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Documento BOE-A-2012-15668

Orden INT/2797/2012, de 13 de diciembre, por la que se declaran de utilidad pública diversas asociaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 28 de diciembre de 2012, páginas 88736 a 88736 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2012-15668

TEXTO ORIGINAL

A iniciativa de las correspondientes asociaciones, podrán ser declaradas de utilidad pública aquellas que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

En virtud de lo anterior, y previa instrucción de los oportunos expedientes, según establece el Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública, resuelvo:

Primero.

Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior:

Denominación

N.º Nal.

Abay Nilo Azul Asociación para el Desarrollo en Etiopía

588.177

Segundo.

Declarar de utilidad pública las siguientes Federaciones de Asociaciones inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, a las que se refiere el expediente instruido, por lo que las entidades que integran dichas Federaciones sólo podrán obtener la declaración previa solicitud instada al efecto e instrucción del oportuno expediente:

Denominación

N.º Nal.

Federación Española de Asociaciones de Amigos del Camino de Santiago

1.525

Tercero.

Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones inscritas en los Registros de las Comunidades Autónomas:

Denominación

CCAA

N.º Reg. CC.AA.

SAPAME-Salud para la Mente

Andalucía.

5.883

Asociación de Esclerosis Múltiple de Toledo

Castilla-La Mancha.

9.163

Asociación de Parkinson de Córdoba-APARCOR

Andalucía.

4.464

Asociación Almanjáyar en Familia-ALFA

Andalucía.

5.592

Asociación Banco de Alimentos de Ciudad Real

Castilla-La Mancha.

19.298

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 13 de diciembre de 2012.–El Ministro del Interior, P.D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, Juan Antonio Puigserver Martínez.

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