Visto el expediente de indulto de doña Rubiela Gelves Quintero, instado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Castilla La Mancha, con sede en Ciudad Real, en base al artículo 206 del Reglamento Penitenciario, condenada por la Audiencia Provincial de Madrid, sección trigésima, en sentencia de 23 de mayo de 2011, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de seis años y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 425.000 euros, por hechos cometidos en los años 2008-2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de noviembre de 2012,
Vengo en indultar a doña Rubiela Gelves Quintero seis meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 2 de noviembre de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid