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Documento BOE-A-2012-10959

Resolución de 3 de agosto de 2012, de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por la que se delegan determinadas competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 17 de agosto de 2012, páginas 59246 a 59246 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2012-10959
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/08/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

En base a los principios contenidos en el artículo 103 de la Constitución Española y en el artículo 3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, en especial a los de eficacia, eficiencia y agilidad, resulta conveniente delegar determinadas competencias en aplicación de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, y de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre del Sector Ferroviario.

La presente Resolución, que se dicta previa autorización del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas de 30 de julio de 2012, al amparo del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, tiene por objeto la delegación de competencias del titular de la Delegación del Gobierno en el Principado de Asturias, con el fin de facilitar y agilizar la gestión de los expedientes administrativos que se tramitan en el Área de Fomento.

En su virtud, dispongo:

Primero.

Delegar en el/la titular de la Vicesecretaría General de la Delegación del Gobierno en Asturias las siguientes competencias:

1. El acuerdo de paralización de las obras y la suspensión de usos no autorizados o que no se ajusten a las condiciones establecidas en las autorizaciones conforme al artículo 27 de la Ley 25/1988, de 29 de julio de Carreteras.

2. El acuerdo de iniciación de procedimientos sancionadores en aplicación de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.

3. La resolución de procedimientos sancionadores por infracciones leves, según lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.

4. El acuerdo de paralización de las obras o instalaciones y la suspensión de usos prohibidos, no autorizados o que no se ajusten a las condiciones establecidas en las autorizaciones de conformidad con el artículo 18 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.

Segundo.

1. Siempre que se haga uso de las delegaciones contenidas en la presente resolución deberá hacerse constar expresamente en la resolución administrativa correspondiente.

2. Las delegaciones de competencias contenidas en la presente resolución se entienden sin perjuicio de que, en cualquier momento, el órgano delegante pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos comprendidos en ella considere oportunos.

Tercero.

Publicar la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», la cual surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación.

Oviedo, 3 de agosto 2012.–El Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, Gabino de Lorenzo Ferrera.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/08/2012
  • Fecha de publicación: 17/08/2012
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Asturias
  • Delegación de atribuciones
  • Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas

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