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Documento BOE-A-2012-10665

Resolución de 12 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se aprueba la lista definitiva de alumnos admitidos en el Programa Campus científicos de verano, convocado por Resolución de 24 de abril de 2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 2012, páginas 57007 a 57091 (85 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-10665

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades de 24 de abril de 2012, (Boletín Oficial del Estado de 27 de abril), por la que se convocan 1.800 ayudas para participar en el programa Campus científicos de verano con alumnos de enseñanza secundaria y bachillerato, a propuesta de la Comisión Mixta a que hace referencia el artículo noveno de la mencionada Resolución, en virtud de las facultades delegadas por la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades por la Orden EDC/465/2012, de 2 de marzo, «BOE» de 9 de marzo, he resuelto:

Primero.

Adjudicar una ayuda a cada uno de los alumnos que se relacionan en el anexo I adjunto a la presente Resolución para participar en el programa Campus Científicos de Verano con alumnos de enseñanza secundaria y bachillerato.

Segundo.

Los beneficiarios de las ayudas quedan obligados a:

a) Cumplir con las normas e instrucciones para el correcto desarrollo del programa Campus Científico de Verano.

b) Abonar 90 euros en concepto de matrícula, según lo establecido en el artículo 14 de la convocatoria.

Tercero.

Nombrar suplentes, constituyendo una lista de reserva de solicitantes que reúnen los requisitos pero que no han obtenido un número de orden que les permita obtener la ayuda y que sustituirán a los alumnos adjudicatarios que por cualquier causa, no participen en el programa, relacionados en el Anexo II.

Cuarto.

Denegar las ayudas al resto de solicitantes.

Quinto.

Los gastos derivados de la presente Resolución de concesión, que ascienden a 450.000,00 euros, serán imputados a la aplicación 18.07.323M.482.02 del Presupuesto de gastos de este Ministerio para 2012.

Sexto.

El pago de las ayudas se efectuará a la FECYT, que actuará como entidad colaboradora, de conformidad con lo establecido en el artículo sexto de la Resolución de Convocatoria.

Séptimo.

En los supuestos enumerados en los artículos 36 y 37 de la Ley General de Subvenciones, procederá el reintegro de la ayuda, bien en su totalidad o en la parte proporcional que corresponda, así como en su caso la exigencia de interés de demora.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación.

Madrid, 12 de julio de 2012.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Política Universitaria, Federico Morán Abad.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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