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Documento BOE-A-2012-1026

Orden ECC/96/2012, de 9 de enero, por la que se autoriza la segregación y reconstitución de determinados Bonos y Obligaciones del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 23 de enero de 2012, páginas 5670 a 5670 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2012-1026

TEXTO ORIGINAL

La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, señala en los artículos 98 y 99 que corresponde al Ministro de Economía la facultad de autorizar la separación de cupones y principal a efectos de su negociación, así como la reconstitución de valores a partir de aquellos. Dicha facultad ha sido delegada en el Director General del Tesoro y Política Financiera en virtud del apartado c del artículo 16 de la Orden EHA/1/2011, de 10 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2011 y enero de 2012 y se delegan determinadas facultades en la Dirección General del Tesoro y Política Financiera. Asimismo, en virtud del Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera asume las competencias de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

La Obligación a 5 años, cupón 4,25% y vencimiento 31 de octubre de 2016, fue emitida en septiembre de 2011, y ha sido subastado en una ocasión. De manera que cuenta con un saldo superior a los 5.000 millones de euros, que se consideran suficientes para garantizar su liquidez. Además, pagó un primer cupón el 31 de octubre de 2011, que por motivos técnicos es una medida necesaria para declararlo segregable.

Por lo que antecede, en uso de las competencias concedidas por la Orden EHA/1/2011, de 10 de enero, he resuelto:

1. Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre la Obligación a 5 años, cupón 4,25% y vencimiento 31 de octubre de 2016.

2. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación.

Madrid, 9 de enero de 2012.–El Ministro de Economía y Competitividad, P. D. (Orden EHA/1/2011, de 10 de enero), el Secretario General del Tesoro y Política Financiera, Íñigo Fernández de Mesa Vargas.

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