El Consejo de Ministros en su reunión de 27 de julio de 2012, ha aprobado el Acuerdo por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura, creada por el artículo 90 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Estimando de interés la difusión del mismo, se ordena su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con el texto que figura como anexo a esta Orden.
Madrid, 13 de diciembre de 2012.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro Romero.
El artículo 90 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, crea la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura como órgano bilateral de relación entre el Estado y la Comunidad Autónoma en el ámbito financiero, y precisa que le corresponde la concreción, aprobación, desarrollo, actualización y seguimiento del sistema de financiación autonómica, así como la canalización de las relaciones fiscales y financieras entre ambas Administraciones.
En el citado artículo se establece que la Comisión estará integrada por un número igual de representantes del Estado y de la Comunidad Autónoma y que la presidencia será ejercida de forma rotatoria entre las dos partes en turnos de un año.
Habiéndose acordado con la Comunidad Autónoma que el número de vocales de cada una de las representaciones en la citada Comisión sea de cinco personas, procede el nombramiento de los miembros que representan al Estado en la misma.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de julio de 2012, adopta el siguiente
ACUERDO
Se nombran representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura, creada por el artículo 90 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a las siguientes personas o a aquéllas en quienes éstas deleguen, en su caso:
Presidente de la representación de la Administración General del Estado en la Comisión: El titular de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
Vocales: Los titulares de los siguientes órganos:
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Secretaría de Estado de Hacienda.
Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local.
Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.
Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
La Secretaría de la Comisión corresponderá al titular de la Subdirección General de Relaciones Financieras con las Comunidades Autónomas, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local.
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