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La Orden SSI/1604/2012, de 9 de julio, por la que se convocó el proceso selectivo para designar vocal en el Consejo Estatal del Pueblo Gitano, en representación del movimiento asociativo gitano, establece, en su artículo 6, la competencia de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad para la resolución de dicho proceso, previa propuesta de la Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia, así como que dicha resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Una vez analizada la citada propuesta, y atendidos los criterios de valoración establecidos en la mencionada Orden, esta Secretaría de Estado resuelve:
Publicar como Anexo I a la presente Resolución la organización seleccionada para cubrir la vacante producida en el Consejo Estatal del Pueblo Gitano a que se refiere la convocatoria de 9 de julio de 2012.
Publicar como Anexo II la relación de organizaciones suplentes para el caso de que se produzca una nueva vacante durante el mandato del Consejo, enumeradas en orden de prelación.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, en el plazo de un mes contado a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», o bien ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en la forma y plazos previstos en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
Madrid, 19 de septiembre de 2012.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Juan Manuel Moreno Bonilla.
Organización seleccionada para formar parte del Consejo Estatal del Pueblo Gitano:
Plataforma Romanés.
1. Fundación Privada Pere Closa, per a la formación i la promoció dels gitanos a Catalunya.
2. Asociación Gitana Gao Lacho Drom.
3. Federación Maranatha de Asociaciones Gitanas.
4. Asociación del Pueblo Gitano.
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