De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 136 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y la regla 38 de la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se deberá publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la información relativa a las cuentas anuales en el plazo de un mes, contado desde la fecha en la que la Intervención General del Estado presente las respectivas cuentas ante el Tribunal de Cuentas, quedando regulado el contenido de la información a publicar en la Resolución de 28 de mayo de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado.
En cumplimiento de lo establecido en las citadas normas, se dispone la publicación de las cuentas anuales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores correspondientes al ejercicio 2011, que figuran como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 10 de septiembre de 2012.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Julio Segura Sánchez.
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V. Resumen de la Memoria
V.1 Organización y actividad
Régimen jurídico.
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante CNMV) fue creada por la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, que la configura como un Ente de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada.
En el ejercicio de sus funciones públicas, la CNMV se rige por lo dispuesto en la citada Ley 24/1988 y en la normativa que la desarrolla, recogiéndose su régimen legal específico en el artículo 14. Adicional y supletoriamente, este organismo se regulará por lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, según lo dispuesto en su disposición adicional décima.
Las funciones encomendadas a la CNMV en la Ley del Mercado de Valores son, fundamentalmente, las siguientes:
– Supervisión e inspección de los mercados de valores y de la actividad de cuantas personas físicas y jurídicas se relacionan en el tráfico de los mismos, así como el ejercicio sobre ellas de la potestad sancionadora y las demás funciones que en dicha Ley se le atribuyen.
– Velar por la transparencia de los mercados de valores, la correcta formación de los precios en los mismos y la protección de los inversores, promoviendo la difusión de cuanta información sea necesaria para asegurar la consecución de estos fines.
– Asesoramiento al Gobierno y al Ministerio de Economía y Competitividad y, en su caso, a los órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas, en las materias relacionadas con los mercados de valores, a petición de los mismos o por iniciativa propia, así como la elevación de las propuestas sobre disposiciones relacionadas con los mercados de valores.
Régimen económico-financiero.
Según establece el artículo 24 de la Ley 24/1988, los recursos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores estarán integrados por:
a) los bienes y valores que constituyen el patrimonio y los productos y rentas del mismo.
b) las transferencias que, con cargo al Presupuesto del Estado, efectúe el Ministerio de Economía y Competitividad.
c) las tasas que perciba por la realización de sus actividades o la prestación de sus servicios.
El Real Decreto 1732/1998, de 31 de julio, regula las tasas aplicables por las actividades y servicios prestados por la CNMV. Estas constituyen la principal fuente de ingresos, y gravan, esencialmente, los siguientes actos: inscripción de entidades en los registros oficiales de este organismo, supervisión de mercados y entidades, admisión a negociación de valores en mercados secundarios, registro de folletos informativos y autorizaciones de ofertas públicas de adquisición.
Los resultados positivos obtenidos al cierre del ejercicio podrán destinarse, tal y como recoge el citado artículo 24 de la Ley del Mercado de Valores a las siguientes finalidades:
a) Cubrir pérdidas de ejercicios anteriores.
b) Crear reservas necesarias para la financiación de las inversiones que la CNMV deba llevar a cabo para el cumplimiento adecuado de sus objetivos.
c) Crear las reservas que aseguren la disponibilidad de un fondo de maniobra adecuado a sus necesidades operativas.
d) Su incorporación como ingreso del Estado.
La distribución del resultado propuesta por el Consejo de la CNMV deberá ser aprobada por el Gobierno.
El régimen presupuestario de la CNMV se rige por lo establecido en su propia Ley y supletoriamente por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Por tanto, anualmente prepara un anteproyecto de presupuesto, que es remitido al Ministerio de Economía y Competitividad para su elevación al acuerdo del Gobierno y posterior remisión a las Cortes Generales.
Fiscalmente, la CNMV se considera organismo público exento del Impuesto sobre Sociedades y no se practicará retención en las rentas obtenidas, según lo establecido en los artículos 9 y 140, respectivamente, del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Por lo que respecta al Impuesto de Valor Añadido, este organismo es sujeto pasivo del impuesto por su actividad, minoritaria, de venta de publicaciones y de otros servicios (difusores profesionales de información, etc.), aplicando la prorrata especial para el cálculo de las deducciones según lo establecido en el artículo 103 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, reguladora de este impuesto.
Régimen de contratación.
Los contratos que celebre la CNMV se ajustan a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Las adquisiciones patrimoniales estarán sujetas al derecho privado.
Estructura organizativa.
En cumplimiento de lo establecido en la Ley del Mercado de Valores, el Consejo de la CNMV dictó, por resolución de 10 de julio de 2003, el Reglamento de Régimen Interior, que establece el funcionamiento y régimen de actuación de la entidad. Este reglamento recoge la estructura organizativa de la CNMV, que se resume en el siguiente cuadro:
|
Direcciones Generales |
Departamentos |
Funciones |
---|---|---|---|
Consejo |
Dirección General de Entidades. |
Departamento de Autorización y Registro de Entidades. |
Creación y seguimiento institucional de empresas de servicios de inversión, instituciones de inversión colectiva y entidades de capital riesgo. |
Departamento de Supervisión de Empresas de Servicios de Inversión y ECA. |
Supervisión, inspección e intervención de empresas de servicios de inversión y entidades de crédito y ahorro. Supervisión del cumplimiento de las normas de conducta del mercado de valores por parte de las ECAS. |
||
Departamento de Supervisión de Instituciones de Inversión Colectiva y ECR. |
Supervisión, inspección e intervención de instituciones de inversión colectiva y entidades de capital-riesgo. |
||
Dirección General de Mercados. |
Departamento de Mercados Primarios. |
Emisión de valores, OPV y admisión a negociación. OPA. |
|
Departamento de Mercados Secundarios. |
Supervisión de mercados secundarios. Información al mercado de hechos relevantes. Exclusiones y suspensiones de negociación. |
||
Departamento de Informes Financieros y Corporativos. |
Desarrollar las materias atribuidas a la CNMV en materia de auditoría de cuentas y contabilidad de sociedades cotizadas. Supervisión de información financiera y auditorías de sociedades cotizadas. Participaciones significativas y autocartera en sociedades cotizadas. |
||
Dirección General del Servicio Jurídico. |
Departamento de Asesoría Jurídica. |
Asesoría jurídica a órganos rectores y de dirección de la CNMV. Informe jurídico sobre proyectos de normativa y sobre los asuntos que se eleven al Consejo o Comité Ejecutivo de la CNMV. |
|
Consejo |
Dirección General del Servicio Jurídico. |
Departamento del Servicio Contencioso y del Régimen Sancionador. |
Servicio Contencioso. Instrucción de expedientes sancionadores y formulación de propuestas de resolución. Tramitación de denuncias. |
Departamento de Inversores. |
Información a los inversores. Atención a las reclamaciones y quejas y consultas de los inversores. |
||
|
Gabinete de Presidencia. |
Asistencia a Presidente y Vicepresidente Comunicación |
|
|
Departamento Adjunto a Presidencia. |
Análisis y seguimiento de los factores de riesgo y de la adaptación organizativa y operativa de la CNMV a la evolución del entorno de las infraestructuras de mercado, del perfil y actividad de los participantes y del marco regulatorio general. |
|
|
Departamento de Estudios, Estadísticas y Publicaciones. |
Estudios e informes sobre los mercados de valores. Elaboración y mantenimiento de la información estadística de la CNMV. Dirección de las publicaciones de la CNMV. Valoración de productos financieros. Formación de inversores. |
|
|
Departamento de Relaciones Internacionales. |
Coordinación de la participación de la CNMV en organismos y programas internacionales. Asesoramiento en materia de relaciones internacionales. Seguimiento de directivas y reglamentos comunitarios. |
|
|
Departamento de Sistemas de Información. |
Planificar y gestionar los servicios informáticos de la CNMV. Diseñar, programar, implantar y mantener las aplicaciones informáticas de la CNMV. Dirigir la política de seguridad informática y prestar asistencia técnica a los servicios de la CNMV. Dirigir y coordinar la ANCV. |
|
|
Secretaría General. |
Dirección financiera y administrativa. Recursos humanos. Registros oficiales. |
|
|
Departamento de Control Interno. |
Informar al Consejo sobre los resultados del Plan de Auditorías y Actuaciones de Control Interno. Elaborar el informe sobre control a incorporar en la memoria anual sobre supervisión. Controlar y verificar la correcta aplicación de los procedimientos internos. |
Los titulares de los órganos rectores y directivos de la CNMV durante el ejercicio 2011 y sus retribuciones han sido las siguientes:
Órganos Rectores |
Nombre |
Retribuciones |
---|---|---|
Presidente |
Julio Segura Sánchez |
149.326,94 |
Vicepresidente |
Fernando Restoy Lozano |
149.324,72 |
Consejero nato |
Soledad Núñez Ramos (1) |
- |
Consejero nato |
Iñigo Fernández de Mesa Vargas (2) |
- |
Consejero nato |
Francisco Javier Aríztegui Yañez (3) |
- |
Consejero |
Luis Pedroche y Rojo |
129.604,88 |
Consejero |
Ana Isabel Fernández Álvarez |
129.604,88 |
Consejero. |
Oriol Amat i Salas (4) |
70.202,65 |
Órganos Directivos |
Nombre |
Retribuciones |
---|---|---|
Director General del Servicio Jurídico. |
Alfonso Cárcamo Gil |
130.001,88 |
Director General de Entidades. |
José María Marcos Bermejo |
143.732,36 |
Director General de Mercados. |
Ángel Benito Benito |
145.082,68 |
Directora de Control Interno. |
Margarita García Muñoz |
122.803,80 |
Secretario General. |
Salvador Meca Gómez |
135.512,80 |
Director Adjunto a Presidencia. |
Rafael Sánchez de la Peña |
133.966,60 |
Director de Sistemas de Información. |
Francisco Javier Nozal Millán |
133.966,60 |
Director de Relaciones Internacionales. |
Antonio Mas Sirvent |
122.803,90 |
Director de Estudios y Estadísticas. |
Oscar Arce Hortiguela |
117.222,40 |
Director del Gabinete de Presidencia. |
Montserrat Martínez Parera (5) |
90.572,38 |
Director del Gabinete de Presidencia. |
Víctor Rodríguez Quejido (6) |
30.952,62 |
Director de Supervisión de ESI y ECA. |
Juan Alcaide Guindo |
131.996,36 |
Directora de Supervisión de IIC y ECR. |
Teresa González Bedia |
128.503,65 |
Director de Autorización y Registro de Entidades |
Antonio Moreno Espejo |
132.740,60 |
Directora de Asesoría Jurídica. |
Sol Bourgón Camacho |
130.600,18 |
Directora de Serv. Contencioso y Rég. Sancionador. |
Cristina Vidal Otero |
118.553,40 |
Directora de Inversores. |
Nieves García Santos |
129.844,40 |
Director de Mercados Primarios. |
Carlos Lázaro Recacha |
132.600,84 |
Director de Mercados Secundarios. |
Rodrigo Buenaventura Canino (7). |
82.333,73 |
Director de Mercados Secundarios. |
Iñigo de la Lastra Petrirena (8) |
45.191,90 |
Director de Informes Financieros y Corporativos. |
Paulino García Suárez |
131.140,99 |
(1) Directora General del Tesoro y Política Financiera-Hasta 30/12/2011.
(2) Secretario General del Tesoro y Política Financiera-Desde 30/12/2011.
(3) Subgobernador del Banco de España.
(4) Desde 10/06/2011.
(5) Hasta 06/10/2011.
(6) Desde 06/10/2011.
(7) Hasta 31/08/2011.
(8) Desde 01/09/2011.
Empleados CNMV.
Los empleados de la CNMV son, en todo caso, personal laboral, registrándose una plantilla durante el ejercicio al que se refieren las cuentas anuales, distribuida por categorías y sexo, según el siguiente cuadro:
Categoría |
N.º empleados a 31 de diciembre de 2011 |
N.º medio de empleados durante 2011 |
||||
---|---|---|---|---|---|---|
Hombre |
Mujer |
Total |
Hombre |
Mujer |
Total |
|
Miembros Ejecutivos Consejo |
4 |
1 |
5 |
4 |
1 |
5 |
Directivos y Semidirectivos |
83 |
74 |
157 |
86 |
75 |
161 |
Técnicos |
82 |
103 |
185 |
78 |
100 |
178 |
Jefes Administrativos |
6 |
31 |
37 |
6 |
31 |
37 |
Administrativos y Servicios |
15 |
23 |
38 |
15 |
22 |
37 |
Total |
190 |
232 |
422 |
189 |
229 |
418 |
Entidades relacionadas.
Como entidad vinculada a la CNMV se encuentra la Fundación del Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores, organización de naturaleza fundacional constituida en 1999. Su objeto es la cooperación entre los países Iberoamericanos para favorecer el desarrollo de mercados de valores transparentes e íntegros, potenciar la armonización reguladora y facilitar la cooperación entre supervisores y reguladores.
La CNMV participa en la entidad Association of National Numbering Agencies-ANNA, dedicada a asegurar la unicidad del código ISIN, código que se asigna a cada emisión de valores e identifica internacionalmente cada valor, así como la disponibilidad del mismo entre los usuarios.
V.2 Bases de presentación de las cuentas
Imagen fiel.
Las cuentas anuales de la CNMV, expresadas en euros, son preparadas en base a su contabilidad, desarrollada con arreglo a lo establecido en el Plan General de Contabilidad Pública aprobado por Orden 1037/2010, de 13 de abril, del Ministerio de Economía y Hacienda y en la Resolución de 28 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se adapta dicho Plan a aquellos organismos públicos cuyo presupuesto de gastos tiene carácter estimativo.
En consecuencia, la CNMV aplica los principios contables públicos, resultando unas cuentas anuales formuladas con claridad, que expresan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución del presupuesto de la entidad.
Comparación de la información.
De acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria tercera de la mencionada Orden 1037/2010, por la que aprueba el Plan General de Contabilidad Pública, las cuentas anuales de la CNMV del ejercicio 2011, por ser las primeras que se formulan aplicando dicha norma, no reflejan en el balance, en la cuenta del resultado económico patrimonial ni en el resto de estados que incluyan información comparativa, las cifras relativas al ejercicio 2010.
Por tanto, a efectos de comparación de la información, se detallan a continuación las cifras de balance y cuenta de resultados correspondientes a 2010, recogidas en las cuentas anuales de dicho ejercicio:
Balance y cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio 2010
Balance de situación (Importes en euros)
N.º cuenta |
Activo |
Ejercicio 2010 |
---|---|---|
|
A) Inmovilizado |
35.053.113,00 |
|
II. Inmovilizaciones inmateriales |
4.698.965,18 |
215 |
3. Aplicaciones informáticas |
8.961.634,20 |
281 |
7. Amortizaciones |
-4.262.669,02 |
|
III. Inmovilizaciones materiales |
30.352.911,95 |
220, 221 |
1. Terrenos y construcciones |
28.773.978,99 |
226 |
3. Utillaje y mobiliario |
2.878.100,45 |
227, 228 |
4. Otro inmovilizado |
6.136.628,74 |
282 |
5. Amortizaciones |
-7.435.796,23 |
|
V. Inversiones financieras permanentes |
1.235,87 |
250 |
1. Cartera de valores a largo plazo |
935,36 |
265 |
3. Fianzas y depósitos constituidos a largo plazo |
300,51 |
|
C) Activo Circulante |
129.436.250,80 |
|
II. Deudores |
7.685.353,83 |
460, 469 |
1. Deudores varios |
7.668.148,39 |
471 |
3. Administraciones Públicas |
337,74 |
555, 558 |
4. Otros deudores |
50.992,33 |
490 |
5. Provisiones |
-34.124,63 |
|
III. Inversiones financieras temporales |
115.542.220,82 |
541, 546 |
1. Cartera de valores a corto plazo |
115.504.435,34 |
544 |
2. Otras inversiones y créditos a corto plazo |
37.785,48 |
57 |
IV. Tesorería |
5.923.636,59 |
480 |
V. Ajustes por periodificación |
285.039,56 |
Total General (A+B+C) |
164.489.363,80 |
N.º Cuenta |
Pasivo |
Ejercicio 2010 |
---|---|---|
|
A) Fondos Propios |
160.052.179,73 |
|
I. Patrimonio |
5.176.689,12 |
100 |
1. Patrimonio |
4.204.102,67 |
101 |
2. Patrimonio recibido en adscripción |
1.181.768,61 |
108 |
6. Patrimonio entregado en cesión |
-209.182,16 |
117, 113 |
II. Reservas |
134.982.950,82 |
|
III. Resultados de ejercicios anteriores |
10.424.203,83 |
120 |
1. Resultados positivos de ejercicios anteriores |
10.424.203,83 |
129 |
IV. Resultados del ejercicio |
9.468.335,96 |
142 |
B) Provisiones para Riesgos y Gastos |
1.166.838,73 |
|
D) Acreedores a Corto Plazo |
3.270.345,34 |
|
III. Acreedores |
3.270.345,34 |
420, 429 |
1. Acreedores varios |
2.126.491,71 |
475, 476 |
3. Administraciones Públicas |
1.084.497,55 |
554,523 |
4. Otros acreedores |
59.356,08 |
Total General (A+B+C+D) |
164.489.363,80 |
Cuenta del resultado económico patrimonial (Importes en euros)
Debe |
Ejercicio 2010 |
---|---|
A) Gastos |
44.129.032,62 |
3. Gastos de funcionamiento de los servicios y prestaciones sociales |
43.342.571,76 |
a) Gastos de personal: |
26.455.047,71 |
a.1) Sueldos, salarios y asimilados |
21.154.770,73 |
a.2) Cargas sociales |
5.300.276,98 |
c) Dotaciones para amortizaciones de inmovilizado |
1.785.711,17 |
d) Variación de provisiones de tráfico |
5.889,16 |
d.2) Variación de provisiones y pérdidas de créditos incobrables |
5.889,16 |
e) Otros gastos de gestión |
15.095.191,42 |
e.1) Servicios exteriores |
15.033.664,89 |
e.2) Tributos |
51.866,31 |
e.3) Otros gastos de gestión corriente |
9.660,22 |
f) Gastos financieros y asimilables |
506,30 |
f.1) Por deudas |
506,30 |
h) Diferencias negativas de cambio |
226,00 |
4. Transferencias y subvenciones |
446.849,74 |
b) Subvenciones corrientes |
446.849,74 |
5. Pérdidas y gastos extraordinarios |
339.611,12 |
a) Pérdidas procedentes de inmovilizado |
77.737,29 |
d) Gastos y pérdidas de otros ejercicios |
261.873,83 |
Haber |
Ejercicio 2010 |
---|---|
B) Ingresos |
53.597.368,58 |
3. Ingresos de gestión ordinaria |
50.907.674,59 |
a) Ingresos tributarios |
50.907.674,59 |
a1) Tasas por prestación de servicios o realización de actividades |
50.907.674,59 |
4. Otros ingresos de gestión ordinaria |
2.368.832,98 |
b) Trabajos realizados por la entidad |
862.188,83 |
c) Otros ingresos de gestión |
666.552,24 |
c.1) Ingresos accesorios y otros de gestión corriente |
251.125,88 |
c.2) Exceso de provisiones de riesgos y gastos |
415.426,36 |
e) Ingresos de otros valores negociables y de créditos del activo inmovilizado |
783.848,98 |
f) Otros intereses e ingresos asimilados |
56.241,81 |
f.1) Otros intereses |
56.241,81 |
g) Diferencias positivas de cambio |
1,12 |
6. Ganancias e ingresos extraordinarios |
320.861,01 |
a) Beneficios procedentes del inmovilizado |
3.327,93 |
c) Ingresos extraordinarios |
9.250,00 |
d) Ingresos y beneficios de otros ejercicios |
308.283,08 |
Ahorro: 9.468.335,96 euros.
Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables
A) Principales diferencias entre criterios contables.
De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria tercera del Real Decreto 1037/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública, se exponen a continuación las principales diferencias entre los criterios contables aplicados en el ejercicio anterior y los actuales, así como la cuantificación del impacto que produce esta variación en el patrimonio neto de la entidad:
1. Valoración de inversiones financieras: La CNMV ha procedido a clasificar los activos financieros en función de las categorías establecidas en el nuevo Plan General de Contabilidad Pública (PGCP).
Así, los valores de deuda que este organismo ha adquirido durante el ejercicio 2011 han sido clasificados como inversiones mantenidas al vencimiento en base a lo establecido en la norma de valoración 8.ª Activos Financieros. Por tanto, su valoración inicial se ha realizado al valor razonable mientras que posteriormente se registran al coste amortizado, contabilizando los intereses devengados como resultados del ejercicio utilizando el método del tipo de interés efectivo.
El efecto que este cambio de criterio contable ha tenido en el resultado del ejercicio respecto de la aplicación del criterio de valoración recogido en el PGCP de 1994, en el que los valores de registraban por su precio de adquisición y los ingresos según los intereses implícitos/explícitos del título, es un mayor ingreso financiero del ejercicio por valor de 126.211,08 euros.
2. Valoración de los ingresos por tasas: según lo establecido en el apartado 5ª Criterios de registro o reconocimiento contable de los elementos de las cuentas anuales, del Marco Conceptual del nuevo PGCP, los ingresos que tengan reflejo en la ejecución del presupuesto se podrán reconocer cuando se dicten los correspondientes actos que determinen el reconocimiento del ingreso, pero al menos a la fecha de cierre del ejercicio, aunque no hayan sido dictados los mencionados actos, deberán reconocerse en la cuenta del resultado económico patrimonial los ingresos devengados por la entidad hasta dicha fecha.
Según las normas de valoración del PGCP de 1994, en el ejercicio 2010 las tasas por prestaciones de servicios de la CNMV se reconocían contablemente en el momento de emisión de la liquidación de la tasa, por lo que, según lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera del nuevo PGCP, el asiento de apertura del ejercicio 2011 ha sido ajustado al objeto de registrar en el activo los derechos de cobro derivados de las tasas devengadas y no emitidas al cierre de 2010, cuyo importe asciende a 10.832.213,35 euros, reconociéndose como Resultados de ejercicios anteriores.
Respecto de los ingresos por tasas de 2011, al cierre del ejercicio se han reconocido en la cuenta del resultado económico patrimonial por fecha de devengo, lo que ha supuesto unos ingresos por este concepto inferiores en 174.365,84 euros respecto de los que se hubieran registrado siguiendo el criterio de valoración establecido en el PGCP de 1994.
B) Asientos de cierre y apertura.
Según lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Orden 2045/2011, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, la CNMV ha realizado el asiento de apertura del ejercicio 2011 utilizando directamente las cuentas previstas en el Plan General de Contabilidad Pública aprobado por Orden 1037/2010, por lo que se exponen a continuación el asiento de apertura del ejercicio 2011 realizado con la cuentas previstas en dicho Plan y el asiento de cierre del ejercicio 2010 con las cuentas del Plan General de Contabilidad Pública vigente a dicha fecha.
Asiento de Cierre 2010
Cuenta |
Concepto |
Debe |
Haber |
---|---|---|---|
100 |
Patrimonio |
4.204.102,67 |
|
101 |
Patrimonio recibido en adscripción |
1.181.768,61 |
|
108 |
Patrimonio entregado en cesión |
|
209.182,16 |
113 |
Reservas especiales |
95.698.554,21 |
|
117 |
Reservas voluntarias |
39.284.396,61 |
|
120 |
Resultados positivos ej. Aateriores |
10.424.203,83 |
|
129 |
Resultados del ejercicio |
9.468.335,96 |
|
142 |
Provisión responsabilidad |
1.166.838,73 |
|
215 |
Aplicaciones informáticas |
|
8.961.634,20 |
220 |
Terrenos |
|
19.484.702,01 |
221 |
Construcciones |
|
9.289.276,98 |
226 |
Mobiliario |
|
2.878.100,45 |
227 |
Equipos proc. información |
|
5.795.961,62 |
228 |
Elementos de transporte |
|
340.667,12 |
250 |
Invers. Financ. Permanentes capital |
|
935,36 |
265 |
Deposit. Constituidos l/P |
|
300,51 |
281 |
Amort. Acum. Inmov. Inmater. |
4.262.669,02 |
|
282 |
Amort. Acum.I nmov. Material |
7.435.796,23 |
|
420 |
Acreedores por op. Deriv. Actividad |
1.456.700,27 |
|
429 |
Otros acreedores |
669.791,44 |
|
460 |
Deudores por op. Deriv. Actividad |
|
4.818.137,67 |
469 |
Otros deudores |
|
2.850.010,72 |
471 |
Organismos prev. Social deudores |
|
337,74 |
475 |
Hacienda pública acreed. diversos conceptos |
659.862,48 |
|
476 |
Organismos prev. Social acreedores |
424.635,07 |
|
480 |
Gastos anticipados |
|
285.039,56 |
490 |
Provisión para insolvencias |
34.124,63 |
|
523 |
Proveedores inmovilizado a C/P |
23.796,21 |
|
541 |
Valores renta fija C/P |
|
115.100.000,00 |
544 |
Créditos C/P al personal |
|
37.785,48 |
546 |
Intereses C/P valores R.F |
|
404.435,34 |
554 |
Cobros pendientes de aplicación |
35.559,87 |
|
555 |
Pagos pendientes de aplicación |
|
47.022,61 |
558 |
Anticipos caja fija pendientes de repos. |
|
3.969,72 |
570 |
Caja |
|
14.887,10 |
571 |
Bancos i. Cto. Cta. Operativas |
|
2.238.419,77 |
573 |
Bancos i. Cto. Ctas. Restr. Recaudacion |
|
3.670.329,72 |
Total |
176.431.135,84 |
176.431.135,84 |
Asiento de Apertura 2011
Cuenta |
Concepto |
Debe |
Haber |
---|---|---|---|
100 |
Patrimonio |
|
5.385.871,28 |
113 |
Reservas especiales |
|
95.698.554,21 |
117 |
Reservas voluntarias |
|
39.284.396,61 |
120 |
Resultados de ejercicios anteriores |
|
10.215.021,67 |
129 |
Resultado del ejercicio |
|
9.468.335,96 |
142 |
Provisión a largo plazo para responsabilidades |
|
1.063.154,89 |
206 |
Aplicaciones informáticas |
8.961.634,20 |
|
210 |
Terrenos y bienes naturales |
19.484.702,01 |
|
211 |
Construcciones |
9.289.276,98 |
|
216 |
Mobiliario |
2.878.100,45 |
|
217 |
Equipos para procesos de información |
5.795.961,62 |
|
218 |
Elementos de transporte |
340.667,12 |
|
247 |
Depósitos a LP en entidades del grupo, multig y asoc. |
300,51 |
|
250 |
Inversiones financieras a LP en instrumentos de patrimonio |
935,36 |
|
280 |
Amortización acumulada del inmovilizado intangible. |
|
4.262.669,02 |
281 |
Amortización acumulada del inmovilizado material |
|
7.435.796,23 |
420 |
Acreedores por operaciones derivadas de la actividad |
|
1.456.700,27 |
429 |
Otros acreedores |
|
669.791,44 |
460 |
Deudores por operaciones derivadas de la actividad |
4.818.137,67 |
|
469 |
Otros deudores |
2.850.010,72 |
|
471 |
Organismos de previsión social deudores |
337,74 |
|
475 |
Hacienda pública acreedor por diversos conceptos |
|
659.862,48 |
476 |
Organismos de previsión social acreedores |
|
424.635,07 |
480 |
Gastos anticipados |
285.039,56 |
|
490 |
Deterioro de valor de créditos |
|
34.124,63 |
523 |
Proveedores de inmovilizado a corto plazo |
|
23.796,21 |
542 |
Créditos a corto plazo |
105.100.000,00 |
|
544 |
Créditos C/P al personal |
37.785,48 |
|
547 |
Intereses C/P de créditos |
401.750,41 |
|
554 |
Cobros pendientes de aplicación |
|
35.559,87 |
555 |
Pagos pendientes de aplicación |
47.022,61 |
|
558 |
Prov. de fondos pagos a justif. y anticip. de caja fija |
3.969,72 |
|
570 |
Caja |
14.887,10 |
|
571 |
Bancos e inst. de crédito. Cuentas operativas |
2.238.419,77 |
|
573 |
Bancos e inst. de cred. Cuentas restr. de recaudación |
3.670.329,72 |
|
577 |
Activos líquidos equivalentes al efectivo. |
10.002.684,93 |
|
582 |
Provisión a corto plazo para responsabilidades |
|
103.683,84 |
Total |
176.221.953,68 |
176.221.953,68 |
Según lo dispuesto en el disposición transitoria primera del nuevo PGCP y lo señalado en el apartado anterior en relación con el cambio de criterio de contabilización de los ingresos, este asiento de apertura ha sido ajustado para registrar los activos cuyo reconocimiento exige el Plan, según el siguiente asiento contable:
Cuenta |
Concepto |
Debe |
Haber |
---|---|---|---|
460 |
Deudores por operaciones derivadas de la actividad |
10.832.213,35 |
|
120 |
Resultados de ejercicios anteriores |
|
10.832.213,35 |
V.3. Normas de reconocimiento y valoración
Inmovilizado material.
Los elementos del inmovilizado material se reconocen por su precio de adquisición, menos su correspondiente amortización acumulada y, si procede, menos las pérdidas por deterioro de valor.
Los desembolsos posteriores al registro inicial son añadidos al importe del valor contable cuando sea probable que de los mismos se deriven rendimientos económicos futuros o un potencial de servicio adicional.
La amortización del inmovilizado material se calcula aplicando el método lineal sobre el valor contable de los activos menos su valor residual.
Al cierre del ejercicio se analiza si existen indicios de que algún elemento del activo material pueda estar deteriorado, en cuyo caso se estimará su importe recuperable y se efectuarán las correcciones valorativas que procedan. Igualmente, se ajustarán los cargos por amortización del activo en ejercicios futuros, con el fin de distribuir el valor contable revisado del activo, menos su eventual valor residual, de una forma sistemática a lo largo de su vida útil restante.
Del mismo modo, se revertirá el deterioro de valor reconocido en ejercicios anteriores para un activo cuando el importe recuperable sea superior a su valor contable.
Los desembolsos destinados a reparaciones y mantenimiento del inmovilizado material se realizan para restaurar o mantener los rendimientos económicos futuros o potencial de servicio estimados originalmente para el activo, por lo que se reconocen como gastos en el resultado del ejercicio.
Inmovilizado intangible.
Los elementos del inmovilizado intangible se reconocen por su precio de adquisición o coste de producción, menos su correspondiente amortización acumulada y, si procede, menos las pérdidas por deterioro de valor.
Los desembolsos posteriores al registro inicial son añadidos al importe del valor contable cuando sea probable que de los mismos se deriven rendimientos económicos futuros o un potencial de servicio adicional.
La vida útil de los activos intangibles podrá ser definida o indefinida. Se considera que un activo tiene una vida útil indefinida cuando, sobre la base de un análisis de todos los factores relevantes, no exista un límite previsible al periodo a lo largo del cual se espera que el activo genere rendimientos económicos o potencial de servicio para la entidad.
Los activos intangibles con vida útil indefinida no se amortizan, y aquellos con vida útil definida se amortizan en función de la misma, aplicándose criterios similares a los adoptados para la amortización de los activos materiales.
Aplicaciones informáticas.
Se reconocen como activos intangibles los importes satisfechos por los programas informáticos, el derecho al uso de los mismos, o el coste de producción de los elaborados por la propia entidad, cuando esté prevista su utilización en varios ejercicios.
En ningún caso se activan como inmovilizado los gastos de mantenimiento de dichas aplicaciones informáticas.
Activos financieros.
Los activos financieros, ya sean a largo o a corto plazo, se clasifican en las siguientes categorías:
– Créditos y partidas a cobrar: Se incluyen en esta categoría los créditos por operaciones derivadas de la actividad habitual, las operaciones de adquisición de instrumentos de deuda con el acuerdo de posterior venta a un precio fijo o al precio inicial más la rentabilidad normal del prestamista, así como aquellos activos financieros que, no siendo instrumentos de patrimonio ni negociándose en un mercado activo, generan flujos de efectivo de importe determinado y respecto de los que se espera recuperar todo el desembolso realizado por la entidad.
Estos activos se valoran inicialmente por su valor razonable, que será igual a la contraprestación entregada más los costes de la transacción que sean directamente atribuibles. No obstante, los créditos y partidas a cobrar con vencimiento a corto plazo que no tengan un tipo de interés contractual, se valorarán por su valor nominal.
Posteriormente, los créditos y partidas a cobrar se valoran a su coste amortizado, correspondiendo éste al valor inicial, menos las devoluciones de principal efectuadas, más o menos, la parte imputada a la cuenta del resultado económico patrimonial mediante la utilización del tipo de interés efectivo, de la diferencia entre el importe inicial y el valor de reembolso en el vencimiento, menos cualquier reducción de valor por deterioro. No obstante, aquellas partidas a cobrar que se hayan valorado inicialmente por su valor nominal, continuarán valorándose por dicho importe.
– Inversiones mantenidas al vencimiento: Son valores representativos de deuda con vencimiento fijo y flujos de efectivo de importe determinado, que se negocian en un mercado activo, y respecto de los que la entidad tiene, desde su reconocimiento y en cualquier fecha posterior, la intención efectiva y la capacidad financiera para conservarlos hasta su vencimiento.
Estas inversiones se valoran inicialmente por su valor razonable, que será igual a la contraprestación entregada más los costes de la transacción que sean directamente atribuibles. Posteriormente, se valoran al coste amortizado, contabilizándose los intereses devengados como resultados del ejercicio, utilizando el método del tipo de interés efectivo.
– Activos financieros a valor razonable con cambios en resultados: se incluyen dentro de esta categoría los siguientes tipos de activos:
a) Aquellos que negociándose en un mercado activo, se adquieren con el propósito de realizarlos en el corto plazo, excepto los adquiridos con el acuerdo de posterior venta a un precio fijo o al precio inicial más la rentabilidad normal del prestamista.
b) Los derivados, excepto aquellos que sean contratos de garantía financiera o hayan sido designados como instrumentos de cobertura.
Estas inversiones se valoran inicialmente por su valor razonable, que será igual a la contraprestación entregada. Los costes de transacción que le sean directamente atribuibles, se imputarán a resultados del ejercicio en que se produzca la adquisición.
Posteriormente, se valorarán por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción. Los cambios que se produzcan en el valor razonable, se imputarán a resultados del ejercicio, una vez imputados los intereses devengados según el tipo de interés efectivo y, en su caso, las diferencias de cambio.
– Inversiones en el patrimonio de entidades del grupo multigrupo y asociadas: En el ejercicio 2011 y de manera transitoria, a efectos de esta clasificación se atenderá a lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda de la Orden 2045/2011, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado y que establece lo siguiente:
• Entidades del grupo: son aquellas en las que la entidad contable tiene una participación directa o indirecta en su capital social o patrimonio superior al 50 %.
• Entidades multigrupo: son aquellas no incluidas en el grupo, gestionadas por una o varias entidades del mismo, que participan en su capital social o patrimonio, conjuntamente con otras entidades ajenas al grupo.
• Entidades asociadas: son aquellas no incluidas en el grupo, en las que algunas o varias entidades del grupo ejercen una influencia significativa por tener una participación en su capital social o patrimonio, presumiéndose, salvo prueba en contrario, que existe dicha influencia significativa cuando dichas entidades del grupo poseen al menos, el 20 % del capital o patrimonio de la entidad que no pertenece al grupo.
Se valoran inicialmente al coste, que será igual al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de la transacción que les sean directamente atribuibles. Posteriormente se valoran por su coste menos, en su caso, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro.
– Activos financieros disponibles para la venta: Se incluyen en esta categoría todos los activos financieros que no cumplan los requisitos para ser incluidos en alguna de las categorías anteriores.
Los activos financieros disponibles para la venta se valoran inicialmente por su valor razonable, que será igual a la contraprestación entregada más los costes de la transacción que le sean directamente atribuibles. Posteriormente se valoran por su valor razonable, sin deducir los costes de la transacción que se pudieran producir en su enajenación. Los cambios que se produzcan en el valor razonable se registrarán directamente en el patrimonio neto, hasta la enajenación o deterioro del activo financiero, momento en que se imputará a resultados.
Los instrumentos de patrimonio que no se negocien en un mercado activo, se valorarán por su coste menos, en caso, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro.
Pasivos financieros.
Los pasivos financieros, ya sean a largo o a corto plazo, se clasifican en las siguientes categorías:
– Pasivos financieros al coste amortizado: Se incluyen en esta categoría débitos y partidas a pagar por operaciones derivadas de la actividad habitual, deudas representadas en valores negociables emitidos con la intención de mantenerlos hasta el vencimiento, deudas representadas en valores negociables emitidos con el acuerdo de recomprarlos antes del vencimiento a un precio fijo, deudas con entidades de crédito y otros débitos y partidas a pagar.
Estos pasivos se valoran inicialmente por su valor razonable, que será igual a la contraprestación recibida, ajustada con los costes de la transacción que sean directamente atribuibles a la emisión. Las partidas a pagar con vencimiento en el corto plazo que no tengan un tipo de interés contractual se valorarán por su valor nominal.
Posteriormente la valoración se realiza por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán como resultados del ejercicio utilizando el método del tipo de interés efectivo.
– Pasivos financieros a valor razonable con cambios en resultados: Esta categoría recoge deudas representadas en valores negociables emitidos con el objetivo de recomprarlos a corto plazo y los derivados.
Inicialmente se valoran por su valor razonable, que salvo evidencia en contrario, será el precio de la contraprestación recibida, y posteriormente se valoran de nuevo al valor razonable, imputándose la variación de dicho valor al resultado del ejercicio.
Transacciones en moneda extranjera.
Las transacciones en moneda extranjera (distinta de euro) se registran, en el momento de su reconocimiento, en euros, aplicando al importe correspondiente en moneda extranjera, el tipo de cambio al contado existente en la fecha de la operación.
Al cierre del ejercicio, los elementos patrimoniales de carácter monetario denominados en moneda extranjera se valoran aplicando el tipo de cambio al contado existente en esa fecha.
Las diferencias de valoración producidas se registran como resultados financieros en la cuenta del resultado económico patrimonial.
Ingresos y gastos.
Los ingresos con contraprestación deben reconocerse cuando sea probable que la entidad reciba rendimientos económicos o potencial de servicio asociados a la transacción y su importe pueda medirse con fiabilidad.
Los ingresos sin contraprestación se valoran por el importe del incremento de los activos netos en la fecha de reconocimiento.
Con carácter general, los ingresos y gastos se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial en función del criterio de devengo.
No obstante, cuando se trate de gastos e ingresos que tengan reflejo en la ejecución del presupuesto, el reconocimiento se podrá realizar cuando se dicten los correspondientes actos que determinan el reconocimiento de los gastos o ingresos. En este caso, al menos a la fecha de cierre del ejercicio, aunque no hayan sido dictados los mencionados actos, también deberán reconocerse en la cuenta del resultado económico patrimonial o en el estado de cambios en patrimonio neto los gastos e ingresos devengados por la entidad hasta dicha fecha.
Provisiones y contingencias.
Las provisiones deben reconocerse cuando existe una obligación presente como resultado de un suceso pasado, sea probable que la entidad tenga que desprenderse de recursos que incorporen rendimientos económicos o potencial de servicio para cancelar tal obligación y además pueda realizarse una estimación fiable de su importe.
La norma de valoración 17 Provisiones, Activos y Pasivos Contingentes, señala que el importe de las provisiones será igual al valor actual de los desembolsos que se espera sean necesarios para cancelar tal obligación.
No obstante, la Introducción de la Orden 1037/2010, por la que se aprueba el plan General de Contabilidad Pública, señala en la Segunda Parte, relativa a normas de reconocimiento y valoración, que la mencionada norma 17 Provisiones, Activos y Pasivos Contingentes, no será de aplicación a las provisiones en las que sean necesarios cálculos actuariales para su determinación, como por ejemplo, los pasivos por retribuciones a largo plazo al personal, ni las que afecten a los beneficios sociales.
Transferencias y subvenciones.
Las transferencias y subvenciones concedidas se contabilizan como gastos en el momento en que se tenga constancia de que se han cumplido las condiciones establecidas para su percepción.
Las transferencias y subvenciones de carácter monetario se valoran por el importe concedido y aquellas de carácter no monetario o en especie por el valor contable de los elementos entregados.
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Con fecha 4 de abril de 2011, el Ministerio de Economía y Hacienda aprobó Orden por la que se dispone la incorporación al Patrimonio de la Administración General del Estado del inmueble situado en Madrid, paseo de la Castellana, número 19, procedente de la CNMV, por no ser necesario para el cumplimiento de sus fines, en virtud de lo establecido en el artículo 80 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP). La ejecución material de lo ordenado se llevó a cabo con fecha 28 de abril de 2011. El reflejo contable por parte de la CNMV de la entrega del inmueble incorporado al patrimonio de la Administración General del Estado se ha realizado por reducción de fondos propios, de conformidad con el artículo 119 de la citada LPAP, por un importe de 24.704.152,63 euros, que se corresponde con el valor neto contable de dicho edificio en la fecha de incorporación.
Con fecha 15 de junio de 2011 y previo informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda, la CNMV ha adquirido un edificio situado en Madrid, calle Edison, número 4, con destino a la nueva sede de este organismo, por importe de 62.000.000,00 de euros más las obras de rehabilitación, cuyo coste máximo es de 8.000.000,00 de euros más IVA. Al cierre del ejercicio 2011, el importe activado como inmovilizado en curso asciende a 25.933.821,24 euros, de los que 18.718.833,40 corresponden al valor de la construcción en el momento de la compra y 7.214.987,84 euros (IVA incluido) al valor de la obra de rehabilitación desarrollada en el ejercicio.
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V.5.1 Otra información relativa a los activos financieros.
V.5.1.1 Conciliación con balance de los activos financieros a largo plazo.
Los valores representativos de deuda a largo plazo del cuadro de conciliación de los activos financieros recogen el valor a coste amortizado de los títulos de deuda con vencimiento a largo plazo adquiridos con el objetivo de mantenerlos hasta su vencimiento, tanto aquellos representativos de deuda del Estado Español, por importe de 19.755.221, 14 euros (recogido en el epígrafe IV. Inversiones Financieras a largo plazo en entidades del grupo, multigrupo y asociadas del Activo no corriente del Balance), como los emitidos por otros Estados, cuyo importe asciende a 7.057.352,19 euros (recogido en el punto 2. Créditos y valores representativos de deuda del epígrafe V. Inversiones financieras a largo plazo del Activo no corriente del Balance).
La partida de Créditos y partidas a cobrar a largo plazo de dicho cuadro de conciliación refleja el importe de los créditos a largo plazo al personal, que al cierre del ejercicio ascienden a 275.358,26 euros. Al igual que los valores de deuda emitidos por otros Estados mencionados en el párrafo anterior, esta partida se recoge en el punto 2. Créditos y valores representativos de deuda del epígrafe V. Inversiones financieras a largo plazo del Activo no corriente del Balance, por lo que su importe total es de 7.332.710,45 euros.
Los activos financieros disponibles para la venta ascienden a 935,36 euros y se corresponden con el punto 1. Inversiones financieras en patrimonio del epígrafe V. Inversiones financieras a largo plazo del Balance. Esta inversión está constituida por una participación en la entidad Association of National Numbering Agencies ANNA.
Esta asociación fue creada por agencias nacionales de codificación de varios países y tiene por objetivo asegurar la unicidad del código ISIN, código que se asigna a cada emisión de valores e identifica internacionalmente a cada valor, así como la disponibilidad del mismo entre los usuarios.
V.5.1.2 Conciliación con balance de los activos financieros a corto plazo.
Los valores representativos de deuda a corto plazo del cuadro de conciliación de los activos financieros recogen el valor a coste amortizado de los títulos de deuda con vencimiento a corto plazo, adquiridos con el objetivo de mantenerlos hasta su vencimiento, que en este caso corresponden en su totalidad a títulos emitidos por el Estado español, cuyo importe asciende a 74.119.119,65 euros y que se recogen en el epígrafe IV. Inversiones financieras a corto plazo en entidades del grupo, multigrupo y asociadas del Activo corriente del Balance.
En este mismo epígrafe de balance se recogen los intereses devengados y no vencidos de los valores de deuda de emitidos por el Estado Español, cuyo importe asciende a 12.396,76 euros, por lo que el saldo al cierre del ejercicio de dicho epígrafe IV. Inversiones financieras a corto plazo en entidades del grupo, multigrupo y asociadas, asciende a 74.131.516,41 euros.
Los Créditos y partidas a cobrar a corto plazo del cuadro anterior recoge las siguientes partidas: intereses devengados y no vencidos al cierre del ejercicio de los valores representativos de deuda correspondientes a títulos emitidos por el Estado español y mencionados en el párrafo anterior (12.396,76 euros), intereses devengados y no vencidos de valores de deuda emitidos por otros Estados por importe de 36.092,40 euros y los créditos a corto plazo al personal, cuyo valor asciende a 182.886,81 euros. Estas dos últimas partidas componen el saldo del epígrafe V. Inversiones financieras a corto plazo del Activo corriente del Balance, que refleja un importe de 218.979,21 euros.
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La totalidad del importe registrado en la partida de Otras Deudas corresponde al saldo de proveedores de inmovilizado a corto plazo que recoge, principalmente, el importe pendiente de pago por la adquisición del nuevo edificio sede más las obras de rehabilitación del mismo que han sido desarrolladas durante el ejercicio 2011.
V.7 Transferencias, subvenciones y otros ingresos y gastos
V.7.1 Transferencias y subvenciones concedidas. Subvenciones corrientes.
Normativa |
Finalidad |
Obligaciones reconocidas en el ejercicio |
Reintegros |
Causa de los reintegros |
---|---|---|---|---|
Ley 24/88, de 28/7 y Ley 30/94 de 30/11 |
Cubrir gastos ordinarios de funcionamiento de la Fundación Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores. |
442.122,59 |
|
|
La totalidad de la subvención es percibida por la Fundación del Instituto Iberoamericano del Mercado de Valores.
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El saldo de la provisión para responsabilidades al cierre del ejercicio cubre las posibles cantidades a abonar a los altos cargos de la CNMV según lo establecido en el artículo 21 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, según el cual, al cesar en el cargo y durante los dos años posteriores, no podrán ejercer actividad profesional alguna relacionada con el mercado de valores, percibiendo una compensación económica en virtud de tal limitación.
Según lo dispuesto en el Real Decreto 1079/1992, de 11 de septiembre, dicha compensación se podrá percibir a partir del mes siguiente a aquel en que se produzca el cese y durante un plazo igual al que hubieran desempeñado el cargo, sin que puedan percibirse más de 24 mensualidades, por un importe mensual igual a la doceava parte del 80 por 100 del total de retribuciones asignadas al cargo respectivo en el presupuesto en vigor durante el plazo indicado.
Esta compensación económica es incompatible con el desempeño de los cargos de referencia o con el desempeño de cualquier puesto de trabajo, cargo o actividad en el sector público. Su percepción quedará en suspenso, por meses completos, durante el tiempo que desempeñen el cargo, puesto o actividad, recuperándose automáticamente en el caso de cesar en su desempeño antes de la fecha de finalización del plazo máximo, contado ininterrumpidamente a partir del mes siguiente a aquel en que se produzca el cese. En este último supuesto, la compensación económica se percibirá, única y exclusivamente durante el tiempo que reste hasta dicha fecha de finalización del plazo máximo aplicable en cada caso, y ello sin exceder el límite máximo de 24 mensualidades.
El cálculo del valor de la provisión para responsabilidades se ha realizado teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto y sobre una base lineal, prescindiendo de cualquier actualización financiera, al no resultar aplicable la norma de valoración 17 «Provisiones, activos y pasivos contingentes» del Plan General de Contabilidad Pública, por tratarse de retribuciones a largo plazo al personal.
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