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Documento BOE-A-2012-12177

Resolución de 13 de septiembre de 2012, de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 28 de septiembre de 2012, páginas 69020 a 69053 (34 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-12177

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Regla 38 de la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, aprobada por la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio; se hace pública la información relativa a las cuentas anuales del ejercicio 2011 de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos, de acuerdo con la Resolución de 28 de mayo de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» por las Entidades a las que les sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado.

Madrid, 13 de septiembre de 2012.–El Presidente de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos, José María Lassalle Ruiz.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

F.1) Organización y actividad

1. Norma de creación de la entidad

Por Decreto de 22 de febrero de 1957 se creó la Junta Central de Construcciones Escolares, organismo dependiente del entonces Ministerio de Educación Nacional, cuyo objetivo era encauzar, dirigir e inspeccionar la gestión de las Juntas Provinciales. Éstas, reguladas en la Orden de 23 de julio de 1955, eran las responsables en cada provincia de la construcción y posterior equipamiento de centros educativos de enseñanza primaria y secundaria.

Tras décadas de trabajo exclusivo en el ámbito educativo, y como consecuencia de la unificación de los Ministerios de Educación y de Cultura en 1996, la Junta, en ese momento denominada de Construcciones, Instalaciones y Equipo Escolar, pasó a denominarse Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura. Sus funciones se centraron en la ejecución de infraestructuras y equipamientos culturales, educativos y administrativos que fueran competencia del Ministerio de Educación y Cultura, así como la gestión del patrimonio inmobiliario afectado al Departamento.

La Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos, gradualmente dejó de asumir competencias educativas por pasar éstas a las Comunidades Autónomas, para centrarse en infraestructuras culturales tales como archivos, bibliotecas, museos, auditorios, cinematografía. Con la creación del Ministerio de Cultura, en el año 2004, el organismo autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura pasó a denominarse Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura (GIEC) y se adscribió al Ministerio de Cultura a través de la Subsecretaría, cuyo titular ostenta su presidencia.

Se hace constar que hasta el 21 de diciembre 2011, este organismo, dependía del Ministerio de Cultura, y estaba regulado por el articulo segundo, apartado sexto, del Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura establece que «el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, se adscribe al Ministerio de Cultura a través de la Subsecretaria, cuyo titular ostentará su presidencia. Dicho organismo ejercerá las funciones que tiene atribuidas por el Real Decreto 1379/1999, de 27 de agosto, circunscritas a las competencias del Ministerio de Cultura».

El Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, suprime el Ministerio de Cultura y crea el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que asume las competencias del anterior y otras nuevas. El artículo 8 señala que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se estructura en los órganos superiores: La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades y La Secretaria de Estado de Cultura. Se señala también en la disposición adicional tercera en relación con la adscripción de los organismos públicos que «los organismos públicos quedan adscritos a los departamentos ministeriales de acuerdo con la distribución de competencias establecidas en este Real Decreto, y en los términos que se determinen en los reales decretos por los que se apruebe la correspondiente estructura orgánica». Por lo tanto la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura queda adscrita al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

El Real Decreto 1829/2011, de 23 de diciembre, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales, crea entre otras la Subsecretaría de Educación, Cultura y Deporte.

El Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, señala en su artículo 7 en relación con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que dicho Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

A) La Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

La Secretaría General de Universidades, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General de Política Universitaria.

La Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial.

La Dirección General de Formación Profesional.

B) La Secretaría de Estado de Cultura, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

La Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro.

La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas.

C) La Subsecretaría de Educación, Cultura y Deporte, de la que depende la Secretaría General Técnica.

En la disposición adicional primera de dicho Real Decreto se señala que «las actuales adscripciones y dependencias de los organismos públicos continuarán en vigor con las modificaciones que se deriven de las previsiones contenidas en este real decreto» Por lo tanto, la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura queda adscrita al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a través de la Subsecretaría de Educación, Cultura y Deporte.

2. Actividad principal de la entidad, su régimen jurídico, económico-financiero y de contratación

Tiene como objetivo, la ejecución de infraestructuras y equipamientos que sean competencia del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, así como el seguimiento y la optimización de los derechos sobre el patrimonio inmobiliario afectado a dicho Departamento.

Este objetivo lo ha desarrollado, entre otras, mediante las siguientes funciones:

Gestión y contratación de las obras y equipamiento precisos para la creación o adecuación de infraestructuras culturales.

La tramitación de los procedimientos administrativos de ejecución de infraestructuras, en especial, los relativos a la gestión de la contratación de las obras precisas para la creación o adecuación de infraestructuras y la contratación de los equipamientos, así como el inventario, la conservación y control de las existencias almacenadas.

Gestión patrimonial de los inmuebles que por cualquier título utilice el Departamento, salvo cuando esté atribuida directamente a otra Dirección General u organismo autónomo del Departamento.

Gestión y formalización de convenios con entidades públicas y privadas para la realización y puesta en funcionamiento de infraestructuras culturales, con asunción de las obligaciones que se deriven de estos Convenios, con sujeción a lo dispuesto en la legislación vigente.

Desarrollo de trabajos técnicos de ejecución de infraestructuras.

Vigilancia e inspección de la ejecución de infraestructuras culturales, cuando sean objeto de financiación total o parcial con cargo al presupuesto del organismo o del Departamento, así como la acreditación del cumplimiento de los requisitos para el pago de las aportaciones económicas concedidas.

Elaboración de informes y estudios técnicos sobre el estado de los inmuebles dependientes del Departamento y sobre el cumplimiento de la normativa vigente.

La ejecución de la contabilidad general del organismo, la confección de su presupuesto y sus modificaciones y liquidación.

La creación, gestión y actualización permanente de un sistema de información integrado del organismo que contendrá los datos relativos a la tramitación de los expedientes de gestión.

Como organismo autónomo se rige por el Derecho administrativo. El régimen patrimonial de los organismos autónomos es el establecido en la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 33/2003, de 3 noviembre.

La contratación de los organismos autónomos se rige por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, hasta el 16 de diciembre de 2011 y a partir del 16 de diciembre de 2011, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y de control financiero de los organismos autónomos será el establecido por la Ley General Presupuestaria, Ley 47/2003, de 26 de noviembre.

3. Descripción de las principales fuentes de ingresos

Su fuente de financiación son las transferencias recibidas de la Administración General del Estado.

4. Consideración fiscal de la entidad

El organismo está exento del Impuesto sobre Sociedades.

5. Estructura Organizativa básica, en sus niveles político y administrativo

Presidencia: El Presidente del organismo es el Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Subdirecciones: La Gerencia se estructura en las siguientes unidades administrativas con nivel de Subdirección:

La Secretaría Técnica de Infraestructuras, encargada del desarrollo y seguimiento de la programación de las inversiones culturales, de la supervisión de los proyectos de obra; de la elaboración de informes y estudios técnicos sobre el estado de las edificaciones existentes dependientes del Departamento. El Secretario Técnico de Infraestructuras suplirá al Presidente de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad.

La Subdirección General Económico-Administrativa, encargada de la gestión y formalización de convenios con entidades públicas y privadas, en materias objeto de la competencia de la Gerencia, así como de la asunción de las obligaciones económicas o de cualquier otra índole que se deriven de los suscritos y así se establezca en los mismos; de la administración de los recursos humanos, régimen interior, habilitación de personal, intendencia, registro e información, archivo general, ejecución de la contabilidad general del Organismo, confección de su presupuesto, sus modificaciones y liquidación, pagaduría y caja; y de la creación, gestión y actualización permanente de un sistema de información integrado del Organismo que contendrá los datos relativos a la tramitación de los expedientes.

La Subdirección General de Obras, encargada del desarrollo de trabajos técnicos de ejecución de infraestructuras; y de la vigilancia e inspección de la ejecución de infraestructuras culturales, cuando sean objeto de financiación total o parcial con cargo al presupuesto del Organismo o del Departamento, así como la acreditación del cumplimiento de los requisitos para el pago de las aportaciones económicas concedidas.

La Subdirección General de Contratación y Gestión Patrimonial, encargada de la tramitación de los procedimientos administrativos de ejecución de infraestructuras, en especial los relativos a la gestión de la contratación de obras precisas para la creación o adecuación de infraestructuras y la contratación de los equipamientos, así como del inventario, la conservación y control de las existencias almacenadas; y de la gestión patrimonial de los inmuebles que por cualquier título utilice el Departamento, salvo cuando esté atribuida directamente a otra Dirección General u organismo autónomo del mismo.

Otras unidades administrativas:

De la Secretaría Técnica de Infraestructuras dependen a fecha de hoy:

Vocal Asesor.

Coordinador Técnico.

Consejero Técnico.

Jefe de Área de Proyecto y Obras.

De la Subdirección General Económico-Administrativa dependen las siguientes unidades:

Una Subdirección General Adjunta.

Servicio de Contabilidad.

Servicio de Presupuestos.

Servicio de Relaciones Externas.

Servicio de Asuntos Generales.

Servicio de Sistemas Informáticos.

Servicio de Gestión Económica.

De la Subdirección General de Obras dependen:

Cuatro Áreas de Proyectos y Obras.

Dos Áreas Técnicas.

Una Jefatura de Área.

Un Consejero Técnico.

De la Subdirección General de Contratación y Gestión Patrimonial dependen las siguientes unidades:

Área de Contratación.

Servicio de Pagos.

Servicio de Régimen Jurídico y Coordinación.

Cinco Jefaturas de Servicios.

6. Denominación de los principales cargos de la Gerencia

Presidente: Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte (Responsable político y de gestión del organismo): Don Fernando Benzo Sainz.

Secretaria Técnica de Infraestructuras: Doña María Dolores Izquierdo Losada.

Subdirectora General Económico-Administrativo: Doña María Cristina Iguacel Abeigón.

Subdirector General de Obras: Don Francisco Javier Martín Ramiro.

Subdirector General de Contratación y Gestión Patrimonial: Don Ignacio Castillo Grau.

7. Número medio de empleados durante el ejercicio y a 31 de diciembre tanto funcionarios como personal laboral, distinguiendo por categorías y sexos

El número medio de empleados durante el ejercicio 2011, es de 127 funcionarios y 14 de personal laboral con el detalle siguiente:

Personal funcionario

Personal laboral

Grupo A1: 21 (13 hombres y 8 mujeres).

Grupo 1: 3 (2 hombres y 1 mujer).

Grupo A2. 30 (15 hombres y 15 mujeres).

Grupo 2: 1 (1 mujer).

Grupo C1: 31 (8 hombres y 23 mujeres).

Grupo 3: 1 (1 mujer).

Grupo C2: 44 (4 hombres y 40 mujeres).

Grupo 4: 4 (3 hombres y 1 mujer).

Grupo E: 1 (1 hombre).

Grupo 5: 5 (4 hombres y 1 mujer).

El número de empleados a 31 de diciembre de 2011, es de 123 funcionarios y 14 de personal laboral con el detalle siguiente:

Personal funcionario

Personal laboral

Grupo A1: 20 (13 hombres y 7 mujeres).

Grupo 1: 3 (2 hombres y 1 mujer).

Grupo A2: 29 (14 hombres y 15 mujeres).

Grupo 2: 1 (1 mujer).

Grupo C1: 31 (8 hombres y 23 mujeres).

Grupo 3: 1 (1 mujer).

Grupo C2: 42 (4 hombres y 38 mujeres).

Grupo 4: 4 (3 hombres y 1 mujer).

Grupo E: 1 (1 hombre).

Grupo 5: 5 (4 hombres y 1 mujer).

8. Entidad de la que depende, en su caso, el sujeto contable

Como ya se ha indicado, el Servicio de Contabilidad depende orgánica y funcionalmente de la Subdirección General Económico-Administrativa del organismo.

El Servicio de Contabilidad desempeña todas las funciones de gestión contable del organismo, desarrollando la contabilidad general presupuestaria y financiera del mismo.

F.3) Bases de presentación de las cuentas

1. Imagen fiel

Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en euros, y se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria modificado por la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, que añade dos nuevos documentos que integran las cuentas anuales que son el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo; con el contenido del nuevo Plan General de Contabilidad Pública aprobado por la orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, y con la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado aprobada por orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución del presupuesto de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura.

2. Comparación de la información

Al entrar en vigor la aplicación del nuevo Plan General de Contabilidad Pública para las entidades del sector público administrativo estatal a partir del día 1 de enero de 2011, se han producido cambios en la estructura de las cuentas anuales y también ha habido cambios en el cuadro de cuentas.

3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización y corrección de errores

Como consecuencia de la entrada en vigor del nuevo Plan General de Contabilidad Pública para las entidades integrantes del sector público administrativo estatal a partir del día 1 de enero de 2011 ha cambiado la forma de contabilizar las «inversiones gestionadas para otros entes públicos», denominadas así con el anterior Plan General de Contabilidad Pública de fecha 6 de mayo de 1994 y que ahora se denominan con el nuevo Plan como «Activos construidos o adquiridos para otras entidades»: Antes esta partida estaba incluida dentro del Inmovilizado no financiero y ahora forma parte del Activo Corriente dentro del epígrafe de existencias. Como consecuencia de este cambio de criterio de contabilización los activos que quedaban pendientes de ceder a 31 de diciembre y que antes coincidían con el saldo deudor de la cuenta 230 «Inversiones gestionadas para otros entes públicos» ahora están contabilizados como existencias finales en la cuenta 370 «Activos construidos o adquiridos para otras entidades»: Además con el nuevo criterio de valoración se imputa como gasto en la cuenta 605 «Compras de Activos adquiridos para otras entidades» los costes por adquisición de los activos del ejercicio (con el antiguo Plan de Contabilidad estos costes se registraban en la cuenta 230). En el momento en el que se efectúa la entrega de los activos adquiridos a las entidades se contabiliza un gasto en la cuenta 6511 «Subvenciones al resto de entidades» (con el antiguo Plan la Cuenta es 656 «Subvenciones de capital»). De acuerdo con el nuevo criterio de contabilización se distingue en el momento de efectuar la cesión el importe de los activos que estaban pendientes de ceder a final del ejercicio anterior y que se ceden en el ejercicio (estos activos estaban incluidos dentro del importe de las existencias iniciales al comienzo del ejercicio), entonces se contabiliza el gasto por cesión en la cuenta 6511 «Subvenciones al resto de entidades» y la contrapartida es la cuenta 370 «Activos construidos para otras entidades» y por otro lado se contabiliza el gasto por cesión del importe de los activos adquiridos en el 2011 y el asiento en este caso es de la cuenta 6511 «Subvenciones al resto de entidades» a la cuenta 7071 «Ingresos imputados por entregas de activos construidos o adquiridos para otras entidades»: Con el antiguo Plan General de Contabilidad el asiento de cesión era de la cuenta 656 «Subvenciones de capital» a la cuenta 230 «Inversiones gestionadas para otros entes públicos»: Además con el nuevo Plan General de Contabilidad al cierre del ejercicio se contabiliza la variación de existencias que hay entre las existencias finales e iniciales (se dan de baja las iniciales y se dan de alta las finales). Como consecuencia de la aplicación de este nuevo criterio de valoración no se produce ninguna variación en el Patrimonio neto del organismo.

También como consecuencia de la aplicación del nuevo Plan General de Contabilidad Pública, se contabiliza un asiento nuevo en relación con los pagos a justificar, y consiste en llevar al debe la cuenta (605) «Compra de activos adquiridos para otras entidades» los gastos realizados cuya cuenta justificativa está pendiente de aprobar al final del ejercicio con abono a la cuenta (5586) «Gastos realizados con provisiones de fondos para pagos a justificar pendientes de aprobación».

También se ha corregido el error que había en la amortización acumulada de las aplicaciones informáticas, ya que había aplicaciones informáticas que se estaban amortizando con una vida útil de 6 años. Sin embargo la norma de valoración del antiguo Plan de Contabilidad (esta norma se mantiene en el nuevo Plan) fija un plazo máximo de 5 años. Por lo tanto, se ha procedido a ajustarla amortización de las aplicaciones informáticas a la vida útil de 5 años. Se ha aplicado este cambio retrospectivamente y como consecuencia de ello ha disminuido el Patrimonio neto en 12.873,38 €.

En relación con la cuenta contable (544000) «Créditos a corto plazo al personal», el saldo inicial deudor que presentaba a 1 de enero de 2011 no era correcto y se ha procedido a su subsanación, lo que ha provocado un aumento en el Patrimonio neto del organismo de 5.425,78 €.

También se ha corregido un error consistente en que equipos informáticos por importe de 2.450,22 € que se habían dado de alta con fecha 31 de Octubre de 2007, no se habían amortizado y por tanto no tenían amortización acumulada a 1 de enero de 2011. Se ha corregido este error de manera retrospectiva y como consecuencia de ello ha disminuido el Patrimonio neto en 971,03 €.

4. Información sobre cambios en estimaciones contables cuando sean significativos

No se han producido cambios en las estimaciones contables.

5. Balance y cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio 2010

Se incorpora a la Memoria el Balance del organismo a 31/12/2010 (ver anexo Memoria, página 1) y la cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio 2010 (ver anexo Memoria, página 2).

6. Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables

Como consecuencia de la entrada en vigor del nuevo Plan General de Contabilidad Pública para las entidades integrantes del sector público administrativo estatal a partir del día 1 de enero de 2011 ha cambiado la forma de contabilizar las «inversiones gestionadas para otros entes públicos», denominadas así con el anterior Plan General de Contabilidad Pública de fecha 6 de mayo de 1994 y que ahora se denominan con el nuevo Plan como «Activos construidos o adquiridos para otras entidades»: Antes esta partida estaba incluida dentro del Inmovilizado no financiero y ahora forma parte del Activo corriente dentro del epígrafe de existencias. Como consecuencia de este cambio de criterio de contabilización los activos que quedaban pendientes de ceder a 31 de diciembre y que antes coincidían con el saldo deudor de la cuenta 230 «Inversiones gestionadas para otros entes públicos» ahora están contabilizados como existencias finales en la cuenta 370 «Activos construidos o adquiridos para otras entidades. Además con el nuevo criterio de valoración se imputa como gasto en la cuenta 605 «Compras de Activos adquiridos para otras entidades», los costes por adquisición de los activos del ejercicio (con el antiguo Plan de Contabilidad estos costes se registraban en la cuenta 230). En el momento en el que se efectúa la entrega de los activos adquiridos a las entidades se contabiliza un gasto en la cuenta 6511 «Subvenciones al resto de entidades» (con el antiguo Plan la Cuenta es 656 «Subvenciones de capital»). De acuerdo con el nuevo criterio de contabilización se distingue en el momento de efectuar la cesión el importe de los activos que estaban pendientes de ceder a final del ejercicio anterior y que se ceden en el ejercicio (estos activos estaban incluidos dentro del importe de las existencias iniciales al comienzo del ejercicio), entonces se contabiliza el gasto por cesión en la cuenta 6511 «Subvenciones al resto de entidades» y la contrapartida es la cuenta 370 «Activos construidos para otras entidades» y por otro lado se contabiliza el gasto por cesión del importe de los activos adquiridos en el 2011 y el asiento en este caso es de la cuenta 6511 «Subvenciones al resto de entidades» a la cuenta 7071 «Ingresos imputados por entregas de activos construidos o adquiridos para otras entidades»: Con el antiguo Plan General de Contabilidad el asiento de cesión era de la cuenta 656 «Subvenciones de capital» a la cuenta 230 «Inversiones gestionadas para otros entes públicos»: Además con el nuevo Plan General de Contabilidad al cierre del ejercicio se contabiliza la variación de existencias que hay entre las existencias finales e iniciales (se dan de baja las iniciales y se dan de alta las finales). Como consecuencia de la aplicación de este nuevo criterio de valoración no se produce ninguna variación en el Patrimonio neto del organismo.

También como consecuencia de la aplicación del nuevo Plan General de Contabilidad Pública, se contabiliza un asiento nuevo en relación con los Pagos a Justificar, y consiste en llevar al debe la cuenta (605) «Compra de activos adquiridos para otras entidades» los gastos realizados pendientes de aprobar a fin de ejercicio con abono a la cuenta (5586) «Gastos realizados con provisiones de fondos para pagos a justificar pendientes de aprobación». Como consecuencia de este nuevo asiento se contabiliza un mayor gasto en la cuenta de resultados económico-patrimonial y por lo tanto una mayor disminución en el Patrimonio neto del organismo por importe de 837.459,91 €.

También se ha corregido el error que había en la amortización acumulada de las aplicaciones informáticas, ya que había aplicaciones informáticas que se estaban amortizando con una vida útil de 6 años, ya que se estaba aplicando la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999. Sin embargo la norma de valoración del antiguo Plan de Contabilidad, que prevalece sobre la Resolución (esta norma de valoración se mantiene en el nuevo Plan), fija un plazo máximo de 5 años. Por lo tanto, se ha procedido a ajustarla amortización de las aplicaciones informáticas a la vida útil de 5 años. Se ha aplicado este cambio retrospectivamente y como consecuencia de ello ha disminuido el Patrimonio neto en 12.873, 38 € por la amortización acumulada de ejercicios anteriores y por la propia dotación del ejercicio 2011 se contabiliza un mayor gasto por amortización como consecuencia de aplicar una vida útil de 5 años en lugar de 6 por importe de 4.634,15 € y por tanto también por esta cantidad disminuye el Patrimonio neto del organismo.

En relación con la cuenta contable (544000) «Créditos a corto plazo al personal», el saldo inicial deudor que presentaba a 1 de enero de 2011 no era correcto y se ha procedido a su subsanación, lo que ha provocado un aumento en el Patrimonio neto del organismo de 5.425,78 €.

También se ha corregido un error consistente en que equipos informáticos por importe de 2.450,22 € que se habían dado de alta con fecha 31 de octubre de 2007, no se habían amortizado y por tanto no tenían amortización acumulada a 1 de enero de 2011. Se ha corregido este error de manera retrospectiva y como consecuencia de ello ha disminuido el Patrimonio neto en 971,03 €.

Por otro lado, de acuerdo con la disposición transitoria primera de la Orden EHA/ 2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, como se ha realizado el asiento de apertura de la contabilidad del ejercicio 2011 utilizando directamente las cuentas previstas en el nuevo Plan General de Contabilidad Pública aprobado por Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril; se incluye como anexo a esta Memoria el asiento de apertura del ejercicio 2011 realizado con las cuentas previstas en el Plan General de Contabilidad Pública de 2010 (ver anexo Memoria, páginas 3-4) y también se ha incorporado como anexo el asiento de cierre del ejercicio 2010 con las cuentas del Plan General de Contabilidad Pública vigente hasta dicha fecha (ver anexos Memoria, páginas 5-6).

F.4) Normas de reconocimiento y valoración

a) Inmovilizado material

Las inmovilizaciones materiales figuran contabilizadas por su precio de adquisición, incrementadas en su caso, por los desembolsos posteriores que impliquen rendimientos económicos futuros o un potencial de servicio adicionales. La amortización de las mismas se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

El modelo de valoración posterior utilizado es el de coste.

b) Inmovilizado intangible

El Inmovilizado intangible se registra por su precio de adquisición. Las cuotas de amortización del inmovilizado intangible se determinan por el método lineal. Se toma como vida útil el periodo de 5 años.

El modelo de valoración posterior utilizado es el de coste.

c) Activos y Pasivos financieros.

Los activos financieros que tiene el organismo se clasifican dentro de la partida de Créditos y partidas a cobrar y se valoran por su valor nominal.

Los pasivos financieros que tiene el organismo se clasifican en Pasivos financieros al coste amortizado ya que son Otros débitos y partidas a pagar. Se valoran por su valor nominal.

d) Activos construidos o adquiridos para otras entidades.

La Gerencia no construye directamente los activos, por lo tanto, los costes asociados con la adquisición de los activos se reconocen como existencias. Los ingresos se reconocen cuando los activos se entregan a la entidad destinataria de los mismos. Los costes derivados de los activos adquiridos se imputan como subvención concedida al resultado del ejercicio.

e) Transacciones en moneda extranjera.

No se han producido en el ejercicio.

f) Ingresos y gastos.

Los ingresos y gastos se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial siguiendo el criterio de devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos.

g) Provisiones y contingencias.

No constan.

h) Transferencias y subvenciones.

Las transferencias tanto de corrientes como de capital recibidas se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio en el que se reconocen los derechos que de ellas se derivan.

Las subvenciones concedidas se imputan como gasto en la cuenta del resultado económico patrimonial en el momento en el que se tiene constancia de que se han cumplido las condiciones establecidas para su percepción.

Las transferencias y subvenciones concedidas, tanto de corrientes como de capital, se valoran por el importe concedido. Las transferencias y subvenciones recibidas, tanto de corrientes como de capital se valoran por el importe recibido.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

F.27) Hechos posteriores al cierre

Con posterioridad al cierre del ejercicio 2011, se publica en el «BOE» el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. En su artículo 2.1.C), se señala que «el organismo autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos, se adscribe al Ministerio a través de la Secretaría de Estado de Cultura, cuyo titular ostentará su presidencia. Dicho organismo ejercerá las funciones que tiene atribuidas por el Real Decreto 1379/1999, de 27 de agosto»: El Secretario de Estado de Cultura es don José María Lassalle Ruiz, nombrado mediante Real Decreto 1865/2011, de 23 de diciembre.

Los siguientes modelos de la Cuenta no tienen contenido:

V.3 Resultado de operaciones comerciales.

VI.8 Provisiones y contingencias.

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