicitante correspondiente.

3.6 Derechos de examen.–Los derechos de examen serán de 21 euros y se ingresarán en UNICAJA cuenta corriente número 2103-0146-95-0030028625, bajo el nombre de «Universidad de Málaga. Pruebas Selectivas P.A.S.».

3.7 Devolución de derechos.–De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas exigidas, cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

3.8 Subsanación de errores.–Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Relación de admitidos y excluidos.–Expirado el plazo de presentación de instancias, la Rectora de la Universidad de Málaga dictará resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», declarando aprobadas las listas de admitidos y excluidos.

En dicha Resolución, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, y se determinará el lugar y la fecha del ejercicio. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto en todo caso en el Pabellón de Gobierno de la Universidad de Málaga y en la Subdelegación de Gobierno de la misma provincia. En ellas constarán al menos los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad, así como las causas de exclusión, en su caso.

4.2 Plazo de subsanación.–Los aspirantes excluidos o que no figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluido en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de la prueba. A estos efectos, deberán comprobar fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

5. Tribunal calificador

5.1 Composición.–El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura en el anexo IV de esta convocatoria.

5.2 Abstención y recusación.–Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Rectora de la Universidad de Málaga, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso al Cuerpo, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicho artículo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran algunas de dichas circunstancias.

5.3 Cambio en la composición.–Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante dictará resolución por la que se nombre, de entre los suplentes, a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Constitución.–Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y Secretario y, de la mitad, al menos, de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de tres meses, a partir de su designación, y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo (concurso-oposición).

5.5 Sesiones.–A partir de su constitución y para el resto de las sesiones del Tribunal, para actuar válidamente requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Actuación del Tribunal.–A lo largo del proceso selectivo el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria. En todo caso, el procedimiento de actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

5.7 Asesores.–El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que se estime pertinente, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse a la Rectora de la Universidad de Málaga.

5.8 Adaptaciones para discapacitados.–El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4 las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización. De considerarse necesario, se solicitará el oportuno informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y cuáles otros sean procedentes para adoptar la decisión que corresponda. Las adaptaciones no se otorgarán de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, debiendo los interesados aportar la información necesaria.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que el ejercicio de la fase de oposición se realice de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá nombrar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de los ejercicios. Asimismo se adoptarán las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio de la fase de oposición sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia del 18 de febrero de 1985 o cualquier otro equivalente. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

5.10 Información a los participantes.–A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Pabellón de Gobierno de la Universidad de Málaga, plaza de El Ejido, sin número, 29071 Málaga. Tlf. 952 13 10 58. Asimismo cualquier información de interés para el proceso será publicada en la página web de la Universidad de Málaga (http://www.uma.es).

5.11 El Tribunal informará a los opositores que lo soliciten acerca de los criterios de corrección y puntuación obtenida en su ejercicio.

El contenido del programa que figura en el anexo II se ajustará a la normativa vigente en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo.

5.12 El Tribunal estará encuadrado en el grupo que corresponda de los recogidos en el anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 21 de abril).

5.13 En ningún caso el Tribunal podrá declarar que han superado las pruebas selectivas, un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno derecho, teniéndose en cuenta, no obstante, lo establecido en la base 1.1.1.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El ejercicio que conforma la fase de oposición se celebrará en un único día y a la misma hora en todas las sedes del examen.

6.2 Llamamiento único.–Los aspirantes serán convocados en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.3 Orden de actuación.–El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de conformidad con lo establecido en la correspondiente Resolución de la mencionada Secretaría de Estado.

6.4 Acreditación de la identidad.–En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.5 Exclusión de participantes.–En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Rectora de la Universidad, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Calificación final y lista de aprobados

7.1 Finalizado el ejercicio, el Tribunal hará pública, en el lugar de celebración del mismo y en el Pabellón de Gobierno de la Universidad, la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad.

7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el lugar de celebración del ejercicio así como en el Pabellón de Gobierno, la relación de aspirantes, por orden de puntuación final alcanzada, que han superado el proceso selectivo.

7.3 La calificación final de las pruebas selectivas a efectos de declaración de aprobados, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición más la de concurso.

7.4 En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. En el supuesto de que persistiera el mismo, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio, y en último lugar atendiendo al criterio de preferencia de la mayor edad.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios/as

8.1 Documentación a presentar.–En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquél en que se hicieran públicas en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» las listas de aspirantes que hubieran superado las pruebas selectivas, los opositores aprobados deberán presentar en el Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Málaga los siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsada del título académico exigido para las plazas.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas según el modelo que figura como anexo V a esta convocatoria.

c) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar fotocopia compulsada del documento que acredite su nacionalidad, así como documentación certificada por las autoridades competentes de su país de origen en la que se acredite no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio. Este certificado deberá ser expedido por el facultativo de medicina general de la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso de que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirá por la Delegación de Salud de la Junta de Andalucía.

e) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de persona con discapacidad deberán presentar certificación del organismo competente para acreditar tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración Sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.

8.2 Exención de justificación.–Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la Administración Pública de la que dependieran para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como de la fecha de su cumplimiento.

8.3 Anulación de actuaciones.–Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren los documentos o del examen de los mismos se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados, no podrán ser nombrados funcionarios/as y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Nombramientos.–Por la excma. sra. Rectora Magfca. y a propuesta del Tribunal calificador se procederá al nombramiento de funcionarios/as de carrera, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

8.5 Bolsa de trabajo.–Una vez concluido el proceso selectivo se podrá confeccionar la correspondiente bolsa de trabajo para atender a las necesidades temporales urgentes.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

Málaga, 25 de noviembre de 2011.–La Rectora, Adelaida de la Calle Martín.

ANEXO I
Valoración de méritos, ejercicios y calificación

Fase de concurso

Valoración de méritos:

En la fase de concurso se considerarán como méritos, los servicios prestados como funcionario interino de la escala de Técnicos Auxiliares de Informática de la Universidad de Málaga hasta el último día de presentación de solicitudes. Será requisito imprescindible el que los interesados hayan prestado servicios como funcionario de la Universidad de Málaga, en algún periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2002 y el día de publicación de la presente convocatoria.

Su valoración se hará a razón de 0,50 puntos por cada mes completo de trabajo, hasta un máximo de 30 puntos. La puntuación obtenida en esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Fase de oposición

Ejercicios y calificación:

La fase de oposición está formada por un sólo ejercicio como a continuación se indica:

Ejercicio único. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas con cuatro respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta, relativas a la totalidad del programa que figura en el anexo II.

Se valorará de cero a setenta puntos, siendo necesario para aprobar 35 puntos quedando facultado el tribunal para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dicha calificación. Las respuestas incorrectas no puntuarán negativamente. El tiempo de realización de este ejercicio será de 50 segundos por pregunta y como máximo se harán 100 preguntas.

ANEXO II
Temario

1. Reglamento para la protección y tratamiento de datos de carácter personal en la UMA.

2. Ley de servicios de la sociedad de la información.

3. La Administración Electrónica. Firma Digital.

4. Redes de área local. Estándares de modos de acceso al medio. Topologías de redes.

5. Elementos de interconexión de redes. Modems, puentes, enrutadores, pasarelas.

6. Fundamentos de las redes de alta velocidad. Introducción a Gigabit Ethernet.

7. Conceptos de transmisión de datos. Medios y normas.

8. El modelo de referencia OSI.

9. TCP/IP. Conceptos básicos.

10. Redes inalámbricas: Conceptos básicos. Las redes inalámbricas en la Universidad de Málaga.

11. Las redes académicas europeas y españolas: DANTE, GEANT, RedIRIS. EDUROAM.

12. Internet. Servidores Web. Navegadores.

13. Servicios de red. Correo Electrónico. Configuración de clientes de correo.

14. Funcionamiento y elementos de un Sistema Informático. Los subsistemas físico y lógico. La unidad de procesamiento. Buses. Memoria. Arquitectura de los Sistemas Informáticos.

15. Principales unidades de E/S de datos: periféricos. Principales unidades de almacenamiento de datos.

16. Sistemas Operativos. Clasificación. Estructura. Núcleo. Procesos. Memoria.

17. Sistema Operativo Windows 7. Conceptos generales. Sistemas de archivos. Gestión de red. Gestión de usuarios.

18. Sistemas Operativos MAC OS X. Conceptos generales. Sistemas de archivos. Gestión de red. Gestión de usuarios.

19. Sistemas Operativos Linux. Conceptos generales. Sistemas de archivos. Gestión de red. Gestión de usuarios.

20. Multimedia. Tecnologías de adquisición y reproducción de imágenes, video y audio digital.

21. Programación. Diseño de programas. Clasificación y evolución de lenguajes de programación. Programación estructurada.

22. Conceptos de Bases de Datos Relacionales.

23. Instrucciones básicas de SQL.

24. Protección y seguridad de redes de área local. Conceptos. Tipos de virus. Medios de contagio. Mecanismos de protección. Antivirus.

25. Gestión de Servicios Informáticos: Fundamentos ITIL V3.

26. Operación del Servicio: Procesos.

27. Gestión de incidencias. Gestión de eventos. Gestión de peticiones.

28. Gestión de Problemas. Errores conocidos. Gestión proactiva de problemas.

29. Calidad de los servicios: indicadores de calidad.

30. Calidad en las universidades andaluzas.

31. El modelo EFQM.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

ANEXO IV
Tribunal calificador

El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Joaquín Canca Cuenca, funcionario de carrera de la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Universidad de Málaga.

Secretaria: Doña Virtudes Baena Padilla, funcionaria de carrera de la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Universidad de Málaga.

Vocales: Don Marino Castillo Cabezas, funcionario de carrera de la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Universidad de Málaga, doña Susana de las Peñas Cabrera, funcionaria de carrera de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Málaga, doña Estíbaliz Gallardo Martín, funcionaria de carrera de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Málaga.

Suplentes: Don José Manuel Ramos Guaz, funcionario de carrera de la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Universidad de Málaga, doña Manuela Vega Sánchez, funcionaria de carrera de la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Universidad de Málaga, don Ramón Hidalgo Sánchez, funcionario de carrera de la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Universidad de Málaga.

ANEXO V

Don/doña........................................................................................................................con domicilio en...................................................., y con documento nacional de identidad número ........................., declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario/a de carrera de la Escala......................................................................, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En .............................. a.......... de ........................... de 201...

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