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Documento BOE-A-2012-13344

Orden JUS/2303/2012, de 21 de septiembre, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Médicos Forenses que superaron las pruebas selectivas, convocadas por Órdenes JUS/3368/2008, de 11 de noviembre y JUS/1656/2010, de 31 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 29 de octubre de 2012, páginas 75768 a 75769 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2012-13344

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, este Ministerio ha resuelto adjudicar destinos en los órganos que se relacionan en anexo a los integrantes del Cuerpo de Médicos Forenses nombrados funcionarios de carrera por Orden de 21 de septiembre de 2012, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.

Los funcionarios del Cuerpo de Médicos Forenses a los que se les otorga destino en esta Orden deberán tomar posesión ante el responsable del órgano de destino en el plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto.

Segundo.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

Tercero.

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, reformada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos participantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión.

Cuarto.

Los funcionarios del Cuerpo de Médicos Forenses a los que se otorga destino en virtud de esta Orden no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Quinto.

Las plazas no adjudicadas a los aspirantes de nuevo ingreso en el Cuerpo de Médicos Forenses mantienen su condición de desiertas.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de septiembre de 2012.–El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ricardo Gonzalo Conde Díez.

ANEXO

DNI

Apellidos y nombre

Destino adjudicado

71429604

García Arias, María Jesús.

Instituto de Medicina Legal de Murcia. Dirección de Murcia.

49005155

Barba García, Penélope.

Instituto de Medicina Legal de Albacete, Cuenca y Guadalajara.

Dirección de Albacete.

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