Visto el escrito remitido por la entidad Caixabank, en el que comunica la fusión por absorción del Banco de la Pequeña y Mediana Empresa-Bankpime por Caixabank,
Este Departamento dicta la siguiente Resolución:
Se procede a cancelar la autorización número 225 para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria, correspondiente a la entidad Banco de la Pequeña y Mediana Empresa-Bankpime. En consecuencia, la citada entidad deberá proceder a la inmediata cancelación de las cuentas restringidas a que se refiere el artículo 5 de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio (BOE de 9 de julio), sin perjuicio de la eventual aplicación de lo previsto en el apartado primero, punto cuarto, de la Instrucción número 1/2008, de 27 de febrero, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante el Director General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de enero de 2012.–La Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Luisa María Fernández de Velasco Iglesias.
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