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Documento BOE-A-2012-11826

Resolución de 27 de agosto de 2012, de la Subsecretaría, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Caza Sostenible.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 20 de septiembre de 2012, páginas 66553 a 66555 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-11826

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación Caza Sostenible en el Registro de Fundaciones del Ministerio Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación fue constituida en Madrid el 19 de diciembre de 2011 por don Justo Covisa Castro, según consta en escritura pública número 5237, que ha sido aclarada y subsanada por la número 1193, el 23 de abril de 2012, otorgadas ambas ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Enrique de la Concha López-Isla.

Segundo. Domicilio y ámbito territorial de actuación.

El domicilio de la Fundación se establece en Madrid, calle Velázquez, 86-B, bajo centro, código postal 28006. La Fundación desarrollará principalmente sus actividades en todo el territorio del Estado español, sin perjuicio de lo cual podrá realizar actividades de carácter internacional.

Tercero. Fines.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

a) La defensa, investigación, promoción y desarrollo de la caza sostenible, de tal manera que a la vez se fomente con ello la conservación de la biodiversidad, los hábitats y el paisaje, así como el desarrollo rural sostenible en nuestro país.

b) Promover la caza sostenible como la forma de aprovechamiento cinegético más adecuada para mantener la caza de manera continua en el tiempo en total compatibilidad con la conservación de la biodiversidad, los hábitats y el paisaje.

c) Incentivar la caza sostenible como la forma de aprovechamiento cinegético más adecuada para colaborar con ello en mantener un desarrollo rural sostenible en nuestro país.

d) Patrocinar el estudio y la investigación para delimitar y establecer con certeza suficiente los principios y postulados en los que se basa la caza sostenible.

e) Desarrollar su implantación en todo tipo de terrenos cinegéticos y en todo el territorio nacional, utilizando para ello cualquier instrumento que posibilite su consecución.

f) Dar a conocer al sector cinegético en particular, y a la sociedad en su conjunto en general que esta forma de aprovechamiento y de gestión de la caza es la más adecuada para mantener poblaciones cinegéticas silvestres naturales adaptadas a su hábitats, a la vez que es beneficiosa para la conservación del medio natural y adecuada para un desarrollo rural sostenible.

g) Finalmente, a través de la caza sostenible, conservar y proteger el medio ambiente, el aprovechamiento sostenido de los recursos naturales renovables y el desarrollo rural sostenible.

Cuarto. Dotación.

Se establece como dotación inicial de la Fundación la suma de treinta mil euros (30.000 euros). Dicha aportación de carácter dinerario es desembolsada en un 25 %, es decir, siete mil quinientos euros (7.500 euros), debiendo desembolsar la cantidad de veintidós mil quinientos euros (22.500 euros) en un plazo no superior a 5 años desde el otorgamiento de la escritura pública de constitución de la Fundación.

Quinto. Patronato.

El Gobierno, representación y administración de la Fundación se confía a un Patronato, cuyos miembros ejercerán el cargo de patrono gratuitamente. Las normas sobre la composición, el nombramiento y la renovación del Patronato constan en los Estatutos.

El Patronato inicial designado en el acta fundacional queda constituido por:

Presidente: don Justo Covisa Castro.

Vicepresidente: don Ángel-Luis Vizoso Domínguez.

Secretaria: doña María del Carmen Andarias Martín.

En la escritura de constitución consta la aceptación del cargo de don Justo Covisa Castro y doña María del Carmen Andarias, constando la aceptación de don Ángel-Luis Vizoso Domínguez, en documento aparte, con firma legitimada por Notario.

Sexto. Estatutos.

Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación queda recogido en los Estatutos por los que se rige, quedando expresamente sometido el Patronato a la obligación de presentación de cuentas y del plan de actuación anuales al Protectorado.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Vicesecretaría General Técnica, la gestión de los actos y documentos correspondientes al Registro de Fundaciones relacionadas por su materia con el departamento.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Caza Sostenible, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la denominada Fundación Caza Sostenible, con domicilio en Madrid, calle Velázquez, 86-B, Bajo Centro, código postal 28006, así como, el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 27 de agosto de 2012.–El Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P. D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), la Vicesecretaria General Técnica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, María Luz Gómez-Jover Torregrosa.

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