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Documento BOE-A-2012-1032

Resolución CLT/2925/2011, de 2 de noviembre, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de protección de la iglesia de Santa Maria, en Cornudella de Montsant.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 23 de enero de 2012, páginas 5699 a 5699 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2012-1032

TEXTO ORIGINAL

Por la Resolución de 26 de mayo de 1981 («BOE» número 176, de 24-7-1981), se incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor la iglesia de Santa Maria, en Cornudella de Montsant.

El 30 de septiembre de 2011, la Dirección General del Patrimonio Cultural emitió informe favorable a la incoación del expediente de delimitación del entorno de protección de la iglesia de Santa Maria, en Cornudella de Montsant, y de acumulación al expediente anterior de declaración de esta iglesia como monumento.

Considerando lo que disponen los artículos 8 y 9 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo:

1. Incoar expediente de delimitación de un entorno de protección de la iglesia de Santa Maria, en Cornudella de Montsant. Este entorno consta grafiado en el plano que figura en el expediente administrativo.

2. Acumular este expediente al anterior de declaración de monumento histórico-artístico a favor de la iglesia de Santa Maria, en Cornudella de Montsant.

3. Notificar esta Resolución a los interesados, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Cornudella de Montsant, y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución.

4. Comunicar esta Resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 2 de noviembre de 2011.–EL Consejero de Cultura, Ferran Mascarell i Canalda.

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