Visto el expediente de indulto de don Miguel Barrull Jiménez, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Benidorm, en sentencia de 26 de octubre de 2007, como autor de un delito de robo con violencia, a la pena de tres años y seis meses de prisión, con la accesoria legal; y un delito de lesiones, a la pena de veintiún meses y un día de prisión, con accesoria legal, por hechos cometidos en el año 2002, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de octubre de 2012,
Vengo en indultar a don Miguel Barrull Jiménez dos años de las penas privativas de libertad impuestas, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 29 de octubre de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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