De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79.3 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre y en el artículo 129.3 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley, se pone en conocimiento que el órgano de control del Reino Unido ha comunicado la aprobación con fecha 19 de diciembre de 2011 y con fecha de toma de efectos 30 de diciembre de 2011, de la cesión de cartera de las entidades The Standard Steamship Owners´Protection & Indemnity Association (Bermuda) Limited, The Standard Steamship Owners´Protection & Indemnity Association (London) Limited y The Standard Steamship Owners´Mutual War Risks Association Limited a la entidad The Standard Steamship Owners´Protection & Indemnity Association (Europe) Limited.
Se advierte que los contratos de seguro que asuman compromisos localizados en España, podrán ser rescindidos por los tomadores en el plazo de un mes desde la presente publicación teniendo derecho los tomadores al reembolso de la parte de prima no consumida.
Madrid, 27 de enero de 2012.–La Directora General de Seguros y Fondos de Pensiones, María Flavia Rodríguez-Ponga Salamanca.
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