En fecha 6 de marzo de 2012, la asamblea de concejales de los municipios promotores de la constitución de la Mancomunidad de Municipios Bergadanes para la Biomasa aprobó definitivamente los estatutos de esa Mancomunidad.
Así mismo, los plenos de los ayuntamientos de Cercs, Berga, Gisclareny, Gósol, Saldes, Bagà y La Pobla de Lillet, en sesiones de los días 12, 14, 16, 22, 25 y 26 de junio de 2012, respectivamente, acordaron aprobar la constitución de la Mancomunidad de Municipios Bergadanes para la Biomasa y los estatutos que la regirán, de acuerdo con lo que disponen los artículos 115 y siguientes del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril.
La Mancomunidad de Municipios Bergadanes para la Biomasa quedó formalmente constituida en sesión de 27 de junio de 2012, y se ha inscrito en el Registro de los entes locales de Cataluña en fecha 30 de julio de 2012.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del Decreto 244/2007, de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, las entidades municipales descentralizadas y las mancomunidades de Cataluña, resuelvo:
Dar publicidad a la constitución de la Mancomunidad de Municipios Bergadanes para la Biomasa.
Barcelona, 27 de agosto de 2012.–El Director General de Administración Local, Joan Cañada i Campos.
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