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Documento BOE-A-2012-12752

Acuerdo 80/2012, de 13 de septiembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara las Ruinas del Convento de Nuestra Señora de los Ángeles de la Hoz del Río Duratón, en Sebúlcor (Segovia), bien de interés cultural con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 11 de octubre de 2012, páginas 73069 a 73070 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2012-12752

TEXTO ORIGINAL

El Convento de Nuestra Señora de los Ángeles de la Hoz se encuentra situado en pleno Cañón del Duratón, dentro del Parque Natural de las Hoces del Río Duratón, en una pequeña lengua de tierra respetada por el encajonamiento del río en una de sus hoces más cerradas, lo que contribuye a la espectacularidad y belleza de este singular conjunto, que fue santuario mariano, donde se custodiaba y veneraba la imagen de Nuestra Señora de la Hoz.

Fundado en 1231 por monjes franciscanos, tras su derrumbe en 1492 fue reedificado con la ayuda de la reina Isabel la Católica, que visitó muchas veces el Convento, teniendo incluso sus propias estancias, y por Felipe II, muy devoto del Convento.

Con la desamortización de Mendizábal el Convento fue abandonado y en la actualidad sólo queda en pie la fachada sur del monasterio, con tres arcos, las ventanas de las celdas de los monjes, y restos de otras dependencias. Existen varios escudos, restos de pinturas y piedras con leyendas.

Por Resolución de 25 de marzo de 1982, de la entonces Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, se incoa expediente de declaración de Monumento Histórico Artístico de las Ruinas del Convento de Nuestra Señora de los Ángeles de la Hoz del río Duratón en Sebúlcor (Segovia).

Con fecha 7 de diciembre de 2009 la Universidad de Valladolid y con fecha 20 de mayo de 2011 la IE Universidad con sede en Segovia, informan favorablemente la pretendida declaración.

Cumplidos los trámites preceptivos de información pública y de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto, no se presentan alegaciones al expediente.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar las Ruinas del Convento de Nuestra Señora de los Ángeles de la Hoz del Rio Duratón, en Sebúlcor (Segovia), Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento, y a tal efecto se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 13 de septiembre de 2012, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.

Declarar las Ruinas del Convento de Nuestra Señora de los Ángeles de la Hoz del Rio Duratón, en Sebúlcor (Segovia), Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

Segundo.

Delimitar el entorno de protección: (coordenadas ED 50 UTM 50N en metros).

Punto de inicio: (X:426.861 Y:4.573.886).

Polígono formado por los siguientes puntos:

• Punto A (X: X:426.625 Y:4.574.313).

• Punto B (X: X:426.963 Y:4.574.481).

• Punto C (X: X:427.572 Y:4.574.310).

• Punto D (X: X:427.353 Y:4.574.016).

• Punto C (X: X:427.572 Y:4.574.310).

• Punto D (X: X:427.353 Y:4.574.016).

Motivación: Teniendo en cuenta la ubicación del monumento en un entorno de espectacular belleza, se delimita un entorno de protección como el instrumento idóneo de preservación de la valiosa relación existente entre el monumento y el medio físico en que este se enclava. El entorno de protección declarado es el que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 13 de septiembre de 2012.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.–La Consejera de Cultura y Turismo, Alicia García Rodríguez.

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